Acuerdo No. C.D. SENASA 004-2020 — Reconocimiento del Programa Campo Limpio como programa fitosanitario oficial para uso y manejo seguro de plaguicidas
Consejo Directivo del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)
- Decreto: C.D. SENASA 004-2020
- Publicación: 18 de agosto de 2020
- Órgano emisor: Consejo Directivo del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)
- Gaceta: 35,346
Considerandos
Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016 publicado en La Gaceta de fecha 25 de julio del 2016, el Presidente Constitucional de la República en Consejo de Ministros decretó la creación del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, suprimiendo la Dirección conocida como Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria.
Que en los últimos años debido a la creación y firma de tratados internacionales de los que Honduras y sus socios comerciales forman parte, los planes de manejo para los envases vacíos de agroquímicos se han establecido a nivel mundial.
Que corresponde al SENASA ejecutar y coordinar acciones a nivel nacional entre el sector público y privado para la formulación y la aplicación de normas y procedimientos reglamentarios para el control de los productos e insumos para uso vegetal así como de los establecimientos que los importan, produzcan, distribuyan, expendan, reenvasen y exporten estos productos.
Que entre los factores más importantes que limitan la producción agrícola se encuentran las plagas que afectan a los cultivos y que existen diversos medios que permiten disminuir estas plagas para que no ocasionen daños de importancia económica tales como los programas de Manejo Integrado del Cultivo (MIC).
Que el manejo de los envases que han contenido agroquímicos tiene gran significado económico, sanitario y ambiental, haciendo necesario un manejo especial posterior a su uso en cultivos agrícolas para prevenir riesgos al medio ambiente y a la salud humana. De la misma manera representa uno de los requisitos importantes a satisfacer conforme a la normativa sanitaria y fitosanitaria nacional e internacional y los lineamientos para la operación y certificación o reconocimiento de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación.
Que a pesar de los esfuerzos tanto del sector público como privado en el tema de la recolección y eliminación de envases vacíos de plaguicidas, se sigue observando, que los envases de agroquímicos son desechados de forma inadecuada, en los canales de riego, ríos, arroyos, zanjas, brechas, barrancas, campo abierto y en otros casos son quemados o enterrados e incluso se llegan a reutilizar, hechos que generan focos de contaminación al ambiente (aire, tierra, cuerpos de agua) y en ocasiones problemas de intoxicación.
Que bajo los principios de calidad, ética y eficiencia, entre las partes interesadas en este tema, se fomentan las acciones en la Reducción de Riesgos de Contaminación unificando la voluntad y sustento de las instituciones de Gobierno responsables y competentes en la materia, los importadores, exportadores, distribuidores, fabricantes, formulador es, re envasadores tanto nacionales como internacionales deben realizar actividades de información, difusión, capacitación, instalación de Centros de Recolección, Transporte de envases vacíos, así como el planteamiento de estrategias para la eliminación adecuada de los envases vacíos de plaguicidas.
Que el sector privado, a través de Crop life, diseñó un Programa de Manejo para los Envases Vacíos de Productos para la Protección de Cultivos, denominado “Campo Limpio”.
Articulos
, inciso a; Artículos 1 y 8 del Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016; Acuerdo No. 1570-98 Reglamento de Bioseguridad con énfasis en plantas transgénicas;Acuerdo No. 177-2017 se crea el Comité Nacional de Biotecnología y Bioseguridad Agrícola (CNBBA) del SENASA. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar las siguientes medidas como parte del Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas, recolección y eliminación de envases vacíos en el país:
Se reconoce al Programa “Campo Limpio” como el Programa fitosanitario Oficial del SENASA para el Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas, recolección y eliminación de envases vacíos, el cual es una marca registrada a nombre de Crop Life Latin America Inc., una corporación sin fines de lucro constituida en el Estado de Maryland, Estados Unidos, en la clase 37 bajo el número de registro 15.957, según consta en la Dirección General de Propiedad Intelectual (DIGEPIH), y será ejecutado por la Asociación Hondureña de la Industria de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes AHSAFE, mientras se conforme una Fundación que reúna toda la industria. Esta medida aplica a los Importadores, exportadores, distribuidores, fabricantes, formulador es, re envasadores tanto nacionales como internacionales.
