Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
11 de septiembre de 2021Vigente

Resolución No. 2021-205 — Declaración de lugar para cancelación voluntaria de marca VITAFER-L Y DISEÑO

Dirección General de Propiedad Intelectual

  • Decreto: 2021-205
  • Publicación: 11 de septiembre de 2021
  • Órgano emisor: Dirección General de Propiedad Intelectual
  • Gaceta: 35,715

Considerandos

….: CONSIDERANDO PRIMERO:….: CONSIDERANDO SEGUNDO: POR TANTO:….:

De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días hábiles según lo estipulado en el artículo 80 de la ley de Procedimiento Administrativo. Se caducará de oficio la solicitud de cancelación por falta de uso.- NOTIFÍQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de agosto del año 2021. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 11 S. 2021. Poder Judicial Honduras

Articulos

Articulo 1.-

Declarar con lugar la acción de cancelación voluntaria con entrada No. 2021-3079 presentada en fecha 25 de mayo del año 202l, por la abogada CLAUDIA ELIZABETH RAMOS, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la sociedad mercantil denominada AGRONEGOCIOS DE CENTROAMERICA, S.A., DE C.V. (AGRONCASA), contra el Registro No. 154849 de la Marca de Fábrica denominada “VITAFER-L Y DISEÑO”, en clase internacional (05), presentada por la ABOGADA CLAUDIA ELIZABETH RAMOS, en su condición arriba indicada, en vista haber sido solicitada por su titular. SEGUNDO: Una vez firme la presente resolución, por cuenta del interesado mándese a publicar la presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un diario de mayor circulación en el país y el pago de la correspondiente tasa por concepto de rehabilitación, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el libro de Registro y en la base de datos correspondiente.

Articulo 3.-

De no cumplimentar lo precedente en el plazo de treinta (30) días hábiles según lo estipulado en el artículo 80 de la ley de Procedimiento Administrativo. Se caducará de oficio la solicitud de cancelación por falta de uso.- NOTIFÍQUESE. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de agosto del año 2021. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 11 S. 2021. Poder Judicial Honduras