Acuerdo No. 1639-2021 — Reglamento Académico y Disciplinario de los Estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP)
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
- Decreto: 1639-2021
- Publicación: 9 de noviembre de 2021
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
- Gaceta: 35,767
Considerandos
Que el Artículo 36 numerales 6) y 8) de la Ley General de la Administración Pública establece que: “Son atribuciones y deberes comunes de los Secretarios de Estado, entre otras, Emitir los reglamentos de organización interna de sus respectivos despachos y emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República y cuidar de su ejecución. La firma de los Secretarios de Estado en estos casos, será autorizada por los respectivos Secretarios Generales”.
Que la formación de los futuros Agentes de Policía es una misión invaluable, ya que constituye un proceso de profesionalización que inspira su quehacer diario al servicio de la comunidad en supremos valores patrios, cívicos, espirituales, morales, éticos, culturales y humanos. Todo con el objeto de cumplir con la misión constitucional de conservar el orden público, la prevención, control, y combate del delito, proteger la seguridad de las personas y sus bienes, contribuyendo al objetivo estratégico de país de una Honduras más segura y libre de criminalidad. ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Que el Instituto Técnico Policial (ITP)en coordinación con el Sistema de Educación Policial, Dirección de Educación Policial propone el “REGLAMENTO ACADÉMICO Y DISCIPLINARIO DE LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TÉCNICO POLICIAL (ITP)”, como parte de la doctrina institucional, respondiendo a la necesidad de formar y tener Agentes de Policía con más y mejores competencias, y que viene a derogar el actual Manual de Disciplina de los Alumnos(as) del Centro de Instrucción Policial (CIP) que data de junio del año 2007, publicado en el Diario oficial “La Gaceta” No.31,331; y en respuesta a la necesidad de contar con una Reglamentación Especial para Estudiantes Aspirantes a Agentes de Policía que regule sus deberes, obligaciones, derechos, prohibiciones, y disciplina entre otros.
Que el Artículo 1 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras dispone que: “El objeto de dicha Ley es establecer las bases jurídicas fundamentales y generales, que regulan la organización, composición, dirección, coordinación y funcionamiento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; así como la organización, composición, dirección, coordinación y funcionamiento de la Policía Nacional de Honduras de naturaleza puramente civil, las cuales están reguladas por su legislación especial. La Policía Nacional es dirigida por el Presidente de la República, quien ejerce la administración pública, dirección y supervisión por medio del Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad”.
Que el Instituto Técnico Policial se identifica con las siglas “ITP” y está comprometido a desarrollar actividades para lograr concretar la excelencia académica como la eficiencia en sus estudiantes y egresados,tomando en consideración que la ciencia, las técnicas y las estrategias deben ser entregadas a los estudiantes en forma gradual y sistemática para desarrollar las competencias profesionales debidas y lograr la formación de verdaderos Agentes de Policía al servicio de la sociedad, que dignifiquen y enaltezcan la Patria, la profesión e Institución Policial con un enfoque de servicio comunitario y estricto respeto a las leyes y derechos humanos.
Que el Plan de Transformación de la Policía Nacional debe fundamentarse en la Educación de todos los miembros de la Carrera Policial como eje transversal, basada en una formación sustentada en principios y valores, haciendo énfasis en el desarrollo de las competencias necesarias que permitan contar con Agentes de Policía más comprometidos y con un mayor sentido de pertenencia institucional.
Que el Artículo 100 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras establece que los Estudiantes, Aspirantes, Cadetes, Alférez y Agentes que se encuentran en formación inicial, están sujetos a una reglamentación especial que regula sus deberes, obligaciones, derechos, prohibiciones, disciplina entre otros, éstos pasan a formar parte de la Carrera Policial una vez cuenten con el respectivo Acuerdo de Nombramiento emitido por la autoridad competente, para su prestación de servicio activo en la Policía Nacional.
Que el Artículo 5 de la Ley de la Carrera Policial exceptúa como miembros de la Carrera Policial a los Estudiantes de los Centros de Formación Policial, quienes deben estar sometidos a un régimen especial establecido en su reglamentación.
