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2 de marzo de 2020Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 11-2020 — Autorización a la Procuradora General para aceptar donación de inmuebles del BCIE

Presidencia de la República / Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización

  • Decreto: 11-2020
  • Publicación: 2 de marzo de 2020
  • Órgano emisor: Presidencia de la República / Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
  • Gaceta: 35,189

Considerandos

Que de conformidad al artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene la Administración General del Estado y entre otras atribuciones le corresponde emitir los Acuerdos y Decretos conforme a la Ley.

Que el 13 de diciembre del año 1960, el Estado de Honduras suscribió en condición de Socio Fundador, el “Convenio Constitutivo del Banco Centroamericano de Integración Económica”, cuyo objetivo es promover la integración y el desarrollo económico y social de la Región Centroamericana.

Que de acuerdo a la Resolución de Directorio Número DI-6/2017 de fecha veinticuatro (24) de enero del año dos mil diecisiete (2017), el Banco Centroamericano de Integración Económica autorizó la donación de dos inmuebles inscritos a su favor bajo el número 64 del Tomo 23 del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de la ciudad de Yuscarán, departamento de El Paraíso, a favor del Estado de Honduras, con el objetivo que los mismos sean utilizados exclusivamente para desarrollar programas de regularización y ordenamiento territorial, proyectos de reserva forestal, de conservación y mejoras al sistema ecológico y otros.

Que la persona humana es el fin supremo de la Sociedad y el Estado y la regularización de la propiedad incrementa la seguridad jurídica y le permite al país alcanzar niveles de desarrollo que generen bienestar para toda la población.

Que la Constitución de la República en su artículo 228 establece que la Procuraduría General de la República tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley.

Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en su artículo 19 numeral 3) establece que la Procuraduría tendrá a su cargo la personería del Estado y serán ejercidas por el Procurador General de la República, a quien se le atribuye la facultad de comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones del Poder Ejecutivo, al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesada la Nación. U D I-D EG T-U N AH ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 023-2018 de fecha dieciséis (16) de abril del dos mil dieciocho (2018), el Presidente Constitucional de la República delega en la Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno, Licenciada Martha Vicenta Doblado Andara, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley General de la Administración Pública sean potestad del Presidente de la República su sanción.

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar a la Procuradora General de la República para que en nombre y representación del Estado de Honduras, comparezca, sin más trámite, ante Notario Público a suscribir la Escritura Pública aceptando la donación de los siguientes inmuebles:

  • a)

    Fracción de tierras en el terreno denominado Naguara formado por los sitios de Los Charcos y La Joya o Sacuapilla y tiene los límites siguientes: Al Norte, las tierras de Junacate; al Sur, las de la Villa de San Francisco y El Salto, Río Grande de por medio; al Oriente, las tierras del Sevilla no, de El Retiro y de Sabanagrande, de Zelaya; al Poniente, con tierras de la Villa de San Francisco, Río Grande de por medio y Sabana de Rosales; y,

  • b)

    El terreno de El Sevilla no, el que limita: Al Norte, la montaña de El Chicle; Al Sur, el terreno de Juan Coyol; al Este, la Tierra Agria; y, al Oeste, Los Charcos, ambas propiedades forman en conjunto un total de CIENTO OCHENTAY SEIS CABALLERIAS Y UNA TERCIA de extensión superficial más o menos. Dichos inmuebles se encuentran inscritos a favor del BCIE bajo el bajo el número 64 del Tomo 23 del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de la Ciudad de Yuscarán, Departamento de El Paraíso. En el referido instrumento público se debe hacer constar que se exime al Banco Centroamericano de Integración Económica del saneamiento por los vicios o defectos ocultos sobre los mismos.

Articulo 2.-

La totalidad de los honorarios notariales y gastos en que se incurra por la escrituración e inscripción en el Registro respectivo de los inmuebles descritos en el numeral anterior correrán por cuenta del Estado de Honduras

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 17 días del mes de enero del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA Ministra Coordinadora de Gobierno, por Ley Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA Secretario de Estado en los Despachos de Goberna ión, Justicia y Descentralización U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Finanzas