Reglamento — Reglamento Académico del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP) - Capítulos V a VIII
Centro de Capacitación para Oficiales de Policía
- Publicación: 11 de marzo de 2020
- Órgano emisor: Centro de Capacitación para Oficiales de Policía
- Gaceta: 35,197
Articulos
Los oficiales alumnos pueden ser separados del evento educativo por los motivos siguientes: 1. Faltas Disciplinarias: La separación por este concepto se efectuará cuando la permanencia del oficial alumno se vuelve incompatible con el régimen disciplinario del CCOP o con las Leyes y Reglamentos, que regulan nuestra vida profesional. U D I-D EG T-U N AH Lo anterior incluye la comisión de faltas muy graves, las faltas graves acumuladas o la reiteración de la misma, así como la acumulación del total de deméritos permitidos en cada evento educativo. 2. Por Bajo Rendimiento Académico: La Separación del oficial alumno por este concepto se efectuará como resultado de la no aprobación de un módulo con la nota mínima promedio de 80% para los programas y planes de estudio. 3. Fraude Académico: Consiste en a venta jar a sus compañeros de estudio, utilizando cualquier medio incorrecto y la intención de sorprender la buena fe del catedrático y el supervisor de la evaluación, constituyendo esto una falta muy grave, la que se sancionará como lo establece el presente reglamento para las faltas muy graves. La separación del oficial alumno por la comisión de esta falta u otras, se lleva a cabo una vez realizado el procedimiento administrativo respectivo y comprobado el hecho. 4. Inasistencia: El oficial alumno que sobrepase el límite de inasistencia establecido, será separado del evento educativo (5% del total de horas del evento educativo). Se incluyen los casos de oficiales alumnos que al llegar después de iniciado los eventos educativos sin causa debidamente justificada sobrepasen de este límite. 5. Por razones de salud o deficiencia física: El oficial alumno podrá separarse del evento educativo, por motivos de salud, previo dictamen médico emitido por los facultativos que prestan servicios en este Centro de Estudios o por instituciones hospitalarias especializadas debidamente calificadas. En la semana administrativa de inicio del evento educativo se hará la prueba de diagnóstico de suficiencia física y el oficial alumno que salga reprobado se le condicionará la permanencia en el CCOP. El Centro de Capacitación de Oficiales de Policía a través del Consejo Académico y Disciplinario se reserva el derecho de admisión de un oficial alumno, cuyo diagnóstico médico indique claramente el padecimiento de una dolencia que sea incompatible con las exigencias intelectuales, físicas y operativas establecidas por la Institución o que dicha dolencia sea contagiosa. Los oficiales alumnos que por prescripción médica temporal, no puedan realizar la prueba de suficiencia física deben mantener su peso ideal según tabla y de acuerdo a la evaluación del médico nutricionista que lo atienda, cuyos costos correrán por cuenta del mismo. 6. Por solicitud del interesado: El oficial alumno podrá pedir su separación del evento educativo, mediante la solicitud respectiva y por razones de fuerza mayor. Dicha separación sólo podrá ser concedida mediante la tramitación regular y decisión del Consejo Académico y Disciplinario ante el Director Nacional de Educación Policial, siempre y cuando no exista previa motivación justificada que implique la separación o expulsión del evento educativo. 7. Por otras razones: Por atender necesidades de la Policía Nacional y previa disposición del Director General de la Policía Nacional, podrá ser separado del evento educativo, ya sea para cumplir misiones especiales o en aplicación a las leyes y reglamentos vigentes. Cuando sea por el primer caso, la separación no le afectará para retornar al CCOP e integrarse al evento educativo siguiente, previa resolución del Consejo Académico y Disciplinario. 8. Cuando un oficial alumno sea separado del evento educativo o concluye el mismo, deberá cumplir con los procedimientos internos del CCOP, por lo cual pasará a los siguientes Departamentos: U D I-D EG T-U N AH a. Biblioteca: Para la devolución de libros y de material de apoyo que por su clasificación o distribución no puede estar bajo el poder del alumno retirado o graduado. b. Unidad de Registro y Archivo: Recogerá su documentación personal que tenga en el Departamento. c. Unidad de Finanzas: Para solicitar la solvencia de pagos correspondientes a:
- 1)
Documentos autorizados.