Que para alcanzar los grandes fines que se pretenden lograr a través de la profesionalización de los miembros de la Carrera Policial, es preciso emitir un Reglamento Académico y Disciplinario que, siendo humanista, no pierda la esencial idad de la firmeza en la formación del carácter y la conducta presente y futura, en el desenvolvimiento de la vida de quienes tienen el privilegio de realizar estudios en el Instituto Técnico Policial (ITP).
Articulos
Objeto. - El presente reglamento tiene por objeto regular la conducta de los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP), así como describir y clasificar sus deberes, obligaciones, derechos, prohibiciones, faltas o infracciones, sanciones, la facultad sancionadora, el procedimiento administrativo disciplinario y los recursos contra resoluciones.
Propósito.- Este reglamento tiene como propósito establecer un marco disciplinario contentivo de las reglas de convivencia, formación, permanencia y estudio propicias para la adquisición de las competencias necesarias para el ejercicio y desempeño de la Carrera Policial, el fortalecimiento de los valores éticos, morales, profesionales, patrióticos, cívicos y el desarrollo de un alto espíritu democrático y de servicio a la comunidad en todos los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP).
Ámbito de Aplicación. - El presente reglamento se aplicará a todos los Aspirantes a Agentes de Policía que se encuentran en proceso de formación en el Instituto Técnico Policial. La acción administrativa disciplinaria es de aplicación inmediata una vez investigado el Aspirante, seguido el debido proceso y notificada la resolución del caso, emitida por autoridad facultada. La aplicación del reglamento garantiza el cumplimiento de los fines y funciones del ITP en relación con las conductas de los futuros Agentes de Policía.
El Instituto Técnico Policial (ITP) se constituye como Centro Educativo Policial dependiente de la Dirección de Educación Policial encargado de planificar, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la formación inicial de los Estudiantes Aspirantes a Agentes de Policía. CAPÍTULO II DEFINICIONES GENERALES
Los conceptos empleados en el presente reglamento se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de los mismos; sin embargo, para los efectos de la aplicación e interpretación del presente Reglamento se definen los conceptos básicos siguientes: 1. ITP: Instituto Técnico Policial. 2. Estudiante del ITP:Aspirante activo de la población estudiantil del Instituto Técnico Policial que se postula para ser Agente de Policía tal como se establece en la categoría jerárquica de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras y la Ley de la Carrera Policial. 3. Disciplina: Es la forma de conducta ordenada, honesta y responsable con la que deben conducirse los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP), tiene como base un alto concepto del honor, de la justicia y de la obediencia, y por objeto fiel y exacto, el cumplimiento de los deberes que prescriben las leyes, reglamentos, manuales e instructivos. 4. Ejercicio Físico: Consiste en el acondicionamiento por medio de actividades físicas, para incrementar las destrezas y habilidades que debe tener el estudiante durante el proceso de formación. 5. Acondicionamiento Físico: Serie de ejercicios físicos organizados, progresivos, encaminados a mejorar las condiciones físicas de los estudiantes para el desarrollo de las actividades como Agentes de Policia. 6. Acto de Servicio: Es todo acto que ejecuta un aspirante a agente de Policía del Instituto Técnico Policial en cumplimiento de su condición de estudiante, acorde con la Ley, Reglamentos, Manuales e Instructivos Institucionales. 7. Deméritos: Se entenderá por demérito la acción o circunstancia simple que hace desmerecer y que genera la aplicación de una sanción inmediata al estudiante que incurra en una infracción disciplinaria, sanción cuantitativa que determinará el orden de méritos y la permanencia en el Instituto Técnico Policial por acumular el máximo permitido, del cual se llevará el control respectivo. 8. Amonestación Verbal: Consiste en el llamado de atención en privado que aplica personalmente el superior inmediato al estudiante sobre su conducta. Se aplica a las faltas leves. 9. Amonestación Escrita: Consiste en el llamado de atención formal por escrito que aplica personalmente el superior inmediato al estudiante en virtud de la infracción disciplinaria. Se adjunta copia al expediente, más los deméritos acumulados. 