Decreto Ejecutivo PCM-041-2016 mediante el cual se aprueba la Concesión del Aeropuerto Internacional de Palmerola
Resumen
Este decreto aprueba la concesión del Aeropuerto Internacional de Palmerola a una empresa privada por 30 años. Modifica el contrato para que el Aeropuerto Toncontín siga operando solo vuelos nacionales, elimina un pago de $800,000 al concesionario y le da primera opción para operar Toncontín cuando finalice su concesión actual. Beneficia a la empresa Palmerola International Airport y al gobierno al establecer claramente derechos y obligaciones.
Considerandos
- 1.Que de conlormidad al Aniculo 245 de la Constitución de la República de Honduras, corresponde al Presidente Constitucional de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentosy Resoluciones conforme a la Ley.
- 2.Que de conformidad al Articulo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Residente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la .Administración Pública Centralizada y Descentralizada.- El Presidente de la República en el ejercuio de sus fiinciones, podrá actuar por sí o en Consejos de Ministros. CONSIDERA.NDO ( 3 ) : Que mediante Decrc;o Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", en fecha veintitrés (23) de enero del dos mil catorce (2014) en .su edición No. 3 3 ^ 3 6 , se crea La Ley para OptiniÍ7ar la Administración Pública, mqorar los Servicios a la Ciudadan ía y Foilalceiniiento de la Transpaienciaen el Gobierno, en la cual SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODEREJECUnVO Decreto Ejecutivo Número PCM- 041 -2016 A 1-9 SECRETARIA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA Resolución No. 639-2(X)D A 10-12 Sección B Avisos Legales Desprendtbie para su cDmodkíad en su .Artículo No. 1 sereiónnaelArtículo29delaLeyGeneral de la Administración Pública, estableciéndose en el numeral 13 que la Secretaiia de E.stado en los Despachas de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Servicios Públicos, aliora Secretaria de I astado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). tiene tompeteni ias fundamentales, en lo concerniente a la foniiulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la vivienda, las lAias de inlraestnjctura pública, el sistema vial, urhanísrico y del transporte, los asuntos concernientes a las empresas públicas, así como el régimen concesionario de obras públicas.
- 3.Que de conformidad con lo previsto en el articulo 13 atribución 1 de la Ley de Promoción déla Alianza Público Privada, corresponde a la Comisión para la Promoción de la Alian/a Público Privada (COALIANZA), de forma exclusiva la gestión de los procesos de contratación A. mm que pennitan la participación público-privada en la ejecución desan-ollo y administración de obras y seivicios públicos de interés para el Estado.
- 4.Que dentro de las principales tlmeiones de COALIANZA, está la de asegmar que las Alianzas Público-Privadas (APP), estén en armonía con los Objetivos j Metas de la Visión de País y Plan de Nación, en concordancia con el desarrollo de proyectos de inversión que contribuyan a una Hondiu-as productiva, generadora de oportunidades y empleos dignos y en concordancia con ios lineamientos de Infraestructura Productiva como motor de la actividad económica y Competitividad, Imagen de País y Desanollo de Sectores Productivos.
- 5.Que es de interés nacional alcanzar niveles óptimos de los servicios aeropoituarios del país y en tal sentido el Estado de Honduras debe garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia dentio de la actividad de la aviación civil desanollada en el país.
- 6.Que la Comisión para la Promoc ion tie laAlianza Público- Privada, en aplicacióti de los jaocedimiaitos establecidos en la Ley de Promoción de la Alianza Público Piivada y su Reglamento, mediante Concluso Público Internacional, en fecha día veintiuno (2 i ¡de diciembre de dos mil quince (2015), adjudicó el Contrato de Concesión delAeropuertoInternacional de Palmerola de la República de Honduras, a favor de la Sociedad Mercantil denominada Empresa Inversiones EMCO, S. A. de C.V., quien de conformidad al párrafo liltimo del ajtículo 19 del reglamento de la Ley de Promoción de laAlianza Público Privada y ai Capítulo V numeral 5.2.2 literal k) del Pliego de Condiciones, para los fines de la ejecución del contrato de concesión, constituyó la Sociedad Mercantil de Propósito Especial denominada Palmerola International Airport Sociedad Anónima de Capital Variable. CONSIDERA.NDO (8): Que el Párrafo último del Artículo 11 de la Ley de Promoción de la Alianza Público - Privada, establece que el Presidente de la Comisión para la Promoción de laAlianza Público Privada, está autorizado para timiar los conü-aios S€cclóii.\y LCTÍS No. 34,055 que resiütcn de los procedimientos de adjudicación, previa aprobación de su contenido por el Piesidente de la República en Consejo de Ministros y cuando así se requiera de confoirnidad con ¡o dispuesto en el articulo 295 numera! 19 de !a Constitución de la República, contratos que una vez firmados deben ser aprobados por el Congreso Nacional de la República. C O N S I D E R . V N D O (9): En cumplimiento a lo establecido en el numeral anterior, el Presidente de la República en Consejo de Ministros mediante Deci'eto Ejecutivo Número 016-2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha diecisiete (17) de marzo del aiios dos mil diecisas(2016),autaizó la suscripcióndd Contrato de Concesión del proyecto denominado: " D I S E Ñ O , C O N S T R L C C I O , N , F I N A N C L ^ M I E N T O , O P E R . 4 C I Ó N Y M A N T E N I M I E N T O D E L , \ E R 0 P L T : R T 0 I N T E R N A - C I O N A L D E P A L M E R O L A D E L A R E P U B L I C A D E HONDL'R.AS". actocelefradoen feáiatreintay uno(3í )tiemaizDtfel año dos mil dieciséis (2016). C O N S I D E R A N D O (10): Que en seguimiento del trámite correspondiente, .se remitió el Contrato en referencia paia su probación al Congreso Nacional de la República, resultando que después de dos debates la Cámara Legistativa pidió que la Comisión Especial nombrada al efecto realizara una revisión al j C a f a c e t a A r a R E P Ú B L I C A D E HONDUR^VS - TEGLCiGAI.P.4, M. 1). C, 9 DF JLMO DEL 2016 DECANO DE LA PRENSA HONDURENA UC. MARTHA AUCIA GARCÍA GeiBite General JORGE ALBERTO RICO SALINAS Cooríünador y Supervisor Coiofiia Miraíbres TeléfoncíFax; Serenda 2230-4956 Aiimimsíswón: 2230-3026 Ptanla: 2230-3767 CENTRO Cívico GUBERNAMENTAL Secciún A Acuerdos v Leyes LaGaeeCí* REPUBLICA DE HONDUR/VS - TKGtCKiALl'A, M. D. C, 9 DF JLMO DEL 2016 No. 34,055 mismo incluyendo las obsen'aciones surgidas por diversos secDires públicos, privados y sociales del país, por lo que esta Comisión Especial de Dictamen remitió al Poder Ejecutivo la recomendaciór para efectuar los ajustes contractuales, entre los cuales tiguran a - La insmtcción de dejar en operación la actual Concesión del Aeropuerto Toncontín a su concesionario acmal ínterairpoits. S. A., únicamente para vuelos nacionales a partir del inicio de la Explotación Comercial para vuelos nacionales e internacionales en el Aeropuerto de Palmerola; b.- La eliminación del numeral 8.39., referente al pago de Ochocientos Mil Dólares ($800,000.00) por parte del Estado de Hondiu-as a través de su Concedente, INSEP, al Concesionario del Palmerola en concepto de indemnización por el atraso que cause el cierre de las operaciones aeroportuarias de índole comercial de vuelos nacionales e internacionales que se lleven a cabo en el Aaeropueito Toncontín y que impidan el inicio de la Explotación del Aeiopuerto de Palmerola; c- Establecer en el Contrato que se trasladan al Concesionario Palmerola International Airport, S.A., en primen» opción, la negociación con el Gobierno de Honduras para la operación de vuelos nacionales y demás áreas afectas a la Consecióu limitadas al Aeropuerto Toncontín. una vez se finalice la Concesión actual con la empresa Interairports, S.A. CONSroERANDO (11): Que en fecha siete (07) de marzo del año dos mil dieciséis (2016), el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado emitió el Decreto Ejecutivo Número 012-2016, mediante el cual se ordena por razones de Interés Público el Rescate del Aeropuerto de Toncontín efectuando las indemnizaciones que resulten de la ejecución del Decreto.
- 7.Que de acuerdo a lo solicitado por el Honorable Congreso Nacional de la República, el Ptiesidente de la República en atención a sus facultades y en protección al interés público, comisionó a los Secretarios de Estado en los Despachos de íntraestructura y Servicios Públicos (INSEP) y Finanzas (SEFIN) para que de conformidad con la Legislación aplicable se revisaran los puntos solicitados del Contrato de Concesión del Aeropuerto de Palmerola a finde lograr e! fin máximo del Estado que es el beneficio y protección de losintereses de las mayorías.
- 8.Que de la revisión contractual efectuada por las Secretaiias de Estado delegadas, y con la participación del la Comisión Para la Promoción de laAlianza Público Privada (COALIANZA) como ente estructurador del proyecto, y en conjunto con el Concesionario Palmerola International Airpoit, S.A., se logró llegar a acuerdos que permiten la ejecución del contrato sin afectar los intereses económicos de las partes. P O R T Y V N T O ; l*n aplicación de lo establecido en los Artículos 245 numeral 11 y 252 de la Constitución de la Repúbl ica; Artículo 11 párrafo último de la Ley de Promoción de laAlianza Público - Privada; Articulo i 09 párrafo segimdo de la Ley de Aeronáutica Civil; y, .artículos 22 numeial 10), 116,117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública.
Articulos
Articulo 2
El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá serpubhcado en el Diario Oficial "La Gaceta". Sectián . \y Leyes Na. 34,055 Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, nunicipio del Distrito Cenu-al, a los treinta y uno (31) días del ¡nes de mayo del dos rail dieciséis (2016). COMLOVÍ QUESE Y PUBLÍQUESE. ,IU AN ORLANDO HERNÁNDEZ ALAARADO PRESIDENTi-: CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ S E C R E T A R I O D E L A P R E S I D E N C I A LEONEL AYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICLA, GOBERN.ACIÓN Y DESCENTRALIZ.ACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL, POR LEY RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CAS TILLO S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E D E S A R R O L L O E C O N O M I C O AHOI REPÚBLICA DE HONDURAS - T L G l C K . A L P V . M. D. C , 9 DE JUNIO D E L 2016 La Gacetai- R E P U B L I C A DE HONDURAS - T E G U f IG \ L P A , M. D. C , 9 DE J U M O P E I 2016 Secdhía A ActicKtas^ Leyes Nu. 34,055 ALEJANDRA HERNANDEZ SECRETARIA DE E S T A D O EN EL DESPACHO D E SEGLTRiDAD. POR LEY S.4^fUEL REYES S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E D E F E N S A EDNA Y O L . \ BATRES S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E S,ALUD SELYIA SILVA S E C R E T A R I A D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E E D U C A Q Ó N . P O R L E Y CARLOS MADERO S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N LOS DESPACHOS D E T R A B A J O Y S E G U R I D A D SOCLAL JACOBO PAZ BODDEN S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N L O S DESPACHOS D E A G R I C U L T U R A Y G A N A D E R Í A JOSE ANTONIO GALD.AMES S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N L O S DESPACHOS D E E N E R G Í A , R E C U R S O S N A T U R A L E S , A M B I E N T E Y M L N A S WILFREDO CERRATO S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N E L D E S P A C H O D E F I N A N Z A S ROBERTO ANTONIO PINEDA S E C R E T A R I O D E E S T A D O E N L O S D E S P A C H O S D E I N T R A E S T R U C T L ' R . A Y SERVICIOS P Ú B L I C O S , POR L E Y NOTICF OF SERVICE OF PROCESS BY PUBLICATION, NOnCE OF SER\^CE OF PROCESS BY PUBLICATION, STATE OF NORTH CAROLIN.A, MECKLENBLTIG COUNTY IN THE GENERAL COURT OF JUSTICE, DISTRICT COURT DIVISION, EDWIN A. LOPEZ RAMIREZ V. ELSA M. VELASQUEZ VALLECILLO 16-CVD-829. ATTENTION; ELSA MARIBEL A^LASQUEZ VALLECILLO: Take notics that a Complaint seeking reliel against you has been tíled in tlie above eniítled action. The naTtire of the relief beíng sougiit is as follows: Solé temporaiy and permancni custodv (legal and physical) oí' MaylLii Yolibeth López Velasquez, bom ío Elsa Maribel Velasquez and Edwin Alberto López Ramírez on Februaiy 20. 2000. A'ou are rsquired to malee a defense to such pleading noí laler than íniocth) 2016, said date beíng forty (40) days fi'om the íírst publication of this notíce, and upen your Ihüure to do so the party seeking service against you will apply to die couil for the relief suught. This, the nd day of (month), de 2016. Victoria S. González, Coimsel ío Edwin Alberto López Ramírez, 4448 Cential Avenue, Charlotte, NC 28205, USA. AVISO DE PROCESO POR SERVICIO DE PUBLICACIÓN AVISO DE PROCESO DE SER\TCIO DE PUBLICACIÓN, ESTADO DE CAROLINA DEL NORTE, el condado de MECKLENBÜRG, EN EL TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICLA. DIVISIÓN TRIBUNAL DEL DISTRITO, EDWIN A, LOPEZ RAMÍREZ VS. ELSA M. VELASQUEZ VALLECILLO 16-CVD 829. ATENCIÓN: ELSA M.ARIBEL \'íL.ASQUEZ VALLECILLO; Tomar nota de que una Denuncia ha sido presentada en la acción denominada anteriormente que busca alivio en contra de usted. 1 a naturaleza de ia sohición que se pretende es la siguiente: La custodia exclusiva temporal y permanente (legal y física) de Maylin Yolibeth López Velasquez, nacida de Eisa Maribel Velásqucz y Edwin .Alberto López Ramírez el 20 de febrero de! 2000. Se le requiere para hacer una defensa a lal declarándose a más tardar (1 ines)_ de 2016, siendo dicha techa cuarenta (40) días a partir de la primera publicación del presente anuncio, y sobre ci hecho de no hacerlo la paite que sohcita el ser\-icio en contra de usted se aplicará a la corte para el alivio buscado. Este, el día de (mes), 20 i 6. Victoria S. González, Asesor de Edwin Alberto Lope? Ramírez, 4448 Central Avenue, Charlotte, NC 28205, EEUU. 9). 2016. AHES