- 2)
Deudas pendientes.
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Utensilios deportivos.
- 4)
Cuentas del Club o Cafetería.
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Otros. d. Sección de Tecnología Educativa: Devolución del material de estudio, propiedad del CCOP que le fuere entregado con carácter devolutivo. El no cumplimiento de lo anterior, le hará perder el derecho de participar en la Ceremonia de Graduación y que se le otorgue el respectivo Diploma y Certificado. CAPÍTULO VI DE LA EVALUACIÓN DEL OFICIAL ALUMNO SECCIÓN I PLAN DE EVALUACIÓN
El proceso de evaluación contará con elementos de juicio suficientes que le facilitarán al oficial alumno adquirir los conocimientos que exige el proceso enseñanza- aprendizaje del evento educativo.- La evaluación es la revisión, medición sistematización, emisión de juicio y/o acreditación, sobre la base de criterios previamente definidos, del desempeño alcanzado por los actores que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía.
La evaluación de los aprendizajes es una práctica fundamental, esta se manifiesta en variados y complejos aspectos que tienen relación con los diseños curriculares y el proyecto educativo institucional del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP).
La nueva concepción de evaluación en el Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP). debe medir: 1. Los conocimientos incorporados y la capacidad de los alumnos para aplicarlos en situaciones variadas. 2. El desarrollo de destrezas, habilidades y cambio de actitudes. 3. La capacidad de los Alumnos para establecer una relación que difiere con el conocimiento y la demanda del profesor. 4. La contribución del alumno para aportar un nuevo significado al conocimiento alterando incluso la dinámica de la interacción establecida por el docente en el aula. 5. La validez de construcción debe verificar si se está evaluando lo que realmente se espera que los alumnos construyan, lo que implica una clara definición de capacidades; una declaración explícita de las normas, que deben ser justas para los alumnos; y una clara definición de criterios de evaluación.
Todos los elementos curriculares deberán ser permanentemente evaluados. Al efecto el Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, desarrollará un sistema de evaluación de los planes de estudio, del rendimiento académico de los estudiantes, del desempeño académico de los docentes y de la eficiencia y eficacia de la administración académica. U D I-D EG T-U N AH
El proceso de evaluación deberá programarse sistemáticamente de acuerdo al Plan Educativo Institucional Policial (PEIP), la Guía de Evaluación de Aprendizajes del Sistema de Educación Policial, el Plan y Lineamientos de Evaluación del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP) bajo la responsabilidad de la Unidad de Supervisión y Evaluación de los Aprendizajes; con conocimiento y supervisión del Departamento de Gestión Académica del CCOP.
El Centro de Capacitación para Oficiales de Policía establece un sistema de evaluación que toma en cuenta los siguientes factores: 1. La oferta Educativa. 2. El objeto de la evaluación. 3. Los sujetos de la evaluación. 4. La finalidad del proceso de evaluación. 5. La ejecución de la evaluación según el contexto.
Son principios de la Evaluación Académica del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, los siguientes: 1. La planificación como base de la sistematización del trabajo académico. 2. La concepción integral de los procesos académicos de consecución de los objetivos educativos. 3. La continuidad de la acción evaluativa. 4. La participación de todos los actores del proceso educativo. 5. La utilización de métodos y técnicas seleccionados de acuerdo a los objetivos y a la diversidad de los procesos y logros a evaluar.
Son objetivos de la evaluación del currículum en el Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, los siguientes: 1. Elevar el nivel académico del CCOP. 2. Establecer los procedimientos que permitan analizar el funcionamiento del nivel de enseñanza- aprendizaje y perfeccionar lo. 3. Detectar necesidades y requerimientos que permitan actualizar periódicamente el curriculum. 4. Elevar el rendimiento académico de los oficiales alumnos. 5. Elevar el desempeño académico de los docentes. 6. Realizar un seguimiento de los egresados para retroalimentar el currículum.
