Vigente
Decreto No. 13-2022 | 14 de mayo de 2022 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 35,923

Decreto Ejecutivo PCM-13-2022 mediante el cual se declara Estado de Emergencia Sanitaria en el Instituto Hondureño de Seguridad Social

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este decreto autoriza al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a comprar medicamentos y materiales médicos directamente, sin licitaciones públicas, debido a la escasez del 62% de medicamentos y 49% de material quirúrgico. Beneficia a los pacientes del IHSS que necesitan atención urgente, permitiendo que se adquieran suministros de forma inmediata para garantizar servicios de salud de calidad.

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir acuerdos y decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29).
  2. 2.Que según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla (artículo 59). En este sentido, la Constitución establece que el derecho a la vida es inviolable, reconociendo el derecho a la protección de la salud, así como el deber de todos de participar en la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad y el deber del Estado de conservar un medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas (artículos 65 y 145).
  3. 3.Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones,podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
  4. 4.Que de conformidad a la Constitución de la República la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual se reunirá para tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional (artículo 252).
  5. 5.Que el artículo 142 de la Constitución de la República establece que los servicios de la Seguridad Social serán prestados y administrados por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). Asimismo, el artículo 1 de la Ley Constitutiva del IHSS, establece que la Seguridad Social es un instrumento del Estado al servicio de la Justicia Social, que tiene como finalidades garantizar el derecho humano a la salud, a la asistencia médica, a la protección de los medios de subsistencia y a los servicios sociales necesarios para el logro del bienestar individual y colectivo, extremo que a la vez ratifica el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
  6. 6.Que el erario público fue devastado por la anterior Administración del Estado, dejando el servicio de salud nacional desabastecido y con una gran cantidad de deudas en diferentes áreas fundamentales para proteger la vida de la población.
  7. 7.Que la Junta Directiva del IHSS, instruyó a su Presidenta a elevar ante la Presidencia de la República, la solicitud para la declaratoria del Estado de Emergencia, por el desabastecimiento del 62% de medicamentos y un aproximado del 49% del material médico quirúrgico en el almacén central de la Institución, ya que sin los suministros médicos necesarios, no podrá ofrecerse una asistencia oportuna y de calidad a los derechohabientes.
  8. 8.Que en razón a la calamidad pública producida por el desabastecimiento en medicamentos y material médico quirúrgico, el IHSS ha realizado varios procesos para la adquisición de estos insumos, los cuales han sido parcialmente declarados fracasados o desiertos, aunado a esto la tardanza del proceso de adquisición de algunos medicamentos y material médico quirúrgico en el mercado nacional e internacional; por lo que de continuar con la implementación de dichos procesos para adquisición de los medicamentos y material médico quirúrgico faltante, resultaría materialmente imposible reabastecer el IHSS siguiendo los procesos ordinarios de compra, poniendo en grave riesgo la salud de los derechohabientes en estado severo y crítico, que demandan con urgencia los medicamentos y material médico quirúrgico que a la fecha no han sido adquiridos por el IHSS.
  9. 9.Que de conformidad a la Ley de Contratación del Estado, la declaración del estado de emergen- cia se hará mediante Decreto de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros (artículo 9). De esta manera, mediante Decreto Ejecutivo PCM 07-2022, fue declarado ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el territorio nacional por el año 2022.
  10. 10.Que la Ley de Contratación del Estado que se podrá realizar la contratación directa cuando tenga por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia (artículo 63, numeral 1).

Articulos

Articulo 1

En virtud de la Declaración del ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el territorio nacional por el año 2022 , aprobada mediante Decreto Ejecutivo PCM 07-2022, se instruye y se faculta al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a realizar la contratación directa de los medicamentos y materiales médicos quirúrgicos que requiera para poder hacerle frente al ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, garantizando su manejo de manera transparente y con veeduría social. Dichas contrataciones directas deberán realizarse de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria que maneja dicha Institución y de acuerdo a las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2022. El manejo y ejecución de estos fondos estará a cargo de la Dirección Ejecutiva del IHSS, quien deberá informar de la misma a la Junta Directiva, pudiendo realizar las operaciones presupuestarias necesarias derivadas de la aplicación del presente Decreto.

