Acuerdo No. DSEGRCNC-05-2021 — Delegación de funciones a Subcomisionado Josue David Mejía Rivera
Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO)
- Decreto: DSEGRCNC-05-2021
- Publicación: 22 de septiembre de 2021
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO)
- Gaceta: 35,725
Considerandos
Que según Decreto Ejecutivo número PCM -057-2019, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha doce (12) de Septiembre del año dos mil diecinueve (2019), se crea bajo el artículo 1, Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO).
Que según ACUERDO EJECUTIVO No.125-2020 de fecha veintiuno (21) de octubre del año dos mil veinte (2020), fue nombrado el ciudadano MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLÓN como Secretario de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO).
Que mediante ACUERDO No. 98- 2021 de fecha doce (12) de agosto del año dos mil veintiuno (2021), fue nombrado el ciudadano JOSUE DAVID MEJÍA RIVERA, como Subcomisionado para la Prevención de Riesgos en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO).
Que en fecha doce (12) de agosto del año dos mil veintiuno (2021), se emitió CERTIFICACIÓN del ACUERDO No. 98-2021, asignado al ciudadano JOSUE DAVID MEJÍA RIVERA.
Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República de Honduras, la Ley o los que señalen los Reglamentos.
Que la Ley General de la Administración Pública en su artículo 36 numeral 1 versa “1).Orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las leyes confieran a otros órganos”.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su artículo 4 literalmente versa “…el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. En defecto de disposición legal, el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al Ramo de la Administración…”.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su artículo 5 establece que “El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para éste, en materia procedimental…”.
Que tomando en consideración las múltiples ocupaciones encomendadas al Secretario de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO), y con el fin de simplificar los diferentes trámites administrativos, que a diario se presentan en esta Secretaria de estado.
Articulos
Delegar al Sub Comisionado para la Prevención de Riesgos en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO) el ciudadano JOSUE DAVID MEJÍA RIVERA, para la potestad exclusiva de firmar por delegación todo lo relacionado a la Cooperación Internacional; con previa autorización expresa del Secretario de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO), con la excepción de encontrarse ausente podrá brindar previa autorización, el Sub Comisionado de esta dependencia.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y tendrá vigencia legal. COMUNÍQUESE y CÚMPLASE. MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLÓN Secretario de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias (COPECO) KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ Secretaria General, Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO) Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre ICF