Acuerdo — Modificación del artículo 79 relativo a rentas mensuales de Mercados (San Juan, San Pablo y El Rápido)
Corporación Municipal de Siguatepeque
- Publicación: 23 de octubre de 2020
- Órgano emisor: Corporación Municipal de Siguatepeque
- Gaceta: 35,407
Articulos
Modificar el artículo 79 del capítulo IV Título III, en el párrafo tercero estructurándolo en una nueva parametrización el valor la renta mensual de los Mercados San Pablo, San Juan y Rapidito, el cual se leerá de la siguiente manera: Artículo 79.- Los inmuebles de los Mercados San Juan, San Pablo y El Rápido están bajo renta, su administración se rige a través de un Convenio con la Municipalidad. El Arrendatario previo cualquier modificación en las tarifas, debe ser previamente aprobados por la Corporación Municipal, de la cual la Corporación Municipal percibe una renta mensual así: Moción que fue secundada por el Regidor Santiago Ventura Muñoz. Ampliamente discutida la Corporación Municipal, con las facultades que la Ley le confiere ACUERDA:Aprobar de ratificación inmediata la moción anteriormente presentada debiendo este ser publicado en los medios de comunicación la Vicealcaldesa Alba Adelina Chávez Membreño y la Regidora Erika Vanessa Molina Gómez es abstuvieron de votar por tener un interés legítimo. DECIMO… ONCEAVO: Y no habiendo más de que tratar se cerró la sesión 12:44 P.M. Siguatepeque, departamento de Comayagua, a los treinta (30) días del mes de Septiembre del dos mil veinte (2020). ABG. JUAN CARLOS MORALES PACHECO ALCALDE MUNICIPAL LIC. KAREN ELISA RECINOS MIRANDA SECRETARIA MUNICIPAL 23. O. 2020