La evaluación del currículum del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP) incluirá sin perjuicio de la libertad de investigación, aprendizaje y cátedra, entre otros aspectos los siguientes: 1. El perfil profesional. 2. Las competencias y los dominios de competencias del currículum. 3. La organización de los contenidos programáticos. 4. La ejecución del proceso enseñanza-aprendizaje. 5. Los recursos didácticos que apoyan al proceso enseñanza-aprendizaje. 6. El diseño y ejecución de proyectos de investigación. 7. El diseño y ejecución de proyectos de extensión. 8. Las actividades coprogramáticas tendientes al desarrollo estudiantil. 9. Desempeño profesional del personal asignado. 10. Rendimiento académico de los estudiantes; y, 11. Supervisión académica.
La evaluación de aprendizajes debe articularse y combinarse con diversos modelos y tomando como referencia el modelo pedagógico por competencias, en el Centro de Capacitación para Oficiales de Policía prevalecerán las alternativas e instrumentos de evaluación de aprendizaje como herramientas para concretar la formación policial basada en competencias, analizar las prácticas docentes y revisar el proceso formativo desde una perspectiva integral y contextualizada, las siguientes:
- 1)
La evaluación basada en resolución de problemas;
- 2)
La evaluación basada en estudio de casos;
- 3)
La evaluación basada en proyectos;
- 4)
El portafolio del alumno;
- 5)
Examen oral;
- 6)
Prueba escrita de respuesta abierta; U D I-D EG T-U N AH 7. Tutoría individual; 8. Pruebas objetivas (tipo test); 9. Mapa conceptual; 10. Trabajo académico; 11. Pregunta estricta corta; 12. Diario o Bitácora; 13. Aprendizaje Colaborativo; 14. Evaluación por Observación; 15. Prácticas de laboratorio; 16. Otras que el catedrático crea conveniente. ARTÍCULO51.-El oficial alumno del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP) será evaluado en las siguientes áreas:
El trabajo de Investigación se evaluará según el estado de avance, como ser: Tres revisiones de 20% cada una y la presentación final de 40%.
Todas las áreas se evalúan en forma independiente, la suma del puntaje de todas las áreas constituye el puntaje total obtenido por el oficial alumno y esto determina su posición en el orden de mérito.
El evento educativo está programado con un valor máximo de 100%, distribuidos por periodos como se expresa en el cuadro anterior.
El sistema de evaluación parte del criterio de que todos los oficiales alumnos de un determinado evento educativo, tienen a su disposición 100%, los que irán acumulando como méritos a medida que vayan ganándolos durante el desarrollo del evento educativo.
La evaluación del rendimiento académico de los Oficiales Alumnos del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, será el promedio de la evaluación sumativa de cada módulo del evento educativo, multiplicado por 80% dividido entre 100%.
Los actores del proceso de evaluación para los oficiales alumnos del Centro de Capacitaciones para Oficiales de Policía son: 1. Director 2. Subdirector 3. Jefe del Departamento de Gestión Académica 4. Jefe del Departamento de Administración Estudiantil 5. Estudiantes 6. Docentes e Instructores Policiales.
El tipo de evaluación según el actor del proceso enseñanza-aprendizaje en el CCOP, serán: 1. Heteroevaluación: Es la evaluación que realiza una persona sobre otra: trabajo, actuación y su rendimiento. U D I-D EG T-U N AH 2. Autoevaluación: Es un proceso mediante el cual el estudiante participa en la valoración de su actividad. 3. Co evaluación: Es el proceso de valoración conjunta que realizan los oficiales alumnos y sus docentes sobre la actuación del grupo, atendiendo criterios o indicadores establecidos por consenso.
El tipo de evaluación según el contenido del proceso enseñanza-aprendizaje en el CCOP, serán: 1. Conceptuales: Implica el aprendizaje de conceptos y definiciones principios y explicaciones a partir de la identificación de sus características esenciales. 2. Factual es: Contenidos que proporcionan información verbal y que deben aprenderse en forma literal. 3. Procedimentales: Implica la aplicación de procedimientos, estrategias, técnicas, habilidades, métodos y destrezas. 4. Actitudinales: Conjunto de experiencias significativas de aprendizaje que inciden en los modos de actuación del estudiante, en su comprensión de la realidad, en las habilidades para el desarrollo de su saber ser y su saber convivir.
