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7 de octubre de 2021Vigente

Contrato — Contrato de Ejecución de Obra - Municipalidad de San Pedro Sula

Municipalidad de San Pedro Sula

  • Publicación: 7 de octubre de 2021
  • Órgano emisor: Municipalidad de San Pedro Sula
  • Gaceta: 35,740

Texto completo

u ientes: 1.Garantía de Cumplimiento del Contrato por el valor equivalente al quince por ciento (15%) del monto del mismo, la cual estará vigente hasta tres (3) meses después del plazo previsto para la ejecución de la obra; 2. Nómina del personal técnico asignado para la Dirección y ejecución de la obra, incluyendo un Plan de Organización; 3. Los documentos que acrediten la disponibilidad de equipo y maquinaria que empleará; 4. Plan de Trabajo (conforme al Artículo 180 y 181 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado) y Cronograma de Desembolsos debidamente aprobado por “LA MUNICIPALIDAD”, a través de la Gerencia de Infraestructura; 5. Seguro contra Daños a Terceros y Seguro contra Accidentes de Trabajo; y, 6. Los demás que indique la Ley de Contratación del Estado. QUINTA: MONTO DEL CONTRATO.-“LA MUNICIPALIDAD” por la ejecución de la obra aceptada a su satisfacción a través de la Gerencia de I nfraestruc tur a , pa ga r á a “EL CONTRATISTA” la cantidad de V EINTISEISMILLONE S Q UINIENTOSSEISMI L SETECIENTOS TREINTA Y SIETE LEMPIRAS CON TREINTA Y TRES

CENTAVOS (L.26,506,737.33) menos las deducciones de ley, en razón de los precios unitarios por actividad ejecutada. Se considera monto fijo para Administración Delegada, la suma de DOS MILLONES D E LEMPIRAS EXACTO S (L.2,000,000.00). SEXTA: FORMA DE PAGO.- “LA MUNICIPALIDAD” revisará las estimaciones preparadas por “EL CONTRATISTA” verificadas y aprobadas por la Supervisión, que contendrán los trabajos ejecutados conforme al programa indicado en la Cláusula Cuarta Numeral Cuatro (4) del presente contrato; y, para su respectivo pago,deberán ser aprobadas por la Gerencia de Infraestructura. En consideración a los pagos que “LA MUNICIPALIDAD” hará al “CONTRATISTA” como en lo sucesivo se menciona, éste se compromete con “LA MUNICIPALIDAD” a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad con las disposiciones del Contrato. SÉPTIMA: SUPERVISIÓN DE LA OBRA.- “LA MUNICIPALIDAD” a través de la Gerencia de Infraestructura nombrará un Supervisor al iniciar la obra objeto de este Contrato, quien velará porque la ejecución se realice de acuerdo al programa de trabajo establecido. “EL CONTRATISTA”