Articulo 2

Se instruye y se faculta a la Junta Directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social, para que proceda a autorizar a la Dirección Ejecutiva de dicha Institución, para realizar la contratación directa para la compra de los medicamentos y materiales médicos quirúrgicos que requiera, con el propósito de suplir de forma inmediata las necesidades de atención y tratamiento de los derechohabientes, debiendo la Dirección Ejecutiva realizar el Plan de Ejecución de estos recursos.

Articulo 3

Se instruye al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), para que proceda a verificar de inmediato el inventario de medicamentos a nivel nacional, para priorizar la compra de medicamentos vitales y suministros médicos fundamentales, con el objeto de asegurar una asistencia oportuna y de calidad a los derechohabientes.

Articulo 4

El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 29 días del mes de abril del año dos mil veintidós (2022). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO. JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA. JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE. JAIME ATILIO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, POR LEY. MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. LUIS GUILLERMO CHÉVEZ CONTRERAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO, POR LEY OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO. EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN En uso de las facultades de que fue investido por la Presidencia de la República, mediante Acuerdo Ejecutivo No. 46-2022, de fecha 28 de enero 2022 y en aplicaciones de los artículos 235, 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119, 122 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo PCM-05- 2022. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar al ciudadano Ricardo Arturo Salgado Bonilla, del cargo de Director Presidencial de Planificación, a quien se le agradece por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo a partir de la fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 7 días del mes de abril del año dos mil veinti- dós 2022. TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE Presidencia de la República de Honduras ACUERDO EJECUTIVO No. 277-2022

Leyes relacionadas

Decreto Ejecutivo PCM-14-2022 mediante el cual se deroga el Decreto Ejecutivo Número PCM 13-2022
Este decreto cancela un decreto anterior (PCM 13-2022) que permitía compras directas de medicamentos durante la emergencia sanitaria. La derogación elimina esa autorización especial que tenía el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) para adquirir medicamentos sin licitación pública durante la crisis de desabastecimiento de 2022.
Decreto 13-2022 | 2022
Decreto Ejecutivo PCM-08-2022 mediante el cual se crea el Programa de la Red Solidaria
Este decreto crea el Programa de la Red Solidaria, una entidad estatal que coordina y ejecuta proyectos sociales para reducir la pobreza extrema en Honduras. El programa trabaja directamente con familias pobres mediante enfoque integral en educación, salud, infraestructura y empleo, evitando intermediarios y buscando transparencia en el uso de fondos públicos.
Decreto PCM-08-2022 | 2022
Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 mediante el cual se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC)
Este decreto reorganiza la administración pública hondureña creando nuevas secretarías, incluyendo la de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, para combatir el fraude y la corrupción en funciones públicas y privadas. También establece nuevas instituciones para desarrollo social, planificación, cultura y asuntos de la mujer, mientras suprime otras dependencias para reducir duplicidad y gastos innecesarios.
Decreto 266-2013 | 2022
Decreto Ejecutivo No. PCM-13-2022 — Instruye y faculta al Instituto Hondureño de Seguridad Social para realizar contratación directa de medicamentos y materiales médicos quirúrgicos
Decreto PCM-13-2022 | 2022
Decreto Ejecutivo PCM-14-2022 mediante el cual se autoriza la contratación directa de medicamentos y materiales médicos quirúrgicos esenciales por el Instituto Hondureño de Seguridad Social en estado de emergencia sanitaria
Este decreto autoriza al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a comprar medicamentos y materiales médicos directamente, sin licitación pública, debido a la emergencia sanitaria declarada en 2022 por desabastecimiento. Beneficia a los pacientes del IHSS al garantizar acceso rápido a medicinas y tratamientos esenciales durante la crisis de salud.
Decreto 14-2022 | 2022