El tipo de evaluación según el momento del proceso enseñanza-aprendizaje en el CCOP, serán: 1. Diagnóstica: Es el proceso de evaluación que pretende determinar si los oficiales alumnos poseen los requisitos para iniciar el estudio de una unidad o Curso y el grado de objetivos alcanzados en la unidad o módulo. 2. Formativa: Identifica las dificultades o errores que se observan durante el desarrollo de un tema o unidad con vistas a ofrecer las ayudas necesarias. 3. Sumativa: Integra en una sola los diferentes juicios de valor que se han emitido sobre un estudiante a través del Curso.
Constituyen requisitos de graduación del programa académico del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, los siguientes: 1. Aprobar cada uno de los espacios curriculares del plan de estudios con una calificación académica del 80%. 2. Haber culminado su práctica profesional supervisada, presentado su informe en un periodo que no exceda a la semana después de concluir el periodo académico de formación de Curso correspondiente al Grado y haber obtenido la aprobación de la misma. 3. Cumplir con todas las obligaciones administrativas prescritas en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía y su Reglamento Académico. 4. Haber realizado los pagos respectivos contemplados en el Plan de Arbitrios del CCOP o en su defecto de la UNPH. 5. Los demás requisitos contemplados en las leyes y reglamentos del SEP-DNEP, UNPH y Policía Nacional de Honduras.
Las asignaturas se consideran aprobadas al obtener una calificación promedio de 80% para planes de estudio, considerados como educación no formal y con el 70% en la educación continua que se oferte con programas académicos cortos y en el área del rendimiento físico.
Las evaluaciones para los oficiales alumnos del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, serán calificadas de acuerdo al cuadro siguiente: U D I-D EG T-U N AH
Evaluación de Reposición. Se establecen evaluaciones de reposición cuando el oficial alumno por cualquier circunstancia debidamente comprobada no pueda someterse a la evaluación ordinaria según horario y siempre que esté dentro de los parámetros de las inasistencias justificadas.
Se establecen Evaluaciones de Recuperación, para aquellos Oficiales Alumnos que hayan reprobado un módulo durante el evento educativo del que sea beneficiado. - Las evaluaciones de recuperación se practicarán ocho (8) días después de la crítica o según disposiciones de la Dirección del CCOP, caso contrario se realizarán en la semana administrativa final del Curso.
El oficial alumno que después de practicar una evaluación de recuperación, haya reprobado uno de los Módulos, perderá el evento educativo y será separado del Curso, debiendo realizarle previamente el procedimiento administrativo.
El oficial alumno tendrá dos (2) oportunidades para asistir al evento educativo en el CCOP que le corresponde conforme a su grado.
Se exceptúa de las disposiciones anteriores a los oficiales alumnos que hayan sido separados por prescripciones médicas.
El oficial alumno que repita un evento educativo, tiene igualdad de oportunidad de competir en los cuadros de honor mensuales y orden de mérito final.
El oficial alumno que se halla sometido a evaluación de recuperación, si lo aprueba se le adjudicará la nota mínima y no podrá participar en el cuadro de honor mensual y final.
Reprobar la evaluación del Reglamento del Oficial Alumno tendrá una sanción equivalente a siete (7) deméritos computables en base a la calificación del 80%. SECCIÓN II EVALUACIÓN DE RENDIMIENTO FISICO
Consideraciones Generales. La evaluación del rendimiento físico es la comprobación de las condiciones físicas del oficial alumno a través de la prueba individual de acuerdo a la tabla de edad y ejercicios que debe realizar.
El rendimiento físico durante el desarrollo del evento educativo del oficial alumno deberá ceñirse a lo dispuesto en el Reglamento de Evaluación Física para los miembros de la Policía Nacional. - Las actividades deportivas serán señaladas en los horarios de clases y será obligatoria su asistencia.
Pruebas que serán aplicadas. Al inicio del evento educativo los oficiales alumnos deberán someterse a una prueba física de diagnóstico, con el propósito de conocer la condición física del oficial alumno.Al haber cursado el 50% del programa del evento educativo, se practicará la primera prueba calificada y una segunda prueba calificada treinta días antes de que se clausure el evento educativo, estas pruebas se calificarán de acuerdo a lo que establece el Reglamento de Evaluación Física del Personal de la Policía Nacional de Honduras. - Si el oficial alumno re prueba, corresponde al Consejo Académico y Disciplinario del CCOP, decidir lo pertinente.
