Contrato — Contrato de Suministro de Energía Eléctrica - Planta de Generación
- Publicación: 28 de septiembre de 2020
- Gaceta: 35,385
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original o copia de tal documento o información al COMPRADOR, y podrán ser usados sólo para los efectos de este Contrato y la ley o para cualquier fin que autorice por escrito EL VENDEDOR. Se entiende también, que los documentos e información preparados por EL COMPRADOR o por terceros para EL COMPRADOR, a cuenta de éste en relación con la Planta, permanecerán siempre propiedad exclusiva del COMPRADOR, aunque haya entregado el original o copia de tal documento o información al VENDEDOR y podrán ser usados sólo para los efectos de este Contrato y la ley o para cualquier fin que autorice por escrito EL COMPRADOR. Estas declaraciones y garantías tienen la misma fuerza legal que las otras cláusulas o disposiciones que comprenden este contrato. 5. COMITÉ OPERATIVO Y SUS FACULTADES. CLÁUSULA QUINTA: COMITÉ OPERATIVO Y SUS FACULTADES: Las Partes acuerdan la constitución de un Comité Operativo integrado por cuatro (4) miembros (2 de cada Parte), el cual estará encargado de la supervisión y cumplimiento de este contrato. El Comité Operativo invitará al Operador del Sistema (ODS) a designar un delegado que lo represente para el tratamiento de todas las cuestiones de su incumbencia vinculadas al despacho y demás atribuciones del Operador de Sistema (ODS). El Comité Operativo tendrá, entre otras, las siguientes facultades: (
- i)
La coordinación de los programas respectivos de las Partes, Prueba de Funcionamiento (generadores, sistema de protección, sistema de medición, sistema de comunicación, control conjunto de frecuencia y de regulación automática de voltaje, etc.), así como determinación de las curvas de
eficiencia de cada máquina, curvas de capabilidad de cada generador. Estos programas serán sometidos a aprobación del ODS. (
- ii)
La discusión de los pasos a dar para mitigar el efecto, si ocurre cualquier evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, o el cierre o reducción en Potencia por cualquier otra causa que afecta las instalaciones de interconexión y de la Planta, siempre que todo esté de acuerdo con las normas e instrucciones que establezca el ODS. (
- iii)
El desarrollo de los procedimientos de pruebas, tomando en cuenta los requerimientos del COMPRADOR y los procedimientos operativos concernientes a la interconexión, siempre que todo esté de acuerdo con las normas e instrucciones que establezca el ODS y dentro de las especificaciones técnicas del fabricante y las Prácticas Prudentes del Servicio Eléctrico. (
- iv)
Resolución en primera instancia de las disputas y revisión y decisión preliminar de las facturas en disp