10. Separación de Curso: Es el retiro definitivo del Aspirante a Agente de Policía que se encuentra en proceso de formación en el Instituto Técnico Policial, por los motivos establecidos en el presente reglamento. 11. Retiro Voluntario: Es la opción que tiene un Aspirante a Agente de Policía que se encuentra en proceso de Formación en el Instituto Técnico Policial para retirarse del programa académico del ITP, con la posibilidad de poder regresar a un nuevo proceso de formación, reservándose el Centro de Estudios el derecho de su re admisión previo estudio del caso y Resolución del Consejo Académico y Disciplinario del Instituto Técnico Policial. 12. Bajo Rendimiento Académico: Es la reprobación de una (1) o más asignaturas en un mismo periodo y no aprobarlas en las pruebas de recuperación. 13. Bajo Rendimiento Físico: Consiste en la reprobación de la evaluación de ejercicios físicos establecidos en el Manual creado para tal fin. 14. Deserción:Abandono injustificado de las instalaciones del Instituto Técnico Policial. 15. Faltas: Son infracciones a la disciplina que se cometen por acción u omisión, dentro o fuera del Instituto Técnico Policial, y que se encuentran reguladas en el presente reglamento. La comisión u omisión dará lugar a la aplicación de las sanciones correspondientes. 16. Faltas Leves: Son acciones o actitudes que se realizan en contra de la moral, las buenas costumbres, la cortesía, la apariencia, el trato con sus semejantes y otros comportamientos ajenos a la condición de estudiante y que violentan en forma general las normas de la convivencia social dentro o fuera del Centro de Estudios y que están establecidas en el presente reglamento. 17. Faltas Graves: Son aquellas acciones u omisiones que sin llegar a constituir ilícitos quebrantan la disciplina o violentan la normativa interna del Instituto Técnico Policial, las que se sancionarán con las medidas disciplinarias establecidas en el presente reglamento, con el fin de corregir su conducta y que sirvan de ejemplo para el resto de la población estudiantil. 18. Faltas Muy Graves: Son las acciones u omisiones cometidas por los estudiantes que les impiden continuar en el proceso de formación de Agente de Policia en el Instituto Técnico Policial y que se establecen en el presente reglamento. 19. Analogía: Relación de semejanza entre faltas contenidas en Normativas, dando lugar a la aplicación de la sanción establecida en el presente reglamento. 20. Goce de Fin de Semana: Es el espacio de tiempo libre en el que el estudiante del Centro de Estudios, se encuentra de receso en el proceso de formación policial académico, o en el cumplimiento de actividades policiales, acorde con los turnos, horarios y disposiciones superiores correspondientes. 21. Insubordinación: Entendiéndose como tal la negación a cumplir una orden expedida en forma legal o de conformidad a lo que establece este reglamento. 22. Negligencia: Falta de cuidado, celo, solicitud o esmero en la ejecución de alguna orden o en el desempeño de una función. 23. Obediencia: Consiste en el cumplimiento estricto de las órdenes y disposiciones legalmente emanadas por el superior. 24. Orden Superior: Es la disposición que imparte un superior de manera verbal o por escrito a un subordinado para el cumplimiento. Las órdenes policiales deben estar establecidas en las leyes, reglamentos. instructivos, y demás disposiciones vigentes. 25. Procedimiento: Para los efectos del presente reglamento se entenderá por procedimiento el conjunto de gestiones, diligencias y resoluciones que se extienden desde la resolución que ordena instruir investigación hasta la fecha de la resolución que le da término. 26. Reincidencia: Se considera como reincidencia, la práctica reiterada de cualquier falta disciplinaria. 27. Subordinación: Consiste en el acatamiento de las órdenes legalmente emanadas del superior, así como el cumplimiento de los deberes y obligaciones propios del grado y de la función que le fuere asignada. 28. Subordinado: Es el subalterno que se encuentra bajo el mando directo de un superior, en forma permanente o temporal. 29. Superior: Es el miembro de la Institución, que con relación a otro ostenta mayor grado jerárquico. En igualdad de grado es superior el más antiguo independientemente del mando, la jerarquía y antigüedad; no se altera por el hecho de pertenecer al personal policial regular o de los servicios. 30. Suspensión de Salida Simple: Consiste en la privación del derecho de salida de un estudiante de permisos especiales (Los requeridos por el estudiante para atender asuntos personales) por el término de quince (15) días, más quince (15) Deméritos, salvo casos especiales de urgencia o calamidad doméstica (Enfermedad grave, Fallecimiento de un familiar hasta el Cuarto grado de consanguinidad y Segundo de afinidad o Atender emergencias por desastres naturales o provocados por el hombre) 31. Suspensión de Salida Ordinaria: Consiste en privar al estudiante de su derecho de salida de un (