La incapacidad física para el proceso de aplicación de la prueba física deberá estar basada en: a. El oficial alumno presentará Certificación de Incapacidad, extendida por instituciones hospitalarias especializadas debidamente calificadas al Jefe de la Unidad de Servicios Médicos del Centro de Estudios quien emitirá el dictamen correspondiente U D I-D EG T-U N AH sobre el estado de salud del evaluado, el cual será remitido al Director del Centro de Estudios. b. Serán sometidos al Consejo Académico y Disciplinario del CCOP los casos de los oficiales Alumnos que presenten incapacidad total durante el desarrollo del proceso educativo, quienes determinarán su permanencia en el mismo. c. A los incapacitados temporales se les dará el doble de tiempo de la incapacidad para someterse a la prueba respectiva. d. Si el oficial alumno al finalizar el evento educativo no ha realizado las pruebas de suficiencia física por tener prescripción médica temporal o por razones de excesiva grasa o peso, corresponde al Consejo Académico y Disciplinario del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, decidir la no certificación por no complementar la evaluación del evento educativo en esta área, debiendo decidir posteriormente bajo los términos establecidos en el Reglamento de Evaluación Física del Personal de la Policía Nacional de Honduras y a solicitud del interesado, la reprogramación de las pruebas físicas, se hará bajo el entendido, que a la aprobación de dicha evaluación física se le adjudicará la nota mínima del 70%, esta será determinante en la posición del cuadro de orden de mérito del evento educativo correspondiente. SECCIÓN III EVALUACIÓN DE LA CONDUCTA
La conducta es una de las áreas de mayor importancia en la formación de la personalidad del policía, debe constituir un factor que incide directamente en los resultados generales del evento educativo.
La responsabilidad de evaluar la conducta del oficial alumno recae en el Jefe del Departamento de Administración Estudiantil, quién se basará en la observación diaria, los reportes disciplinarios de catedráticos, oficiales de planta y el oficial jefe de curso. La conducta se evaluará bajo un criterio integral atendiendo el comportamiento del oficial alumno dentro y fuera del CCOP.
Las Faltas Leves, serán sancionadas de acuerdo a la Tabla de Faltas y Deméritos. En la Jefatura del Departamento de Administración Estudiantil, se llevará un registro diario de los deméritos acumulados por cada oficial alumno. El oficial afectado será informado mensualmente de su récord disciplinario. El Jefe del Departamento de Administración Estudiantil, se basará para hacer la relación de cantidad de demérito y valor, tomando como constante 1.5; es decir, que si el evento educativo dura 22 semanas, las multiplicará por 1.5, el resultado dará la cantidad de deméritos que se le puede permitir al oficial alumno, los que serán considerados como puntos negativos en las evaluaciones de eficiencia, desempeño y conceptualización, basadas en el 100% de la totalidad de los puntos que dispone el oficial.
Los deméritos tienen correspondencia directa con el número de semanas que dura el evento educativo, los que constituye puntos negativos para la evaluación conceptual, eficiencia y desempeño. Para encontrar en puntos el valor de los deméritos, se efectuará la operación siguiente: Si el evento educativo dura 22 semanas, se procede así: 22 x1.5 = 33 deméritos de tolerancia total. 33 x 1.5 = 49.5 49.5 / 22 semanas = 2.25 puntos de 100%
La comisión de faltas graves y muy graves de carácter académico en que incurran los oficiales alumnos del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, serán sancionadas por el Consejo Académico y Disciplinario del CCOP, previo al procedimiento disciplinario administrativo, según lo establecido en el presente reglamento. SECCIÓN IV EVALUACIÓN DE LA CONCEPTUALIZACIÓN
La conceptualización como una de las áreas a evaluar, contribuye a la formación del puntaje final U D I-D EG T-U N AH que determina la posición del alumno en el orden de mérito. Consiste en un promedio extraído de las apreciaciones individuales del Director y Subdirector, según las evaluaciones del desempeño y eficiencia. Quiénes evalúen la apreciación conceptual, aplicarán la proforma que para estos aspectos se les proporcionará según las diferentes escalas.
