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27 de marzo de 2017Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-016-2017 — Celebración del Bicentenario de la Independencia de Centro América - Comisión Conmemorativa

Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado

  • Decreto: PCM-016-2017
  • Publicación: 27 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
  • Gaceta: 34,300

Considerandos

Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.

Que el 15 de Septiembre del 2021, se cumple el Bicentenario de la firma del Acta de Independencia que dio vida al proceso de creación de las Provincias Unidas de CentroAmérica, declarando la independencia de sus pueblos en procura de la libertad, la justicia, el progreso y la paz.

Que tal efeméride, nos obliga como hondureños y centroamericanos, a ratificar nuestra vocación unionistaylibertaria,representada en los ideales de nuestros más pre claros próceres, como José Cecilio del Valle y Francisco Morazán.

Que la celebración del Bicentenario, obliga a planificar desde ahora los actos conmemorativos que corresponden en tan señalada fecha histórica, recordando esa gesta patriótica y promoviendo en la población en general, un sentimiento de orgullo cívico.

Que la Ley General de la Administración Pública expresa que: “El Presidente de la República puede crear comisiones integradas por funcionarios públicos, personalidades y representantes de diversos sectores de la vida nacional y asesores nacionales o extranjeros:asimismo, puede designar autoridades únicas para el desarrollo de áreas, programas o proyectos especiales, con las atribuciones que determinen los Decretos de su creación”.

Articulos

Articulo 1.-

Crear una Comisión con visiones pluralistas, representativa de los distintos sectores de la nacionalidad hondureña y nuestras instituciones, para que analice la mejor manera de celebrar tan magna fecha y proponga al Poder Ejecutivo las actividades propias de la celebración y nuestro compromiso conlaexaltacióndelosvaloresunionistasypatrios. La mismas e conocerá como “COMISIÓN DEL BICENTENARIO”.

Articulo 2.-

La Comisión del Bicentenario, estará integrada en la forma siguiente:

  • 1)

    El Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, quien la preside;

  • 2)

    El Secretario de Estado del Despacho de la Presidencia;

  • 3)

    El Secretario de Estado en el Despacho de Educación;

  • 4)

    El Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas;

  • 5)

    Un Representante de las Universidades Públicas;

  • 6)

    Un Representante de las Universidades Privadas;

  • 7)

    El Director de la Academia Hondureña de la Lengua;

  • 8)

    El Director de la Academia de Geografía e Historia;

  • 9)

    El Presidente de la Asociación de Medios de Comunicación;

  • 10)

    El Presidente de la Asociación de Prensa Hondureña (APH);

  • 11)

    El Presidente del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH); y,

  • 12)

    Una comisión de ciudadanos notables,cuyos integrantes deben ser designados por el Presidente de la República. U D I -D EG T-U N AH

Articulo 3.-

La Comisión del Bicentenario, durará en sus funciones a partir de la vigencia de este Decreto Ejecutivo,hasta el 15 de diciembre del 2021.

Articulo 4.-

La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, debe incluir anualmente en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, a partir del año 2017 y hasta 2021, una partida para cubrir el presupuesto de la Comisión. Los recursos deben ser sometidos a los controles administrativos y presupuestarios que establecen las leyes. Ninguno de los Miembros de la Comisión recibirá emolumento, dieta u otra compensación por el desempeño de sus tareas, las cuales deben ser Ad-Honorem.

Articulo 5.-

La Comisión debe ser convocada por el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno,debiendo celebrar la primera reunión treinta (30) días después de entrada en vigencia el presente Decreto. La Comisión se dará sus propias reglas internas y podrá invitar a participar en sus reuniones, a otros funcionarios de otros Poderes del Estado, personalidades representativas pluralistas de la nacionalidad y organizaciones o asociaciones civiles que considere necesario. Los funcionarios y ciudadanos integrantes de la Comisión, ejercerán sus tareas en igualdad de condiciones.

Articulo 6.-

Para darle continuidad a las actividades de la Comisión, deberá nombrarse un Secretario Ejecutivo, quien desempeñará sus funciones a tiempo completas; su cargo será remunerado de acuerdo a lo establecido por la propia Comisión.

Articulo 7.-

Este Decreto entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial de la República“La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho (08) días del mes de febrero del año dos mil diecisiete(2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR LEY U D I -D EG T-U N AH RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIÁN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY DELIA RIVAS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD RUTILIA CALDERÓN SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS MADERO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES,AMBIENTE Y MINAS WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS U D I -D EG T-U N AH