Acuerdo No. No. 08-11-2014 — Norma de Lineamientos para la inversión y utilización de los Recursos del Fondo de Estabilización Cooperativa
CONSUCOOP
- Decreto: No. 08-11-2014
- Publicación: 14 de octubre de 2020
- Órgano emisor: CONSUCOOP
- Gaceta: 35,399
Articulos
Inversión en Recursos del FEC Las CAC’s deberán invertir el cien por ciento (100%) de los recursos que conformen el FEC, observando para ello los límites por instrumento, emisor y las calificaciones de riesgo mínimas establecidas en los Artículos 7 y 8 de los presentes Lineamientos. Los recursos totales del FEC a invertir se calcularán mensualmente, aplicando como mínimo los porcentajes de encaje establecidos por el BCH, no obstante, para que las CAC’s cumplan con dispuesto en el artículo 119-I de la Ley de Cooperativas de Honduras, reformada mediante Decretos Legislativos No. 174-2013 y No. 146-2019 y considerando el periodo de adecuación establecido en el
Transitorio de dicha Ley, el porcentaje de encaje legal requerido se constituirá gradualmente conforme a la siguiente tabla: La liquidez de recursos generados por la gradualidad establecida en la tabla anterior, para constituir el Fondo de Estabilización Cooperativa (FEC) en moneda nacional, deberá dar preferencia para fomentar y establecer líneas de financiamiento que promueva la reactivación económica financiando los sectores agropecuarios (seguridad alimentaria), asimismo, la micro, pequeña y mediana empresa que genere empleo, tanto informal y formal, así como, la producción, comercio y servicios, demás, la compra y/o construcción de viviendas nueva urbanas y rurales y en última instancia el consumo no productivo. Los porcentajes antes referidos se aplicarán sobre el saldo total de recursos captados en moneda nacional y extranjera (depósitos de ahorro y a plazo fijo) que registren las CAC’s al cierre de cada período mensual. Se excluyen del requerimiento del Fondo de Estabilización Cooperativa, los depósitos constituidos con recursos de dicho Fondo en otras Cooperativas (FEC de FEC), asimismo, los depósitos recibidos de Cooperativas con exigencia de constituir el Fondo FEC.