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fin de semana que serán los días viernes, sábado y domingo, cuando le corresponda, más veinte (20) deméritos. 32. Suspensión de Salida Especial: Consiste en la privación del derecho de salida de un estudiante de dos (
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fines de semana, cuando le corresponda, más veinticinco (25) deméritos. 33. Suspensión de Salida Severa:Consiste en la privación del derecho de salida del estudiante por tres (
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fines de semana y treinta (30) deméritos, privándosele además de recibir visitas, hacer o recibir llamadas telefónicas, salvo casos especiales de urgencia o calamidad doméstica. CAPÍTULO III DE LA MISIÓN, OBJETIVOS Y FINES DEL INSTITU O TECNICO POLICIAL (ITP)
El Instituto Técnico Policial (ITP) tiene como Misión ser el responsable de la formación policial inicial, específica e integral de los futuros Agentes de Policía, dotando a éstos de los conocimientos técnicos y científicos de las Ciencias Policiales y demás áreas en que se desempeña la Policía Nacional de Honduras, con el objetivo de proveer el talento humano profesional policial e idóneo que demanda la sociedad hondureña para servir, proteger y Coadyuvar para la convivencia, seguridad personal y de sus bienes, con respeto a las leyes y derechos humanos, todo con enfoque de Doctrina de Policía Comunitaria. Para el logro de lo preceptuado en los artículos precedentes, se tienen como objetivos institucionales los siguientes: 1. Fomentar el más irrestricto respeto a la Constitución de la República, Leyes, Convenios,Acuerdos Internacionales, así como las Prácticas Policiales y de manera especial la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional de Honduras, la Ley de la Carrera Policial, Reglamento General y Especiales, así como el presente Reglamento Académico y Disciplinario fundamento de la aplicación de la disciplina al interior del Instituto Técnico Policial (ITP) y miembros de la Red de Internacionalización Educativa Policial (RINEP). 2. Fomentar el más alto espíritu en los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP) de respeto a los símbolos patrios, valores y héroes nacionales con el más valioso sentido patriótico y cívico. 3. Arraigar en todos los estudiantes, el amor y respeto al país, a la carrera policial, así como la adhesión y lealtad a la Policía Nacional en general, y en particular al Instituto Técnico Policial (ITP). 4. Inculcar y fortalecer los principios, valores éticos, morales, espirituales, el respeto a los derechos humanos y el acercamiento a la comunidad en general, de conformidad a la vocación de servicio, a los anhelos y expectativas de la sociedad hondureña. 5. Desarrollar la más estricta disciplina de estudio, dedicación en la búsqueda y apropiación de los saberes científicos, técnicos en general y en particular de las ciencias policiales para una eficiente y efectiva prestación del servicio policial. 6. Promover la gestión del conocimiento de las ciencias policiales orientadas al desarrollo, protección y mantenimiento del orden público, seguridad de las personas y sus bienes, dentro del ámbito interno, mediante la investigación científica de la realidad hondureña, proyectan do el conocimiento a nivel nacional e internacional. 7. Inculcar en cada estudiante del Instituto Técnico Policial (ITP) un espíritu de autoestima, hábitos de salud, higiene, respeto irrestricto a la integridad psicológica y física dentro y fuera del ITP. 8. Promover normas de vida y profesional para materializar la actitud decorosa y distinguida en los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP). 9. Lograr la formación de profesionales en el campo de las Ciencias Policiales y demás Ciencias afines según la demanda, así como formar a hombres y mujeres emprendedores capaces y dispuestos a cumplir su misión de servidores públicos y operadores de justicia con principios éticos y morales bajo el estricto respeto de los derechos humanos.
