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4 de julio de 2018Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-019-2018 — Creación de la Escuela de Alta Gerencia Pública (EAGP)

Presidencia de la República

  • Decreto: PCM-019-2018
  • Publicación: 4 de julio de 2018
  • Órgano emisor: Presidencia de la República
  • Gaceta: 34,683

Considerandos

Que de conformidad al Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República de Honduras, corresponde al Presidente Constitucional, la Administración General del Estado, siendo entre otras de sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.

Que de conformidad al Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejos de Ministros.

Que mediante Decreto No. 266-2013 de 16 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 23 de enero de 2014, se modificó la Ley General de Administración Pública, específicamente el Artículo 29, el cual señala, entre otras, las competencias de la Secretaría de Estado de Coordinación General de Gobierno (SCGG).

Que el actual Gobierno ha tomado la decisión de trabajar en aspectos claves en la gestión de recursos humanos y por ello, con la asistencia del programa “Medidas de Apoyo al Desarrollo Institucional y a la Gestión Pública MADIGEP/Unión Europea (UE)” se realizó una consultoría para la SCGG con el propósito de apoyar el fortalecimiento institucional del Gobierno de Honduras, proporcionando las herramientas y mecanismos que permitan mejorar las competencias y el trabajo colaborativo de los funcionarios responsables de los puestos gerenciales-directivos.

Que el actual Gobierno ha tomado la decisión de trabajar en aspectos claves en la gestión de recursos humanos y por ello, con la asistencia del programa “Medidas deApoyo al Desarrollo Institucional y a la Gestión Pública MADIGEP/Unión Europea (UE)” se han elaborado herramientas y mecanismos para mejorar las competencias y el trabajo colaborativo de los funcionarios responsables de los puestos gerenciales-directivos del Gobierno de Honduras.

Que la institucionalización de procesos que mejoren los servicios a la ciudadanía con enfoque de gestión por resultados requiere un esfuerzo de alineamiento y fortalecimiento institucional respecto a los criterios, marcos conceptuales e instrumentos de la gestión, así como compartir valores y una cultura organizacional orientada al servicio del ciudadano para crear valor público y lograr organizaciones efectivas y eficientes. Todo lo cual demanda contar con una función pública profesionalizada y comprometida, particularmente la Alta Gerencia del Gobierno (AG), a quien le corresponde, dirigir e inspirar a sus equipos para el logro de sus metas.

Que la institucionalización de procesos que mejoren los servicios a la ciudadanía con enfoque de gestión por resultados requiere un esfuerzo de alineamiento y fortalecimiento institucional respecto a los criterios, marcos conceptuales e instrumentos de la gestión, así como compartir valores y una cultura organizacional orientada al servicio del ciudadano para crear valor público y lograr organizaciones efectivas y eficientes. Todo lo cual demanda contar con una función pública profesionalizada y comprometida, particularmente la Alta Gerencia del Gobierno (AG), con el propósito de dirigir e inspirar a sus equipos para el logro de sus metas.

Que la AG de acuerdo a la Carta Iberoamericana de la Función Pública, se entiende como franja directiva o gerencial al “…segmento de cargos de dirección, inmediatamente subordinados al nivel político de los gobiernos, cuya función es dirigir, bajo la orientación estratégica y el control de aquel, las estructuras y procesos mediante los cuales se implementan las políticas públicas y se producen y proveen los servicios públicos”.

Que la AG juega un rol fundamental por ser el motor de la Administración pública, ya que son los líderes de los distintos equipos de trabajo y los responsables de impulsar las prioridades y metas del Gobierno.

Que la preparación, formación y capacitación de la AG, requiere de una escuela especializada. U D I-D EG T-U N AH

Articulos

Articulo 1.-

Crear la Escuela de Alta Gerencia Pública (EAGP) como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Estado de Coordinación General de Gobierno (SCGG), con independencia administrativa y financiera, la cual tiene como objetivo general, mejorar la gestión pública de la Alta Gerencia del Gobierno (AG).

