Decreto Ejecutivo PCM-064-2014 mediante el cual se declara Embajador Cultural al ciudadano Juan Pompilio Tejeda Duarte, conocido artísticamente como "Pilo Tejeda
Resumen
Este decreto oficial reconoce a Juan Pompilio Tejeda Duarte, conocido como "Pilo Tejeda", como Embajador Cultural de Honduras. La designación honra su contribución a la cultura nacional a través de décadas como cantante principal de Banda Blanca e intérprete de "Sopa de Caracol", una canción emblemática hondureña.
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración pública centralizada y descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros
- 2.Que es deber del Estado reconocer los méritos de los ciudadanos y ciudadanas que durante su existencia han legado a su país expresiones del talento y saber humano.
- 3.Que el ciudadano Juan Pompilio Tejeda Duarte, reconocido artísticamente con el nombre de “Pilo Tejeda” quien actualmente se desempeña en el cargo de Vicealcalde de la Corporación Municipal de la ciudad del Progreso Yoro. hondureño que por muchas décadas fue la imagen y cantante principal de la ya desaparecida “Banda Blanca”, quien también se ha hecho acompañar de importantes artistas hondureños como Bullaka Family y Polache, manteniendo vivo el sonar de la canción que es ya un referente de los hondureños “Sopa de Caracol”
- 4.Que los méritos y honores recibidos nacional e internacionalmente, son suficiente razón para Declarar como EMBAJADOR CULTURAL al distinguido Ciudadano Juan Pompilio Tejeda Duarte, reconocido artísticamente con el nombre de “PILO TEJEDA” PORTANTO, En aplicación a lo Establecido en el Artículo 245, numerales | y 11 de la Constitución de la República. 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública
- 5.Que en fecha 30 de junio del 2014 en Consejo de Ministros, se aprobó el Decreto Ejecutivo PCM-031- 2014, publicado el 02 de julio del 2014, mediante el cual se erea el Instituto Nacional de Migración, suprimiendo la Dirección General de Migración y Extranjería.
- 6.Que el refurido Decreto Ejecutivo crea una Comisión de Transición, para realizar la estructuración administrativa del Instituto Nacional de Migración. para lo cual efectuará la evaluación y liquidación del personal existente. según sea el caso de la suprimida Dirección de Migración y Extranjería, así como la clasificación y contratación del nuevo personal, misión a ejecutar en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario.
- 7.Que con la finalidad de concluir con las funciones asignadas a la Comisión de Transición en relación a la estructuración administrativa del Instituto, evaluación y liquidación del personal, clasificación y contratación del nuevo personal, entre otras. en sesión del Consejo de Ministros, de fecha 4 de agosto del 2014, mediante Acta No. 14-2014, de la punto No. 13, se concedió una prórroga de cuarenta y cinco (45) días CONSIDERAND: Jue no obstante los avances del proceso de transición son significativos en cuanto a la evaluación del personal de la suprimida Dirección General de Migración y Extranjería levantamiento de inventarios, archivos, documentación, pasivos. así como la selección, evaluación y certificación del personal para la implementación del Sistema de Control Migratorio y por ser la aplicación de pruebas de confianza un proceso MZUroso y minucioso cuya aplicación requiere programaciones graduales, que aun están en ejecución.
- 8.Que el proceso de transición conlleva entre otros la liquidación de personal de la suprimida Dirección de Migración y Extranjería, lo cual requiere de recursos que aún no están disponibles.