Fines. Para el logro de los objetivos precedentes, el Instituto Técnico Policial (ITP) tiene como fines los siguientes: 1. Formar ciudadanos como Agentes de Policía mediante Programas Académicos tales como: Técnico Superior en Ciencias Policiales con Orientación en Seguridad Comunitaria y Técnicos en Servicios Logísticos que forjan las funciones públicas policiales. 2. Mejorar la calidad de la educación integral y la promoción de la excelencia. 3. Desarrollar la personalidad humana inspirada en los valores de justicia, democracia y libertad. 4. Orientar y difundir planteamientos doctrinarios y metodológicos relacionados con la Seguridad Pública. 5. Investigar los campos de las Ciencias Policiales, sus Áreas en la Prevención, Seguridad, Inteligencia, Investigación, Restablecimiento del Orden Público, la Educación Física y protección a los Derechos Humanos. 6. Instituir el respeto de los derechos humanos y el ejercicio de la tolerancia y libertad. 7. Fomentar y difundir la cultura universal y en particular la de la Nación. 8. Estudiar la problemática nacional y realizar planteamientos de respuesta social. 9. Formar profesionales en las áreas de las Ciencias Policiales y Técnicos en Servicios Logísticos según sus competencias y para el cumplimiento de sus funciones regirse por los principios y valores de legalidad, jerarquía, disciplina, unidad de mando, equidad, integridad, objetividad, adaptabilidad, transparencia, apoliticidad partidista, eficiencia, ética policial, honestidad, imparcialidad, lealtad, solidaridad, comunitaria y respeto de los derechos humanos de las personas. 10. Promover la extensión de la formación de Técnico Superior No Universitario en Ciencias Policiales con Orientación en Seguridad Comunitaria, a Técnico Superior Universitario. CAPÍTULO IV SELECCIÓN, INSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN DEL ESTUDIANTE SECCION I DEL PROCEDIMIENTO DE AD MISION DEL ESTUDIANTE
La Policía Nacional, a través de la Dirección de Educación Policial o como se denomine en el futuro, será la responsable en todo el territorio nacional de reconocer los créditos académicos y posterior certificación de los profesionales particulares como especialistas en seguridad ciudadana y ciencias afines, propiamente en lo relacionado a la carrera policial.
Ingreso a la Carrera Policial: El ingreso a la Policía Nacional es voluntario y únicamente el Instituto Técnico Policial (ITP) lo será para los estudiantes Aspirantes a Agentes de Policía, para su profesionalización y Centros de formación en las instituciones análogas extranjeras debiendo aprobar el proceso de evaluación, selección, admisión y formación.
Selección.- El Instituto Técnico Policial (ITP) a través de su equipo de profesionales expertos, realizará el procedimiento de selección del personal aspirante a formar parte de los programas académicos que ofrece el ITP, verificando si reúne los requisitos establecidos en el presente reglamento y asimismo si se encuentra en una óptima condición física y mental que garantice su participación plena, de acuerdo al programa académico al cual aspira, condición que deberá acreditarse con los documentos legales respectivos.
La formalidad del ingreso incluirá la evaluación médica, acta de compromiso para estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP), investigación individual, investigación patrimonial y socioeconómica, pruebas toxicológicas, polígrafo, psicológicas, psicométricas, prueba de conocimiento, antecedentes policiales y penales de los aspirantes y familiares, practicados por el Centro de Control de Confianza Preventivo de la Policía Nacional u otra que se cree en el futuro, en coordinación con la Dirección de Educación Policial o su denominación posterior y la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional, previo al cumplimento de los requisitos establecidos en la Ley y Reglamentos.
Inscripción. Es el acto mediante el cual se formaliza la solicitud de admisión para ingresar a los programas académicos que ofrece el Instituto Técnico Policial (ITP). Por el solo hecho de la inscripción, el Aspirante a Agente de Policia no adquiere ningún derecho frente a la formación en el programa académico al cual aspira.
