Acuerdo Ministerial No. 017-2020 — Delegación de funciones a CENTREX para validación de certificados de origen en acuerdos comerciales preferenciales
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Decreto: 017-2020
- Publicación: 28 de marzo de 2020
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Gaceta: 35,212
Considerandos
Que el Artículo 321 de la Constitución de la República de Honduras establece: Los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la ley. Todo acto que ejecuten fuera de la ley es nulo e implica responsabilidad.
Que el Artículo 36 numeral 8 de la Ley General de la Administración establece: Que son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado: Emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. La firma de los Secretarios de Estado en estos casos, será autorizada por los respectivos Secretarios Generales.
Que el Artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece: Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
Que el Artículo 118 de la Ley General de la Administración Pública establece: Se emitirán por Acuerdo: 1. Las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada y 2. Los actos de carácter general que se dictaren en el ejercicio de la potestad reglamentaria. La motivación en estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que lo emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.
Que el Artículo 122 de la Ley General de la Administración Pública establece: Los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales.
Que mediante Decreto Número 180- 87 publicado en La Gaceta el 10 de diciembre del año de 1987 se creó el CENTRO DE TRÁMITES DE LAS EXPORTACIONES (CENTREX) dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico-PROHONDURAS con la finalidad de centralizar la ejecución de todos los trámites relativos a la exportaciones que realizan cada una de las instituciones o dependencias del Estado a través de Delegaciones que fueron nombradas para tal efecto (Banco Central de Honduras (BCH), Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) - Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA), Organismo Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), Secretaría de Salud (SESAL), Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) y la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico (SDE) – PROHONDURAS).
Que mediante Memorando SIECE- M012-2020 de fecha 3 de marzo del año 2020 emitido por el Subsecretario de Integración Económica y Comercio Exterior de esta Secretaría de Estado, dirigido a la Secretaria General de esta Secretaría de Estado solicitando: Acuerdo traslado de funciones a CENTREX; remitido a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado la que emitió Dictamen Legal No.104-2020 de fecha 4 de marzo del año 2020, en el cual dictaminó que se dé Traslado de funciones al CENTRO DE TRÁMITES DE LAS EXPORTACIONES (CENTREX). En vista que el Decreto 180-87 le da la facultad de centralizar la ejecución de todos los trámites relativos a las exportaciones.
Articulos
DELEGAR en el CENTRO DE TRÁMITES DE LAS EXPORTACIONES (CENTREX) a partir del U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuer No. 35,212 30 de marzo del año 2020, las funciones concernientes a las validaciones de los certificados de origen y los procedimientos de verificación de origen de los Acuerdos de comercio preferencial siguientes: 1. HONDURAS – UNIÓN EUROPEA 2. HONDURAS – REPÚBLICA DE CHINA(TAIWÁN) 3. HONDURAS - PERÚ
La Dirección General de Administración y Negociación de Tratados en un plazo de diez (10) hábiles contados a partir de la fecha de aprobación del Acuerdo: 1. Capacitará y dará acompañamiento en forma exhaustiva al personal de CENTRO DE TRÁMITES DE LAS EXPORTACIONES (CENTREX) sobre:
- a)
Reglas de origen y sus anexos.
- b)
Procedimientos Aduaneros para la verificación de origen.
- c)
Modus Operandi de las instituciones homólogas de los socios comerciales responsables de la aplicación de los Acuerdos de comercio preferencial. 2. Brindará la documentación soporte relacionados con validaciones de los certificados de origen y los procedimientos de verificación del origen de los Acuerdos de Comercio Preferencial.
El CENTRO DE TRÁMITES DE LAS EXPORTACIONES (CENTREX) tendrá las responsabilidades siguientes:
- 1)
Fungir como autoridad certificadora.
- 2)
Mantener toda documentación relacionada con los certificados de origen por un periodo de cinco (5) años a partir de la fecha de emisión de estos.
- 3)
Comprobar la veracidad de la información y dar fe que el producto exportable es originario.
- 4)
Interactuar con las aduanas hondureñas para determinar si un producto puede gozar de una preferencia arancelaria establecida en los Acuerdos comerciales antes descritos.
El CENTRO DE TRÁMITES DE LAS EXPORTACIONES (CENTREX) puede realizar consultas a la Dirección General de Administración y Negociación de Tratados sobre la aplicación de las normas contenidas de los Acuerdos Comerciales, mismas que deben ser resueltas en el mismo día hábil y en el caso que las consultas que sean complejas, deben ser resueltas en un plazo maximo de dos (2) días hábiles.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico (SDE) por conducto de la Subsecretaría de Integración Económica y Comercio Exterior en un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de aprobación del Acuerdo, debe notificar a las contrapartes de los Acuerdos Comerciales, los nombres de las personas autorizadas para validar los certificados de origen, las firmas y sellos correspondientes a la autoridad certificadora.
El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación, debiendo ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General U D I-D EG T-U N AH Sección A Acuer No. 35,212 Secretaría de Desarrollo Económico