Articulos
Articulo 1
Declarar EMBAJADOR CULTURAL al Ciudadano Juan Pompilio Tejeda Duarte, reconocido artisticamente con el nombre de “PILO TEJEDA” como estimulo a su brillante carrera artística y aporte a la cultura de Honduras. Quien ha representado al país y destacado nacional e internacionalmente con la interpretación de la composición musical “SOPA DE CARACOL”, entre otras
Articulo 2
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigor después de su publicación en el Diario Oficial “La Gacela” Dado en la ciudad de El Progreso, en el Salón de la Cámara de Comercio, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de dos mil catorce (2014) JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA JORGE RAMON HERNANDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA CLAR:! SECRETARIA DE TI GOBERNACIÓN Y DES SA MORALES "HOS HUMANOS. JUSTICIA, ENTRALIZACION, POR LEY ADAN SUAZO SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES, Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR LEY LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE DESARROLLO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL ALDEN RIVERA MONTES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS ALEJANDRA HERNANDEZ SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, POR LEY SAMUEL ARMANDO REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL. DESPACHO DE DEFENSA FRANCIS CONTRERAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. POR LEY MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO ¿STADO EN EL DESPACHO ¿ EDUCACION CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA CARLOS PINEDA FASQUELLE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DES: RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN El. DESPACHO DE FINANZAS AMEN Seecia A cuer No. 33,543 ME e roeuica DE HONDURAS TEGUCIGALPA MD C.20 DE SEPTIEMBRE DEL 2014 días miércoles, jueves y viernes de la última semana del mes de octubre para los empleados públicos, para los empleados del sector privado debe iniciar desde el día miércoles alas 12:00 del mediodía hasta el sábado a las 12:00 meridiano, con el fin de incrementar la actividad turística y por ende aumentar los beneficios en el sector turismo y en la economía nacional Indistintamente de que los tres (3) días de feriado relacionados anteriormente se produzca en día festivo, las instituciones pueden realizar actos conmemorativos a las fechas que representan para determinados sectores de la sociedad hondureña, sin que con ello produzca un doble feriado
Articulo 2
Los días de asueto del 3. 12 y 21 de octubre, que conforme al Artículo anterior pasan a la última semana del mismo mes, aplican tanto al sector público con todas sus dependencias. como al sector privado. siendo de obligatorio cumplimiento su aplicación
Articulo 3
El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diez días del mes de deptiembre de dos mil catorce MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO ROMÁN VILLEDA AGUILAR SECRETARIO Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese Tegucigalpa, M.D.C.. 26 de septiembre de 2014 HERNÁNDEZ ALVARADO E DE LA REPÚBLICA JUAN ORLAN PRESIDEN EL SECRETARIO DE ESTADO ENT OS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS. JUSTICIA. GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZA CIÓN RIGOBERTO CHANG CASTILLO Poder Ejecutivo C DECRETO EJECUTIVO PCM 063-2014 ) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS, CONSIDERANDO: Que en fecha 30 de junio del 2014 en Consejo de Ministros, se aprobó el Decreto Ejecutivo PCM-031- 2014, publicado el 02 de julio del 2014, mediante el cual se erea el Instituto Nacional de Migración, suprimiendo la Dirección General de Migración y Extranjería. CONSIDERANDO: Que el refurido Decreto Ejecutivo crea una Comisión de Transición, para realizar la estructuración administrativa del Instituto Nacional de Migración. para lo cual efectuará la evaluación y liquidación del personal existente. según sea el caso de la suprimida Dirección de Migración y Extranjería, así como la clasificación y contratación del nuevo personal, misión a ejecutar en un plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario. CONSIDERANDO: Que con la finalidad de concluir con las funciones asignadas a la Comisión de Transición en relación a la estructuración administrativa del Instituto, evaluación y liquidación del personal, clasificación y contratación del nuevo personal, entre otras. en sesión del Consejo de Ministros, de fecha 4 de agosto del 2014, mediante Acta No. 14-2014, de la punto No. 13, se concedió una prórroga de cuarenta y cinco (45) días CONSIDERAND: Jue no obstante los avances del proceso de transición son significativos en cuanto a la evaluación del personal de la suprimida Dirección General de Migración y Extranjería levantamiento de inventarios, archivos, documentación, pasivos. así como la selección, evaluación y certificación del personal para la implementación del Sistema de Control Migratorio y por ser la aplicación de pruebas de confianza un proceso MZUroso y minucioso cuya aplicación requiere programaciones graduales, que aun están en ejecución. CONSIDERANDO: Que el proceso de transición conlleva entre otros la liquidación de personal de la suprimida Dirección de Migración y Extranjería, lo cual requiere de recursos que aún no están disponibles. POR TANTO; E numerales 1), 2),11) y 252 de la Constitución de la República; uso de las facultades contenidas cn los Artículos 245 Artículos 3.4,11,22 y 117 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas, Ley de Migración y Extranjería. ereada mediante Decreto Legislativo Número 208-2003 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 03 de marzo del 2004. sus reglamentos £La Gaceta LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL A. MEM