Admisión. Es el acto mediante el cual el Instituto Técnico Policial (ITP) incorpora al Aspirante como “Estudiante”, previo a la verificación de que cumple con todos los requisitos exigidos para el programa académico. SECCION II DE LOS REQUISITOS DE INGRESO
Todo el personal que tenga aspiraciones de ingresar a la carrera policial deberá cumplir los siguientes requisitos: 1. Nacionalidad Hondureño(a) por nacimiento y estar en el pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles. 2. No tener ni haber tenido antecedentes penales y policiales, acreditados con las respectivas constancias vigentes. En caso de antecedentes por la comisión de faltas de orden público, quedará a criterio del Director y del Concejo Académico Disciplinario del ITP, la admisión o no admisión del Aspirante a Policía. 3. Tener 18 años de edad y un máximo de 29 años. 4. Poseer título de educación media acreditado con la respectiva fotocopia. 5. Tarjeta de Identidad. 6. No consumir ni haber consumido sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efecto similar ni padecer de alcoholismo. 7. Estatura mínima de 1.65 metros (hombres) y 1.60 (mujeres). 8. No tener tatuajes ni perforaciones corporales, con excepción de las orejas de las mujeres, no más de una perforación. 9. Aprobar las pruebas de confianza aplicadas por el Centro de Control de Confianza Preventivo de la Policía Nacional o la que se cree en un futuro. (Evaluación médica, investigación individual, investigación patrimonial y socioeconómica, Polígrafo, psicométricas, prueba de conocimiento, pruebas Toxicológicas Examen Psicológico y antecedentes policiales y penales). 10. Gozar de buena salud física y mental que le permitan participar en actividades que demandan esfuerzo. 11. Aprobación de la evaluación física (Exceso de peso no más de 20 libras). 12. El Instituto Técnico Policial (ITP) se reserva el derecho de admisión y aplicar en cualquier momento del desarrollo del Programa Académico las evaluaciones o pruebas que se consideren pertinentes, sean estos los Mecanismos de Evaluación de Confianza u otros. 13. Los exámenes médicos que acrediten la buena condición física y mental, requeridos por parte del Instituto Técnico Policial (ITP) de acuerdo a los programas académicos son: A. Examen de VIH B. Examen de embarazo C. Examen oftalmológico D. Exámenes hematológicos: a. Plaquetas b. Diferencial c. RH (Tipo de Sangre) E. Química sanguínea que incluya: a. Glicemia b. Colesterol c. Triglicéridos d. Acido úrico F. Examen general de orina G. Examen general de heces H. Anticuerpos para Hepatitis B I. Anticuerpos para Chagas J. Radiografía de Tórax PA, con su respectiva lectura de especialidad. K. Otros exámenes médicos que por la naturaleza del programa académico al que postula, se requiera. 14. Y otras que se establezcan en un futuro. CAPÍTULO V DE LOS DEBERES, DERECHOS Y PROHIBICIONES DEL ESTUDIANTE SECCIÓN I DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Son deberes de los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP) los siguientes: 1. Respetar y cumplir la Constitución de la República, las Leyes del ordenamiento jurídico nacional, Normas Académicas y Reglamentarias, Instructivos, Manuales y demás disposiciones que rigen la disciplina dentro y fuera del Instituto Técnico Policial (ITP). 2. Utilizar las dos (2) horas que se le otorgan para el estudio obligatorio, profundizando en el conocimiento de las asignaturas que cursen cada periodo académico, debiendo sujetarse a las reglas de permanencia en las aulas. 3. Obediencia y puntualidad en el cumplimiento estricto de las instrucciones, órdenes y demás disposiciones que reciba individual o colectivamente por parte de las autoridades de Instituto Técnico Policial (ITP). 4. Respetar a la comunidad educativa del sistema de educación policial, sin distinción de raza, género, religión, condición, creencia o ideología. 5. Obedecer disciplinadamente las normas de conducta, éticas, decoro personal, buenos modales y el respeto de los derechos humanos de las personas, dentro o fuera del Instituto Técnico Policial (ITP). 6. Responder solidariamente en el mantenimiento de la disciplina y el orden dentro y fuera del Instituto Técnico Policial (ITP). 7. Respetar las disposiciones jerárquicas, buenas costumbres y convivencia con personal de instructores, compañeros y demás personas dentro y fuera de las instalaciones, recordándole que su conducta es un reflejo de sí mismo, de su familia y de su institución. 8. Someterse a las diversas evaluaciones del programa académico al que asiste en el Instituto Técnico Policial (ITP). 9. Participar en las diversas actividades que se desarrollen en el Instituto Técnico Policial (ITP) cumpliendo con entusiasmo y disciplina, ya sean estos proyectos de vinculación con la comunidad u otros. 