Resolución No. 504-10/2021 — Reforma del Artículo 21 de las Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras del Banco Central de Honduras
Directorio del Banco Central de Honduras
- Decreto: 504-10/2021
- Publicación: 25 de octubre de 2021
- Órgano emisor: Directorio del Banco Central de Honduras
- Gaceta: 35,754
Considerandos
Que mediante Resolución No.524- 12/2019 del 5 de diciembre de 2019 se aprobaron las Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras del Banco Central de Honduras, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta el17 de diciembre de 2019.
Que el Artículo 21 contenido en las citadas Normas dispone la creación de un fondo de caja chica para atender las adquisiciones de menor cuantía, cuyo monto será fijado por la Gerencia del Banco Central de Honduras (BCH) para atender los desembolsos de las compras y pagos de servicios, indicando expresamente las dependencias que administrarán dicho fondo.
Que resulta conveniente modificar el Artículo 21 de las referidas Normas en el sentido de incorporar directrices de carácter general para el manejo de las cajas chicas, con el fin de atender los desembolsos derivados de las compras y pago de suministros de menor cuantía, conforme con los montos establecidos en los Lineamientos que Regulan los Procedimientos de Contratación y Adquisiciones de Bienes y Servicios del BCH,para lo cual se requerirá previamente el dictamen del Departamento de Organización y Planeamiento.
Que la Gerencia,mediante memorándum ABN-10562/2021 del 1 de octubre de 2021, con base en recomendación de la Comisión de Compras y Evaluación, contenida en memorándum ABN- 10560/2021 del 1 de octubre de 2021, y oída opinión del Departamento Jurídico, según memorándum JUR-1894/2021 del 29 de septiembre de 2021, recomienda al Directorio de la Institución reformar el Artículo 21 de las Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras del BCH, en el sentido de establecer que para los fines de atender las adquisiciones de menor cuantía en diversas áreas de la Institución, se crean fondos de caja chica, cuyo monto a administrar será autorizado por la Gerencia del Banco previo dictamen del Departamento de Organización y Planeamiento, para atender los desembolsos de las compras y pago de suministros (bienes/servicios) hasta por un valor que ésta determine por cada erogación y concepto, de conformidad con los lineamientos que anualmente establecerá para tal fin. Las directrices de administración de los fondos de caja chica serán definidas en los Lineamientos que Regulan los Procedimientos de Contratación y Adquisición de Bienes y Servicios del BCH.
Articulos
de las referidas Normas en el sentido de incorporar directrices de carácter general para el manejo de las cajas chicas, con el fin de atender los desembolsos derivados de las compras y pago de suministros de menor cuantía, conforme con los montos establecidos en los Lineamientos que Regulan los Procedimientos de Contratación y Adquisiciones de Bienes y Servicios del BCH,para lo cual se requerirá previamente el dictamen del Departamento de Organización y Planeamiento. CONSIDERANDO: Que la Gerencia,mediante memorándum ABN-10562/2021 del 1 de octubre de 2021, con base en recomendación de la Comisión de Compras y Evaluación, contenida en memorándum ABN- 10560/2021 del 1 de octubre de 2021, y oída opinión del Departamento Jurídico, según memorándum JUR-1894/2021 del 29 de septiembre de 2021, recomienda al Directorio de la Institución reformar el Artículo 21 de las Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras del BCH, en el sentido de establecer que para los fines de atender las adquisiciones de menor cuantía en diversas áreas de la Institución, se crean fondos de caja chica, cuyo monto a administrar será autorizado por la Gerencia del Banco previo dictamen del Departamento de Organización y Planeamiento, para atender los desembolsos de las compras y pago de suministros (bienes/servicios) hasta por un valor que ésta determine por cada erogación y concepto, de conformidad con los lineamientos que anualmente establecerá para tal fin. Las directrices de administración de los fondos de caja chica serán definidas en los Lineamientos que Regulan los Procedimientos de Contratación y Adquisición de Bienes y Servicios del BCH. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 54 de la Ley General de la Administración Pública y 6 y 16 de la Ley del Banco Central de Honduras, R E S U E LV E: 1. Reformar el Artículo 21 de las Normas que Rigen las Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras del Banco Central de Honduras, aprobadas por el Directorio mediante Resolución No.524-12/2019 del 5 de diciembre de 2019, que en lo sucesivo se leerá de la forma siguiente: “DE LOS FONDOS DE CAJA CHICA
Para atender las adquisiciones de menor cuantía en diversas áreas de la Institución, se crean fondos de caja chica, cuyo monto a administrar serán autorizados por la Gerencia del Banco previo dictamen del Departamento de Organización y Planeamiento, para atender los desembolsos de las compras y pago de suministros(bienes/servicios)hasta por un valor que ésta determine por cada erogación y concepto, de conformidad con los lineamientos que anualmente establecerá para tal fin, debiendo la Gerencia informar de cada autorización adicional al Directorio de la Institución. Las directrices de administración de los fondos de caja chica serán definidas en los Lineamientos que Regulan los Procedimientos de Contratación y Adquisición de Bienes y Servicios del Banco Central de Honduras.” 2. La presente resolución entra en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. HUGO DANIEL HERRERA CARDONA Secretario 25 O. 2021