Cada aspecto se evaluará en base a 100% para luego obtener la nota promedio. La calificación de la apreciación conceptual que se les otorgue a los oficiales alumnos, debe ser en forma ecuánime, justa, desapasionada y responsable. La Unidad de Registro y Archivo recibirá las evaluaciones y las procesará bajo absoluta confidencialidad. SECCIÓN V EVALUACIÓN DE LA ASISTENCIA
La asistencia a las actividades programadas en la hora precisa, es una obligación del oficial alumno y por lo tanto, motivo de evaluación.
Para efectos disciplinarios se entiende por inasistencia a clase o cualquier otra actividad programada, un tiempo menor de quince (15) minutos y será considerada como falta de conducta y se sancionará conforme al Reglamento de Disciplina del oficial alumno del Centro de Capacitación de Oficiales de Policía.
Las inasistencias se clasifican en justificadas e injustificadas. - Solamente el Consejo Académico y Disciplinario podrá resolver como justificada una inasistencia mediante el procedimiento de justificaciones de faltas solicitadas por el interesado y que se regulan en el presente reglamento. Las faltas por inasistencias serán contadas a partir del día del inicio del evento educativo. El límite de inasistencias justificadas permisibles es el 5% de las horas de instrucción programadas en el Plan de Estudio del evento educativo.
Para aquellos casos especiales y ajenos a la voluntad del oficial alumno y que su conducta haya sido ejemplar, con buen rendimiento académico y físico, el Consejo Académico y Disciplinario tendrá potestad de extenderlo hasta el 10%. ARTÍCULO87.-Hoja de reporte de eficiencia y desempeño del oficial alumno.Además de todo el sistema de evaluación descrito anteriormente, el oficial alumno es evaluado por el Jefe del Departamento de Administración Estudiantil, a efecto de cumplir con el requisito establecido por la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía Nacional.-Aunque esta evaluación no se incluye en el puntaje del evento educativo, el oficial alumno debe considerar que el Jefe del Departamento de Administración Estudiantil se nutrirá de los demás aspectos evaluados para llenar la Hoja de Reporte de Eficiencia y Desempeño del Oficial Alumno. CAPÍTULO VII ORGANOS COLEGIADOS DEL CONSEJO ACADEMICO Y DISCIPLINARIO
Consejo Académico y Disciplinario. Es el órgano que conoce y resuelve los casos de Faltas Graves y Muy Graves de orden académico o disciplinario de todos los oficiales alumnos independientemente de los estudios y programas que cursen; actuando como órgano asesor del Director del CCOP y tendrá las siguientes funciones: 1. Analizar y proponer reformas a los planes y programas académicos, así como la aprobación de proyectos de asuntos académicos. 2. Conocer y resolver en primera instancia sobre los diferentes problemas de oficiales alumnos, que se presenten, sean estos de orden académico o de disciplina cuando las faltas sean graves o muy graves, quedando para el inculpado las segundas instancias que la constituye la Dirección Nacional de Educación Policial. 3. Conocer y resolver las solicitudes de reintegro al programa y cualquier otra solicitud de orden académico o disciplinario que se les presente. U D I-D EG T-U N AH
Las funciones de los miembros del Consejo Académico y Disciplinario del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía son permanentes mientras permanezcan como titulares de sus respectivos cargos. Sin embargo, el Director del CCOP tiene la potestad para sustituir a cualquier miembro del Consejo, por las causas siguientes: 1. Cuando concurran entre el miembro del Consejo y el inculpado, lazos de parentesco en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. 2. Cuando un miembro del Consejo se excuse del conocimiento del caso fundado en causa justa y ética. 3. Cuando el miembro del Consejo no se a pegue a la Ley y la doctrina policial en sus actos disciplinarios. 4. Cuando un miembro del Consejo sea parte del hecho denunciado o que lo haya reportado. CAPÍTULO VIII DE LAS FALTAS SECCIÓN I CLASIFICACIÓN DE FALTAS
Las faltas son infracciones a las normas académicas y de conducta establecidas en este Reglamento del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía (CCOP). Las faltas de acuerdo a su gravedad se clasifican en: Faltas Leves, Faltas Graves y Faltas Muy Graves.