10. Conservar una adecuada y excelente presentación personal, dentro y fuera del Instituto Técnico Policial (ITP), mostrando siempre pulcritud, aseo y cuidado personal. 11. Mantener buenas relaciones interpersonales, de confraternidad y vínculos sociales amenos entre los mismos estudiantes, autoridades del Instituto Técnico Policial (ITP) y personal laborante, procurando siempre el respeto a la dignidad humana. 12. Portar correcta y decorosa mente los uniformes policiales y equipo policial u otra indumentaria; siendo obligación del estudiante en caso de deterioro, pérdida, modificación por culpa, descuido o negligencia, realizar el pago del costo de los mismos como prenda nueva. 13. Acatar las normas de seguridad en el manejo, uso y mantenimiento de todos los bienes, equipo y documentos que por su condición de estudiante le sean asignados, conservándolos bajo su cuidado y en caso de ser re destinados, deberá seguir los canales correspondientes. 14. Observar esmerado cuidado en el uso de las instalaciones, mobiliario, equipo y demás servicios del Instituto Técnico Policial (ITP) procurando siempre su conservación, mantenimiento y limpieza. En caso de que se presente alguna irregularidad, deberá proceder a reportar cualquier desperfecto ante la autoridad que corresponda. 15. Ser responsable del cuidado de sus objetos personales, como computadoras, teléfonos, libros y cualquier otro objeto personal. El Instituto Técnico Policial (ITP) no se hace responsable por daños o pérdidas. 16. Prestar el auxilio apropiado a sus compañeros, superiores y demás personas cuando sea pertinente, posible y necesario. 17. Actuar con la debida discreción en el tratamiento de los asuntos institucionales internos o externos, que garanticen el prestigio y el buen nombre del Instituto Técnico Policial (ITP) en particular, y de la Policía Nacional en general. 18. Mostrar dedicación responsable y esmerada en el estudio y cumplimiento de tareas y trabajos asignados durante su proceso de formación profesional. 19. Reportar de inmediato todo hecho anómalo, cualquier incidente o irregularidad que ocurra en su presencia o que llegue a su conocimiento, según la cadena de mando establecida en el Instituto Técnico Policial (ITP). 20. Mantener permanentemente una conducta digna y ejemplar de todo estudiante del Instituto Técnico Policial (ITP) dentro y fuera de las instalaciones, que se enmarque en los parámetros de la moral y las buenas costumbres. 21. Actuar de manera cortés, con disciplina y respeto, dentro y fuera del salón de clases cuando un superior, docente o instructor haga mención de alguien en particular o pregunte respecto a la clase, el estudiante deberá ponerse en pie adoptando la posición de firme y contestará lo que se le requiera. 22. Conocer las normas establecidas en el presente reglamento, por lo que al inicio del programa académico los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP) recibirán un seminario de inducción a la vida policial y normas aplicables, que impida que alegue ignorancia sobre el mismo. 23. Respetar la línea de Cadena de Mando establecida al interior del Instituto Técnico Policial (ITP) iniciando desde la autoridad investida en los Jefes de Curso. 24. Cumplir con el horario establecido para cada programa académico. Por tal razón deberá ser consciente que por ausencias superiores al 10% en total de las horas clase, perderá automáticamente su derecho a certificación, sean estas horas acumuladas de manera continua o alterna. 25. Reparar cualquier daño causado a la infraestructura o logística del Instituto Técnico Policial (ITP), por descuido o mal manejo. Este responderá de manera inmediata con la reparación de dicho daño o en su efecto a cubrir el costo monetario que dicha reparación conlleve. SECCIÓN II DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Son derechos de los estudiantes del Instituto Técnico Policial (ITP) los siguientes: 1. Conocer el plan de estudios del programa académico al cual asisten, el Reglamento Académico y Disciplinario, así como los demás instrumentos de carácter normativo, general o particular que incidan en la vida académica y administrativa de la comunidad estudiantil del Instituto Técnico Policial (ITP). 2. Gozar plenamente de los derechos que le asisten en su condición de persona humana. 3. Recibir una educación de calidad actualizada y potencia da de conformidad a los nuevos estándares en la enseñanza moderna y mejora continua. 4. Ser informado oportunamente sobre los objetivos, competencias a fortalecer, contenido y metodología que se aplicará durante el desarrollo del programa académico. 5. Participar en las evaluaciones de los procesos académicos. 6. Solicitar la revisión de sus evaluaciones cuando lo considere nec