Actualmente el Sector Agroquímico Nacional consciente de que el manejo de los envases que han contenido agroquímicos es de gran importancia económica, sanitaria y ambiental, haciendo necesario un manejo especial posterior a su uso en cultivos agrícolas para prevenir riesgos al medio ambiente y a la salud humana, de la misma manera representa uno de los requisitos importantes a satisfacer conforme a la normativa nacional e internacional y los lineamientos para la operación y certificación o reconocimiento de los sistemas de reducción de riesgos de contaminación, ha manifestado unidad granítica para la implementación de un Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas y recolección y eliminación de envases vacíos, estableciendo un FONDO para la efectiva ejecución del mismo en Honduras. Este FONDO se capitalizará de las aportaciones del Sector Agroquímico Nacional de la siguiente manera: Se aportará 4 lempiras por millar del valor FOB de las importaciones de Plaguicidas y Fertilizantes foliares, así como otras aportaciones derivadas de donaciones, u otros fondos de cooperación privado y/o público que pudieran gestionarse. Este monto de aportación puede re-evaluarse anualmente para proponer ajustes. Créase el Comité Nacional del Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas, recolección y eliminación de envases vacíos, como el ente encargado de reglamentar el uso, administración y rendición de cuentas de este fondo. Dicho Comité estará conformado por: 1. El Subdirector Técnico de Sanidad Vegetal del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), o la persona que él designe, quien presidirá. 2. Un representante de Crop Life Latin America Inc. 3. Un representante de la Federación Nacional de Agricultores y Ganaderos de Honduras FENAGH (del sector agrícola). 4. Un representante de la Asociación Hondureña de la Industria de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes AHSAFE. 5. Un representante de la Cámara Hondureña de Productos Equivalentes (CAHPROE). 6. Un representante de Federación Americana de Sociedades Agro químicas (FASA). El servicio prestado por los miembros del Comité será completamente Ad honorem. El uso, administración y rendición de cuentas de este fondo será reglamentado por el Comité Nacional del Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas, recolección y eliminación de envases vacíos, dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigencia del presente Acuerdo.
El Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas y Recolección y Eliminación de Envases Vacíos, será financiado con los fondos obtenidos con la aportación del Sector Agroquímico Nacional, de acuerdo a las actividades y plan de manejo/trabajo establecidas en el Programa “Campo Limpio”, el cual debe incluir mecanismos de incentivos para el agricultor que se someta a este Programa. El SENASA certificará, regulará y evaluará el cumplimiento de las actividades del Programa Campo Limpio, pudiendo hacer las observaciones, correcciones y verificar el cumplimiento de un plan de mejoras del sistema, cuando lo considere pertinente.
Las contribuciones indicadas en el artículo anterior, serán pagadas directamente a AHSAFE, para lo cual el importador deberá hacer el pago correspondiente y para el efecto éstas extenderán el comprobante respectivo.
El Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria SENASA, exigirá el comprobante de pago extendido por AHSAFE, previo a autorizar el permiso de importación del producto importado.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS. El Sector Agroquímico manifiesta su voluntad de conformar una fundación que agremie a todos los actores de este sector. La captación y administración del fondo queda, en forma transitoria delegada en AHSAFE, mientras se culmina el proceso de conformación de la citada Fundación. El fondo se iniciará a captar hasta que la reglamentación referida en el artículo 2 del presente acuerdo, se haya aprobado. SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. Dado a los catorce días del mes de julio de dos mil veinte. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE, ING. MAURICIO GUEVARA SECRETARIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA LIC. DAVID ALVARADO SUBSECRETARIO DE ESTADO INTEGRACIÓN ECONÓMICA Y COMERCIO EXTERIOR SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLO ECONÓMICO ING. CARLOS PINEDA FASQUELLE SUBSECRETARIO DE MI AMBIENTE JULIO GUSTAVO APARICIO MIEMBRO TITULAR DEL CONSEJO DIRECTIVO CARLOS MIGUEL LOPEZ MIEMBRO TITULAR DEL CONSEJO DIRECTIVO VICTOR WILSON MIEMBRO SUPLENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO JUAN JOSE CRUZ MIEMBRO SUPLENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DR. JUAN RAMON VELASQUEZ PAGOAGA SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria SAG-SENASA