Vigente
Decreto No. 081-2014 | 5 de diciembre de 2014 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,599

Decreto Ejecutivo PCM-081-2014 mediante el cual se faculta a la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) para incorporar otros programas a la Política Nacional de Vivienda

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Resumen

Este decreto autoriza a CONVIVIENDA a incorporar nuevos programas de vivienda a su política nacional, como arrendamiento con opción a compra, autoconstrucción con aportes propios, esquemas de cooperativas y otros sistemas efectivos. Beneficia a personas de bajos ingresos que no pueden acceder a vivienda digna por sus propios medios, ampliando las opciones disponibles para resolver la crisis habitacional del país.

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República reconoce a los hondureños el derecho a una Vivienda Digna. El Estado a través del Gobierno de la República tiene la obligación de formular y ejecutar los Programas de Vivienda de Interés Socral que resuelvan la necesidad habitacional de la población
  2. 2.Que bajo el esquema actual los estratos de bajos ingresos de la población no tienen capacidad PODER EJECUTIVO Decretos Ejecutivos Nos.: PCM-081-2014 ly PCM-83-2014 A SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA Acuerdo No. 1170-A-2010 DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE Reglamento Interno Especial de Trabajo de la Dirección General de la Marina Mercante, | A. 13-32 económica para atender sus necesidades de vivienda, sea por sus propios medios. a través de Organismos Gubernamentales Sección B Avisos Legales o por medio de financiamiento en la banca privada, puesto que las soluciones implican inversiones que están totalmente fuera de sus posibilidades económicas individuales o de su grupo familiar
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecuuvo en Consejo de Ministros número PCM-024-2014, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República de fecha 30 de mayo de 2014, se creó la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA). a efecto de crea y articular el Programa Nacional de Vivienda, con el objeto de resolver en un contexto general los principales problemas sociales que enfrenta la población en el tema de vivienda social, el cual representa un tema de urgente necesidad a solventar mediante la utilización de recursos humanos y financieros del país.
  4. 4.Que mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministros número PCM-067-2014 publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 17 de octubre de 2014, se aprobó la Política Nacional de Vivienda por medio de la cual la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA,) da cumplimiento a lo establecido en el Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2014, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República de fecha 30 de mayo de AUN lecciónA Acue REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 5 DE DICIEMBRE DEL 2014 o, 33,599
  5. 5.Que la realidad del sector vivienda en Honduras demanda que continuamente CONVIVIENDA deba actualizar la Política Nacional de Vivienda por lo que se requiere dotarla de la facultad de incorporar cualquier producto que le permita cumplir sus objetivos de constitución.

Articulos

Articulo 1

Facultara la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA), para que incorpore a la Política Nacional de Vivienda, aprobada mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministros número PCM-067- 2014 otros Programas tales como a) Elarrendamiento con opción a compra; b) Programa de autoconstrucción mediante el esquema de aporte propio, bono y crédito; e) Esquemas exitosos desarrollados por Cooperativas: d Inclusión de Instituciones con regimenes especiales creados mediante Convenios Internacionales; y. €) y otros sistemas que estén en funcionamiento y que sea de compraba eficacia. Programas que permitan a la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) dar cumplimiento con su objeto constitutivo de resolver en un contexto general los principales problemas sociales que enfrenta la población en el tema de vivienda social, mismo que representa un tema de urgente necesidad a solventar mediante la utilización de recursos humanos y financieros del pais.

Articulo 2

El Comité Técnico Administrativo (CTA) del fideicomiso constituido mediante Contrato de Administración de Fondos para el Otorgamiento del Subsidio a los programas de CONVIVIENDA para Una Vida Mejor, suscrito entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Banco Hondureño para la Producción y Vivienda (BANHPROV)) para cumplir los objetivos de CONVIVIENDA debe aprobar la incorporación a la Política Nacional de Vivienda los programas enunciados en el artículo precedente de este Decreto Ejecutivo.

Articulo 3

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres (03) días del mes de diciembre del año dos mil catorce (2014) COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EBALJAIR DIAZ LUPIAN SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO DE MINISTROS LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonía Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4955 Administración. 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL AMEN

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