Acuerdo Ministerial No. 189-2020 — Delegación de funciones de Máxima Autoridad Ejecutiva en materia de Control Interno en la Secretaría de Finanzas
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Decreto: 189-2020
- Publicación: 31 de enero de 2020
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Gaceta: 35,163
Considerandos
Que los Secretarios de Estado son co- laboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y enti- dades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.
Que los citados funcionarios les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos competentes a su ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios de Estado, Secretario General y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
Que corresponde a los Secretarios de Estado emitir Acuerdos y Resoluciones en los asuntos de su competencia y en aquellos que les delegue el Presidente de U D I-D EG T-U N AH la República y que la firma de esos actos será autorizado por el Secretario General respectivo.
Que la delegación de funciones se entiende posible siempre y cuando se dirija de manera rauda, económica y eficiente a satisfacer el interés general y que, en definitiva, resulte en una simplificación de los procesos que se llevan a cabo en la administración Pública.
Que el Decreto PCM No. 26-2007 del 7 de septiembre de 2007, cuyo Artículo 11 y el numeral 1, señalan que las instituciones o entes bajo el ámbito de la ONADICI y los servidores públicos en los niveles jerárquicos que corresponda, so pena de incurrir en falta grave disciplinaria y responsabilidad administrativa, deberán: 1. Establecer, promover, aplicar y mantener, al interior del respectivo ente, un proceso de control interno, basado en la transparencia, probidad y ética pública, de conformidad con las normas generales y específicas, emitidas o que emita el ente rector del Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos y la ONADICI, respectivamente.
Que mediante Acuerdo No. 527-2016 de fecha 05 de diciembre de dos mil dieciséis (2016), se aprobó la “Política de Monitoreo del Control Interno de la Secretaría de Finanzas”, la cual tienen como objetivo observar y evaluar el funcionamiento de los diversos controles, con el fin de determinar la vigencia y la calidad del control interno y emprender las modificaciones que sean pertinentes para mantener su efectividad.
Articulos
Delegar en la Ciudadana LILIAM ODALIS RIVERA OCHOA, en su condición de Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública, la función de Máxima Autoridad Ejecutiva de la Secretaría de Finanzas para que asuma las Siguientes responsabilidades:
- a)
Las funciones, atribuciones, roles y deberes que le corresponde cumplir a la Máxima Autoridad establecidos en las Guías para la Implementación del Control Interno Institucional en el Marco de SINACORP.
- b)
Actualizar, cumplir y hacer cumplir las Políticas Institucionales de Control Interno de la Secretaría de Finanzas.
- c)
Revisar y si es de su consideración aprobar mediante su firma el Reglamento Interno de trabajo del COCOIN actualizado anualmente.
- d)
Actualizar anualmente el Comité de Control Interno, Comité de Riesgos, Comité de Auditoría, Comité de Coordinación Institucional, nombrando los funcionarios que se desempeñarán como miembros y los coordinadores de dichos Comités.
- e)
Revisar y en caso de ser de su consideración aprobar anualmente mediante su firma el Plan de Trabajo y Plan de Implementación del Comité de Control Interno, Comité de Riesgos, Comité de Auditoría, Comité de Coordinación Institucional. U D I-D EG T-U N AH