Faltas Leves. Son acciones tipificadas en la Tabla de Faltas Leves, que se sancionarán directa e inmediatamente por la autoridad del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, dependiendo el grado que ostente el oficial alumno, siguiendo la cadena de mando.
Faltas Graves. Son acciones u omisiones que por su gravedad son sometidas mediante informe escrito, previa la investigación y audiencia de descargo al Consejo 4. Presentar a la Dirección Nacional de Educación Policial, propuestas de innovación académica para evolucionar en el desempeño profesional de la Policía Nacional. 5. Proponer reformas y actualizaciones al presente reglamento. 6. Velar para que lo oficiales alumnos y docentes gocen de las condiciones académicas necesarias y que se cumplan los postulados de la educación superior. 7. Conocer y preparar los dictámenes razonados que en materia académica se precisen para que el Director del CCOP los eleve al Director Nacional de Educación Policial. 8. Otras que le sean turnadas de acuerdo a su competencia.
El Consejo Académico y Disciplinario del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía estará integrado por: 1. El Director del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, quien lo convocará y lo presidirá. Podrá delegar su asistencia en el Subdirector. 2. Jefe del Departamento Jurídico y de Derechos Humanos, quien actuará como asesor, sin voto. 3. El Jefe del Departamento Académico. 4. El Jefe del Departamento Administrativo y Financiero. 5. Jefe del Departamento de Administración Estudiantil. 6. Un representante de los docentes, designado mediante acto administrativo. 7. Un Secretario, quien dará fe de todo lo actuado en el Consejo. 8. El Consejo Académico y Disciplinario podrá invitar a expertos en caso de necesitar claridad sobre un tema específico, sin voto. U D I-D EG T-U N AH Académico y Disciplinario, quién mediante resolución aplicará la sanción a que hubiere lugar y notificará en legal y debida forma al involucrado.
Faltas Muy Graves. Son las acciones u omisiones que por su naturaleza implican la separación del oficial alumno del evento educativo del Centro de Capacitación de Oficiales de Policía, ya que su práctica acarrea desprestigios para él mismo.
Son Faltas Leves las siguientes, con sus respectivos deméritos: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH
Se consideran Faltas Graves las siguientes: 1. Utilizar medios indebidos para justificar la ausencia en actividades programadas por el Centro de Capacitación para Oficiales de Policía. 2. Hacer peticiones individuales o de grupo en forma irrespetuosa. 3. No cumplir con el pago de sus obligaciones en el Centro de Capacitación para Oficiales de Policía. 4. Reincidir en la comisión de una falta leve. 5. Solicitar contribución a nombre del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía. 6. Intimar con el personal auxiliar femenino y masculino del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía dentro y fuera del mismo. 7. Propagar rumores que agravien el honor y prestigio de cualquier catedrático y demás miembros del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía. 8. Intentar sobornar a un catedrático, oficiales, personal auxiliar o escala básica del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, directa o por medio de terceras personas, para obtener ventaja y mejores evaluaciones, información o material clasificado. 9. Complicidad en la comisión de faltas muy graves. 10. Exteriorizar opiniones que en forma directa o vela damente signifique crítica a las acciones y disposiciones de un superior. 11. No presentarse a una clase, tarea o actividad programada por el CCOP, sin justificación. 12. Ocasionar daños materiales a bienes y propiedades del Estado asignados al Centro de Capacitación para Oficiales de Policía, lo que también implicará la reparación o restitución del bien.
Se consideran Faltas Muy Graves las siguientes: 1. Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos, portando uniforme. 2. Liar se a golpes con cualquier miembro de la comunidad estudiantil o cualquier otra persona dentro del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía. U D I-D EG T-U N AH 3. Extra limitarse en la cantidad de deméritos permitidos. 4. Protagonizar escándalo público dentro o fuera del Centro de Capacitación para Oficiales de Policía. 5. Reprobar la evaluación de re