Decreto Ejecutivo No. PCM-073-2021 — Reforma de artículos del Decreto Ejecutivo PCM-004-2020 relativo a AEPAS-H
Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
- Decreto: PCM-073-2021
- Publicación: 18 de agosto de 2021
- Órgano emisor: Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
- Gaceta: 35,691
Considerandos
Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11, 19 y 35 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones: Dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos y Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; Administrar la Hacienda Pública; crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismos.
Que el Artículo 4 de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante Decreto Legislativo No. 266-2013, la creación, modificación o suspensión de las Secretarías de Estado o de los Organismos o Entidades Desconcentradas, solamente puede ser hecha por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado.
Que de conformidad con lo que establece el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de febrero del 2020, Edición No. 35,168, se crea la AGENCIA ESTRATÉGICA DE PROYECTOS ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 PRODUCTIVOS, AMBIENTALES Y SOCIALES DE HONDURAS (AEPAS-H), como un ente desconcentrado de la Presidencia de la República, adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno.
Que el Consejo de Secretarios de Estado tiene entre otras atribuciones la de crear, modificar, fusionar, escindir o suprimir dependencias de la Administración Pública conforme a lo dispuesto en el Artículo 22 numeral 3) de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante Decreto Legislativo No. 266-2013.
Que es atribución del Presidente de la República, asegurar la coordinación entre los órganos y actividades estatales, ejecutar efectiva y eficientemente los proyectos hacer sus seguimientos y evaluar sus resultados alcanzados; tomando las medidas que sean necesarias para lo cual debe crear o modificar las instancias de conducción estratégica que estime necesarias; igualmente emitir normas que sean requeridas para reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la Administración Pública demande.
Articulos
Reformar los Artículos 3,12,17,18,19,20 y 21 del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de febrero del 2020, Edición No. 35,168, los cuales se leerán de la manera siguiente: “ARTÍCULO 3.- La estructura organizacional de AEPAS-H está conformada de la siguiente forma: A. Consejo Estratégico B. Comité de Auditoría del Consejo Estratégico; y, C. Dirección Ejecutiva. Las atribuciones y facultades de cada una de las unidades internas que conformen la AEPAS-H son las establecidas en el presente Decreto y los respectivos Reglamentos que puedan emitirse con la finalidad de perfeccionar el margen de actuación de la entidad.
El Consejo Estratégico sesionará semestralmente y cuando sea convocado por su Presidente o el Director Ejecutivo en su carácter de secretario del Consejo Estratégico. Cuando dentro de la sesión del Consejo Estratégico se vaya a tratar un tema concerniente a una cartera o Secretaría vinculada directamente con los asuntos que maneja AEPAS-H; será obligatorio a convocar a su titular con el fin coordinar conjuntamente el trabajo con dicha institución. Para que el Consejo Estratégico pueda sesionar, se requiere un quórum mínimo de cuatro de sus miembros, cada miembro tendrá derecho a abstenerse o de poder razonar su voto en cualquier decisión que sea sometida al Consejo Estratégico. Para que las decisiones sean válidas es necesario el voto de al menos tres de sus miembros de los cuales uno debe ser por parte del representante del sector público.
La Dirección Ejecutiva tendrá además de las establecidas de forma complementaria y las que le pudieran otorgar los reglamentos y demás instrumentos legales afines, las siguientes:
- a)
Actuará como secretario del Consejo Estratégico; cuya participación solo tendrá derecho a voz;
- b)
Brindar oportunamente al Consejo Estratégico la información que éste estime necesaria para el cumplimiento de sus funciones;
- c)
Autorizar y suscribir contratos de adquisición de obras, servicios de consultoría, servicios distintos de consultorías y demás contratos que resulten necesarios para la consecución de los fines de la AEPAS-H, de conformidad con los montos y demás cláusulas establecidas por el Consejo Estratégico;
- d)
Contratar y rescindir los contratos de los consultores de la AEPAS-H de conformidad a las normas aplicables; y,
- e)
Autorizar solicitudes de desembolsos y demás actuaciones necesarias ante el organismo financiador de cada proyecto. Ejecutar las demás atribuciones que le sean asignadas por el Consejo Estratégico para el cumplimiento eficaz y eficiente de sus funciones.
La Dirección Ejecutiva tiene a su cargo la siguiente estructura:
- a)
Unidad de Auditoría Interna;
- b)
Gerencia de Control Interno, Cumplimiento y Transparencia;
- c)
Secretaria General d) Gerencia de Programas; e) Gerencia de Planificación, Innovación y Pre-inversión; f) Gerencia Financiera, Contable y Administrativa; g) Gerencia de Adquisiciones y Administración Legal de Contratos; h) Gerencia de Monitoreo y Evaluación; y, i) Gerencia de Operaciones; La Dirección Ejecutiva determina la proporción y delegación de responsabilidades de las Gerencias, Departamentos y Unidades que conformarán AEPAS- H, esto se hace atendiendo los criterios técnicos y administrativos, contenidos en las Políticas y Reglamentos de administración del talento humano y será quien estime los miembros necesarios en cada Unidad y las labores que desempeñará cada uno, en función a la cartera de proyectos bajo administración de la AEPAS-H. Dado que los objetivos e indicadores que le han sido asignadas a las AEPAS-H son de largo alcance y sus actividades trascienden más de un periodo de Gobierno y son altamente especializados, resulta necesario que la estructura central que conforma la Agencia, así como el presupuesto para su funcionamiento pueda formularse de manera plurianual conforme a las operaciones vigentes, así como las que se vayan agregando.
Las labores de Control Interno, Cumplimiento y Transparencia son ejercidas por una Gerencia Especial que dependerá de la Dirección Ejecutiva, sin perjuicio de las labores de Control y Auditoría que puedan realizar el Consejo Estratégico y los órganos fiscalizadores previamente establecidos por el Estado, así como los requeridos por los organismos de financiamiento internacional, serán ejercidas por el Comité de Auditoría del Consejo Estratégico. El Consejo Estratégico y la Dirección Ejecutiva están obligados a poner en práctica todas las recomendaciones provenientes de los informes de auditoría, control interno, cumplimiento y transparencia y superar los hallazgos que se emitan en el control de sus operaciones.
El Presupuesto de la AEPAS-H es financiado con recursos provenientes de la incorporación de hasta un 3% de la suma de toda la cartera de proyectos en ejecución que sean asignados a la AEPAS-H. Se hará la transferencia de estos recursos a AEPAS-H una vez que cada una de las operaciones entre en efectividad.
Para la adquisición de obras, bienes, servicios de consultoría y distintos de consultorías, que sean financiados por organismos externos la AEPAS-H utilizará los procedimientos establecidos en el convenio de cada proyecto que sea ejecutado. Para la adquisición de obras, bienes, servicios de consultoría y distintos de consultorías inherentes a la operación de la Agencia como tal, se procederá con las acciones y autorizaciones correspondientes a la más alta autoridad que en materia de operaciones delegue el ente financiador y se hará de manera plurianual. En el caso de fondos nacionales se utilizará la normativa legal vigente.”
Derogar los Artículos 25 y 26 del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de febrero del 2020, Edición No. 35,168.
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta” Dado en Casa Presidencial, en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinte (20) días del mes de julio del dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO ABRAHAM ALVARENGA URBINA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA LILIAM LIZETH RIVERA HIPP SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE LUIS FERNANDO MATA ECHEVERRI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS IRIS ROSALÍA CRUZ PINEDA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO RUBÈN DARÌO ESPINOZA OLIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Poder Legislativo