Articulo 2.-

Son objetivos específicos de la Escuela de Alta Gerencia Público (EAGP):

  • a)

    Profesionalizar la gestión de la Alta Gerencia del Gobierno AG, mediante la actualización y formación continua, ofreciendo entre otros, programas, cursos de especialización y educación, brindando asesoría en servicio, entrenamiento, así como creando comunidades de intercambio de experiencias entre “pares” a nivel nacional e internacional, mediante un centro de recursos de aprendizaje;

  • b)

    Fortalecer el diálogo intersectorial y sistémico de la Administración Pública; y,

  • c)

    Motivar el cambio de cultura institucional hacia la Gestión por Resultados y el servicio al ciudadano.

Articulo 3.-

La EAGP estará orientada a atender:

  • a)

    Secretarios y Subsecretarios de Estado, titulares de instituciones descentralizadas y desconcentradas, a quienes se les brindará programas de inducción y formación ad hoc;

  • b)

    Directores y subdirectores, jefes de área, coordinadores, jefes de programas y proyectos y encargados de coordinar los recursos internos, representar a la institución frente a terceros y controlar objetivos y metas; y,

  • c)

    Los funcionarios que ocupan cargos de autoridad y de confianza contemplados en el Artículo 3 de la Ley del Servicio Civil.

Articulo 4.-

Las modalidades de capacitación de la Escuela de Alta Gerencia Pública (EAGP), serán las siguientes:

  • a)

    Cursos permanentes o regulares: Son los cursos o programas de formación transversales y obligatorios para la totalidad de la Alta Gerencia del Gobierno AG.

  • b)

    Cursos Ad Hoc: Se ofrecerán exclusivamente según la demanda.

  • c)

    Formación mayoritariamente virtual con tutor: Se promoverá la formación en línea con un componente presencial reducido.

  • d)

    Capacitación en aula virtual multimedia: Presentados por medio de aplicaciones multimedia y formación autodidacta.

  • e)

    Talleres presenciales: Para reforzar los aprendizajes virtuales y construir comunidades de práctica.

Articulo 5.-

La Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP, contará con un portal informático consistente en un sitio web con dos (2) áreas diferenciadas:

  • a)

    Un área pública, que podrá ser consultada por cualquiera que acceda al sitio web; y,

  • b)

    Un área privada, que sólo podrá ser consultada por los participantes y los profesores de los cursos, así como por el personal administrativo de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP.

