Vigente
Decreto No. 051-2015 | 31 de diciembre de 2016 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,294

Decreto Ejecutivo PCM-020-2017 mediante el cual se prorroga la Emergencia Nacional Forestal declarada por Decreto Ejecutivo PCM-051-2015

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Resumen

Este decreto prorroga la emergencia forestal nacional declarada en 2015 debido al ataque del gorgojo descortezador del pino. Autoriza al Instituto Forestal (ICF) a continuar ejecutando cuatro etapas de control: combatir la plaga, prevenir incendios, extraer madera resultante y restaurar áreas afectadas. Permite al ICF realizar compras directas sin licitación para agilizar estas acciones de emergencia.

Considerandos

  1. 1.Que el Presidente de la Repúbl ica en Consejo de Ministros, emitió el Decreto Ejecutivo No. PCM 051-2015, publicado el 12 de agosto del 20! 5, declarando emergencia forestal por el ataque de la ph.ga del gorgojo descortezador del pino a nivel nacioi al, debiendo el Comité Nacional de Protección F o r c t a l (CON APROFOR) detenninar el cese de dicha emeigem ia, una vez que se haya controlado la misma y poniendo a ilisp. jsic;ón del ICF las acciones para el control del avance iie dicha plaga. < O N S I D E R A N D O : Que mediante el PCM 03-2016, publicado el Diario Oficial "La Gaceta" del 13 de enero !01 ( , se declaró Emeigencia Nacional para la extracción, uso ;.' aprovechamiento de los productos y subproductos i'orestalt s resaltantes de las acciones de control de la plaga del gorgojo descortezador del pino. C O N S I D E R A N D O : Que el Estado por razones de orden publico c interés social está obligado a invertir en ' a co nse vac i ón de los recursos forestales, para garantizar i la sociedad la disponibilidad de bienes y servicios ¿itnbientales, siendo el bosque de pino el recurso natural fcoEÓmico m á s importante con que cuenta el país y un ecosistema único y nativo de líonduras, en consecuencia i!S imprescindible tomar medidas que contribuyan a la '.ostcnibilidad del mismo en t é r m i n o s cualitativo y cuantitaiivos. C O N S I D E R A N D O : Que la Emeigencia Nacional I oi£Stai. declarada en agosto del ano 2015, a ú n se •••nctent a vigente y en proceso de ejecución física y línaiiciea en las etapas de: 1) Control del avance de la I'laga; 2! Pitvención y Control de Incendios Forestales; i) Extracción de los Productos y Subproductos Forestales llesviltariles de las .acciones de Control; y, 4) Restauración de las .Á ea'; Mectadas por la Plaga. Para cada una de las itapas st iia diseñado un Plan con acciones y presupuesto L a Gaceta itíñ AI Acuerdos y Lejes REPÚBLICA UE HONDURAS - TECI ClGALi'A, M. D. C , 20 DE MAR2C UEL 2017 No. 34,294 claramente definido, los cuales se deben implemeitar en su total idad, con el tin de evitar mayores daños y reí upera¡ las áreas afectadas.
  2. 2.Que existe material combustible producto de la acción de la plaga y las actividades dt control; que combinada con la perspectiva climática, deviene en una situación altamente peligrosa y de vulnerabilidad en los bosques del país, que pudiera ocasionar incendios de alta intensidad, provocando daños al medio ambiente, a la salud y a la economía del país C O N S I D E R A N D O : Que el ataque por plaga a los bosques de pino de Honduras, redujo de maneta dramática el patrimonio natural del país, incidiendo negativamente en el desarrollo de la protección de las zonas de recarga hídrica en las cuencas, subcuencas y microcucncas productoras de agua a nivel nacional; así como, en la conser\'ación de la biodiversidad, la retención de los fenómenos de erosión que inciden en la vulnerabilidad a inundaciones y deslizamientos y finalmente, tn la reducción de las exportaciones, la pérdida de empleos y el consecuente impacto negativo en la economía del país. C O N S I D E R A N D O : Que de conformidad COÜ las perspectivas y pronósticos climáticos compartidos por el Centro N a c i o n a l de Estudios A t m o s f é r i c o s , Oceanógraficos y Sísmicos (CENAOS), que manifiestaD alza en las temperaturas durante la época de verano, se colige que se podría reactivar la plaga del gorgojo del pino V und mayor ocurrencia de incendios forestales que pueden generar pérdidas ambientales mcuantificables. ( ONSIDERANTK): Que para prevenir daños a la sahi4 a I miídio ambiente y a la economía del país en general, se deben tomar las previsiones necesarias para hacerle frente a cua Iquicr eventualidad presente y íutura, debiendo el ICF, c eai y poner en funcionamiento el Sistema de Alerta 1 emprana con el fin de monitorear las áreas forestales en peligro de ataques de plagas y enlermedades.
  3. 3.Que la continuidadde las acdones di- las diferentes etapas para-hacerle frente a la Emergencia d(-cretada. deben ejecutarse sin dilación ni perjuicio, e\itaiido atrasos en el desarrollo de las mismas y disminuyendo o evitando tos daños que puede causar la faitade ejecución de las actividades planificadas. C< JNSIDERANDO: Que las EHsposiciones Generales de Pitísupuesto General de la República del año 2017, en su atít ulo X8, piohibcn las compras amparadas en decretos de emergencia emitidos y aprobados antes del 31 de diciembre del 2016, por lo que se hace necesario, por paite de a Pi esidencia de la Repúbhca, la autorización expresa, pal a que a través de compras y contrataciones directas, se pucdai. seguir ejecutando Jas actividades y acciones necesajias paia hacerle frenie a la emergencia forestal decretada. ram úl» A AcüildosV Leves REPÚBLICA UE HONDURAS -1EGUCIGALPA, M . U. C 20 UE iMAfiZO DEL 2017 No. 34,294 P O R T A N T O , En aplicación de los artículos 1,12,172, 294,296,340 y 341 de la Constitución de la República; 11, 116. 11 7 Y j 119 de la Ley General de la Administración Pública \s reformas; 1,2,3. 8, 9,18, 19,20, 27; 28, 135, 140, 44; \ 145,146,147y 211 déla LeyForestaLáreasprotegidasy i vida silvestre, 9 y 63 numeral 1) de la Ley de Contrata :ión j del Estado, Artículo 88 del Decreto 171-2016; Decretos \ Ejecutivos PCM:-051-2015, PCM-003-2016 y d e u á s j normativa aplicable.

Articulos

Articulo 1

Ratificar la Emergencia Forestal Nacional, declarada a través de los Decretos Ejecutivos P C M 051-2015 publicado el 12 de agosto del 2015, el PCM 003-2016 publicado el 13 de enero del 2016 v el P C M 068-2016 publicado el 28 de septiembre del 2016.

Articulo 2

Ratificar la ejecución continua \n demora de las acciones contempladas en las etapas establecidas para hacerle frente a la plaga del gorgojo descortezador del pino, junto con sus planes de accit n y presupuestos, los que serán actualizados por el ICF, tomando en c o n s i d e r a c i ó n , el c l i m a , riesgos de reactivación de la plaga, situación física de los bosques, así como, aspectos técnicos y presupuestarios: I) Control del avance de la Plaga; 2) Prevención y Control de Incendios Forestales; 3) Extracción de los Product s y Subproductos Forestales Resultantes de las Accione.'^ de Control; y. 4) Restauración de las Áreas Afectadas por la Pía Ja. P a n la ejecución de las acciones referidas en el presente Artículo se hace necesario incorporar, el apoyo de la CtMnisión Pennanente de Contingencias (COPECO), quien efectúa acciones de mitigación y al instituto Hondureno de Cie'icia y Tecnología y la innovación (IHCIETI), Insi ituc ion que brinda soporte en estudios de Investigación de varios temas incluyendo la plaga del gorgojo descortezador del pino. .4RTf CUT.O 3.-Autorizar al ICF para que, utilizando las canddades que asigne de su presupuesto vigente, más las incorporaciones y/o asignaciones especiales que se le hagan por otras fuentes, realice la adquisición de bienes y suiriini.'Htros, obras y servicios por medio del mecanismo de -ompra y contratación directa, para las etapas de aterxióii a la emergencia forestal decretada, las cuales se relacionan ton la generación de empleo, la contratación de Id mano de obra, la realización de pagos pendientes, servicios personales y no personales y compra de malsriaies y suministros. Todos los procesos de adquisición que se lleven a cabo al iimparc del presente Decreto, deben cumplir con lo estaalec ido en el Artículo 9 de la Ley de Contratación del Esíi do ^ LCH) y el Reglamento de dicha Ley. El K "F <!ebe invitai" a las organizaciones de Veeduría Social ..•Ciro ob.ser\'adores en los procesos de adquisición que ilev; a < abo de conformidad con la Ley. I m S B S S i REPLBLrCAüE H O N D U R A S - SEGUÍIGALPA, M. D. C . 20 D E M A R Z O D E L 2017 No. 34.294 Es entendido que todo proceso adjudicado debe ser REÍNAI ,DO ANTONIO SÁNCHEZ publicado en el Portal de Transparencia del ICF a electo SECRETARIO DE l A P R E S I D E N C U de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Articulo 4

El ICF es resiwnsable de adminktrar. ejecutar y liquidar la totalidad de los fondos que le sean HÉCTOR I.EON'EL AVALA trasferidos para la implementación del presente Decreto SE CR ETA RIO DE ESTADO E N LOS DESPACHOS D E de conformidad con los procedimientos establecidos en D I RECHOS HUMANOS, JUSTICIA, G O B E R N A a Ó N la Ley. Y DESCENTRAT17 A Q Ó N

Articulo 5

E l presente Decreto entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario O f cial de la República "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Disolto Central, al primer día del mes de mai^o del año dos m i l diecisiete (2017). COMUNÍQUESEYPUBLÍQUESE. MARÍA D O L O R E S A G Ü E R O SF CRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPAaiOS DE RH ACIONES EXTERIORES YCOOPER ACIÓN INTERNACIONAL, PORLEY J U A N O R L A N D O HERNÁNDEZ A L V A R A D O PRESIDENTE CONSTITUaONAL DE L \ R E P Ú B U C A R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A SECRiíTARlO DE ESTADO E N LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL J O R G E RAMÓN HERNÁNDEZ A L C E R R O A R N A L D O C A S T I L L O SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENER.\ DE SEGUETA R lO DE ESTADO EN EL DESPACI lO D E GOBmRNO DESARROLLO ECONÓMICO litrfWliill REPÚBLICA UE HONDURAS - TECilCICALPA. M. D. C , 20 ÜE MARZO DEL 2017 No. 34,294 ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ RU i U J A C.\LDERÓN SECRETARIO D E ESTADO E N LOS DESPACIIi XS DE SECR ETARl A DE ESTA DO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN INFRAESTRUCn.íRA Y SERVIQOS PIJBLK OS » CARLOS MADERO ÍEC RET.ARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JULIÁN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO E N EL DESPACHO DE SEGURIDAD JACOBO PAZ BODDEN SECaEfARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRiajLTUR..\ GANADERÍA FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR L E Y JOSÉ ANTONIO GALD AMF5 SECRCTARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURA! FS,.AMBIENTEY MINAS DKIIARIVASLOBO WILFREDO CERRATO SECRETARIADEESTADOENELDESPACHODE 1 SECRETARIO DE ESTADO EN ELDESPACHO DE SALUD FINANZAS A K I

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