Articulo 6.-

La Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP contará con los siguientes órganos: a) Consejo Directivo: Definirá y aprobará las prioridades temáticas y orientaciones metodológicas, así como el programa académico de la EAGP, presupuesto y convenios de cooperación. El Consejo Directivo, estará presidido por la SCGG y conformado, además, por la Secretaría de Estado en el Despacho la Presidencia (SDP), la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (SRECI), la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y un Académico de reconocida trayectoria profesional a propuesta del Presidente del Consejo Directivo. U D I-D EG T-U N AH b) Consejo Consultivo: Será una instancia asesora del Consejo Directivo y de la Dirección Ejecutiva de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP. El Consejo Consultivo, estará integrado por los siguientes miembros: cuatro (4) Académicos de las Universidades nacionales; dos (2) funcionarios del Gobierno; un (1) representante de la Cooperación Internacional. Los miembros del Consejo Consultivo serán nombrados por un período de tres (3) años renovables. c) Dirección Ejecutiva: Será la instancia que por delegación del Consejo Directivo implementará los planes y programas de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP; recabará información sobre las necesidades gubernamentales de formación, capacitación y las posibles fuentes de cooperación para preparar la programación y coordinación tanto de los cursos como de las investigaciones que se ejecuten; asimismo, articulará las necesidades con la oferta para la formación y capacitación de la cooperación internacional. La Dirección Ejecutiva, contará con el apoyo de un Asistente Técnico, quien asegurará la buena coordinación y avances con orientación a resultados de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP, en atención a las actividades que le sean delegadas por el Director Ejecutivo. d) Subdirección Ejecutiva: Su titular sustituirá al Director Ejecutivo en caso de ausencia. Tendrá a su cargo la coordinación de la capacitación, la cual incluirá la elaboración de las propuestas de los programas de capacitación aprobados por la Dirección Ejecutiva, así como del monitoreo de los mismos. Asimismo, evaluará la pertinencia, la calidad de los cursos y talleres y organizará la entrega pedagógica de los contenidos. La Coordinación de Capacitación, organizará la contratación y/o asignación de los facilitadores y docentes, en consulta con la Dirección ejecutiva y con el apoyo de la Gerencia de Operaciones. Asimismo, supervisará y evaluará su desempeño y realizará el seguimiento de las evaluaciones de los cursos y talleres. e) Jefatura de la Plataforma Virtual y de Sistemas: Será responsable de diseñar, alimentar y actualizar la Plataforma Virtual y de Sistemas de conformidad con las directrices de la Dirección Ejecutiva y de la Subdirección Ejecutiva. Asimismo, será responsable de crear bases de datos de los capacitados y brindar apoyo técnico a las capacitaciones. f) Gerencia de Operaciones: Será la encargada de la elaboración y ejecución presupuestaria, apoyo logístico, organización de eventos de capacitación, así como la organización de la contratación y/o asignación de los facilitadores y docentes. La Gerencia de Operaciones, dispondrá del Apoyo Logístico necesario, como soporte en los aspectos de transporte, distribución de documentos, fotocopiado, encuadernado, apoyo en eventos y otras acciones necesarias que le sean delegadas afines con la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP. La Escuela igualmente, contará con un Cuerpo Docente, no necesariamente de planta, compuesto por expertos de la gestión pública y docentes del ámbito académico, nacionales y extranjeros.

Articulo 7.-

Presupuesto. Los recursos para el financiamiento de la organización y funcionamiento de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGEP para el cumplimiento de sus objetivos y metas, provendrán de las siguientes fuentes:

  • a)

    Recursos provenientes del presupuesto de la Nación equivalente al 0.10 % del monto total del rubro de “servicios personales” del “presupuesto de egresos por objeto del gasto detallado” de la Administración Central, en cada vigencia fiscal (se calcula una suma de cerca a L 44 millones por año).

  • b)

    Recursos provenientes de la ayuda y/o asistencia de organismos multilaterales y/o de la comunidad internacional.

  • c)

    Recursos provenientes por la venta de servicios de acuerdo a la naturaleza de las funciones y actividades de la EAGEP.

  • d)

    Recursos provenientes de otras donaciones e ingresos de similar naturaleza. U D I-D EG T-U N AH El porcentaje señalado en este artículo del rubro de “servicios personales” del “Presupuesto de Egresos por objeto del gasto Detallado” de la Administración Central podrá ser incrementado en cada vigencia fiscal (consecutiva o no) de manera gradual hasta alcanzar el 0.50%. Para evitar la dispersión de recursos y la duplicidad en el gasto orientados a ejecutar los “programas de capacitación y formación permanentes” de los funcionarios públicos de las entidades de la administración centralizada, la EAGEP aprobará los programas de las respectivas entidades. El presupuesto de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGEP se ejecutará teniendo en cuenta los principios o normas dictados por la Ley Orgánica de Presupuesto de la Nación.

Articulo 8.-

La Secretaría de Coordinación General de Gobierno SCGG, deberá emitir el Reglamento para el funcionamiento de la Escuela de Alta Gerencia Pública EAGP, en un plazo no mayor a 60 días a partir de la Publicación del presente Decreto Ejecutivo en el Diario Oficial La Gaceta.

Articulo 9.-

El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta y un (31) días del mes de mayo de dos mil dieciocho (2018). JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPCHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIÁN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL OCTAVIO SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD U D I-D EG T-U N AH MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARÍO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGIA ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO