Decreto Ejecutivo No. PCM-12-2022 — Ratificar la Resolución No. 154-3/2022 del Banco Central de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: PCM-12-2022
- Publicación: 9 de junio de 2022
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Financiero y Tributario
Resumen
Este decreto ratifica una modificación del Banco Central que permite al Gobierno usar un préstamo de US$335 millones (aprobado en marzo 2022) no solo para pagar un bono vencido, sino también para cubrir otros pagos de deuda externa e interna de 2022, e incluso para reembolsar gastos de deuda ya pagados con fondos nacionales antes de recibir el préstamo.
Considerandos
Que para implementar lo establecido en el Artículo 75, numeral 4 párrafos segundo y tercero del Decreto antes referido, ameritó un análisis integral, exhaustivo y complejo de los departamentos de Sistema de Pagos y de Contaduría de esta Institución, para que el BCH pudiera establecer la forma más idónea para aplicar dicha disposición legal. Del análisis realizado por las dependencias del BCH antes mencionadas, se determinó que el accionar de esta Institución se debe limitar a la apertura de la cuenta y actuar como depositario de los fondos, tal y como le corresponde en su función de banquero del Estado y que la administración y rendición de cuentas competen exclusivamente al Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras. La Gerencia, oída la opinión de la Subgerencia de Operaciones, mediante memorándum SP-516/2022 del 17 de marzo de 2022, ha recomendado a este Directorio, aprobar el Reglamento de Recaudación, Manejo y Entero de los Fondos del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras. Sumario (English) Sumario
Texto completo
RATIFICAR LA RESOLUCIÓN N* 154-3/2022 DEL 31 DE MARZO DE 2022, EMITIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, MEDIANTE LA CUAL SE AUTORIZÓ LA MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 1 DE LA RESOLUCIÓN N* 93-2/2022 DEL 24 DE FEBRERO DE 2022, Número de PCM-12-2022 GLIN ID Documento: Clase de DECRETO EJECUTIVO Fecha de Emisión: 29 de abril 2022 Documento: Publicación: Gaceta oficial Número de Edición de la Publicación: 35,912 Fecha de Publicación: 02 de mayo 2022 Recursos Jurídicos Relacionados: El 7 de marzo de 2022, se suscribió el Convenio de Crédito entre el Banco Central de Honduras y el Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, por doscientos treinta y nueve millones cuatrocientos veintidós mil sesenta y cinco DEG (DEG239,422,065.00), aproximadamente trescientos treinta y cinco millones novecientos setenta mil ciento cuarenta dólares de los EUA con catorce centavos (US$335,970,140.14), como apoyo presupuestario para atender la emergencia fiscal y financiera del sector público, el que sería destinado para el pago del vencimiento del Bono Soberano por ciento sesenta y seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis dólares de los EUA con setenta centavos (US$166,666,666.70), así como para cubrir una parte de los otros vencimientos de la deuda externa e interna programados para marzo de 2022. Dicho otorgamiento de crédito al Gobierno fue ratificado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-01-2022, emitido por la Presidenta de la República en Consejo de ministros el 1 de marzo de 2022 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 3 de marzo de 2022; por lo que el 14 de marzo de 2022, el BCH desembolsó a la SEFIN un monto de trescientos treinta y un millones ochocientos veinticinco mil novecientos setenta y seis dólares de los EUA con cincuenta centavos (US$331,825,976.50). La SEFIN, mediante Oficio DGCPGV- 57/2022 del 15 de marzo de 2022, hace referencia a lo establecido en el Convenio de Crédito suscrito el 7 de marzo de 2022 antes mencionado, en el cual solicitó someter a aprobación del Directorio del BCH una modificación al Convenio firmado, en el sentido de ampliar el destino de los recursos con el fin de efectuar los pagos por servicio de la deuda externa e interna programada para el 2022, hasta cubrir la totalidad del monto autorizado. Asimismo, en dicho Oficio, explican que lo anterior se debió a que el banco custodio (The Bank of New York Mellon) mediante aviso de cobro, solicitó el pago del bono soberano por ciento sesenta y seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis dólares de los EUA con setenta centavos (US$166,666,666.70), un día antes del vencimiento, en vista que el banco custodio lo transfirió a los inversionistas el 15 de marzo de 2022; en tal
sentido la SEFIN, con el fin de reducir el riesgo de incumplimiento por diferencia de horarios entre América y Europa y considerando los procesos y tiempos administrativos y operativos, el vencimiento del bono soberano tuvo que ser cancelado mediante transferencia realizada con Oficio de Servicio de Deuda Electrónica (OSDE), donde la SEFIN autorizó se efectuara el débito correspondiente el 14 de marzo de 2022. En el Oficio DGCP- GV-57/2022 antes mencionado, la Sefin solicita confirmar si bajo el Convenio suscrito se podrían utilizar los fondos disponibles del crédito en mención para restituir los recursos por pagos de servicio de la deuda realizados con fondos nacionales en febrero y marzo de 2022, antes de haberse recibido el desembolso. Sobre el particular, mediante correo electrónico del 24 de marzo de 2022, la Sefin remitió información adicional sobre los vencimientos de deuda pública que se restituirían para los meses de febrero y marzo; al respecto, el Convenio de Crédito suscrito el 7 de marzo de 2022 entre el BCH y la Sefin, no contempla la restitución de la deuda por lo que para que la Sefin pudiese realizar este tipo de operaciónes necesario modificar los documentos legales mediante los cuales se aprobó y ratificó el otorgamiento del crédito antes citado. Cabe indicar que, de realizarse dicha modificación que permita efectuar una restitución de los fondos que se erogaron para cubrir los vencimientos de deuda externa en el BCH, esta Institución requeriría que la Sefin envíe instrucción oficial a través de oficio, conteniendo como mínimo la información siguiente:
- a)
justificación del pago de deuda y bono soberano con otros fondos y no con los del préstamo en referencia,
- b)
números de OSDE originales emitidos el 14 de marzo, fecha en la que se registró la transferencia de recursos al banco custodio,
- c)
instrucción para las imputaciones correctas a las cuentas correspondientes,
- d)
el valor de las comisiones cobradas por el BCH, y E) cualquier otra documentación que respalde la operación en referencia. En los registros del BCH, el saldo al 27 de marzo de 2022 de la Cuenta Especial (N” 11101-20-000976-7 SF-BCH) de la Tesorería General de la República aperturada en el BCH, para los fondos provenientes del crédito en mención, se refleja un monto de trescientos treinta y un millones ochocientos veinticinco mil novecientos setenta y seis dólares de los EUA con cincuenta centavos (US$331,825,976.50), equivalente a ocho mil setenta y siete millones setecientos treinta y nueve mil doscientos noventa y tres lempiras con setenta y tres centavos (L8,077,739,293.73); denotando que, a la fecha antes indicada, no se ha realizado débito alguno. el Artículo 205 numeral 19) de la Constitución de la República, establece que atribución del Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones fiscales o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República; asimismo, mediante Decreto Legislativo N* 2-2005 del 26 de enero de 2005, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de marzo de ese mismo año, el Congreso Nacional interpretó el numeral 19) del referido artículo, en el sentido que los contratos a que se refiere el mismo comprenden todos aquellos que celebren las entidades del sector público, entendiéndose por sector público: el Poder Ejecutivo y sus dependencias, incluyendo órganos desconcentrados que le estén adscritos, las instituciones autónomas o descentralizadas y las municipalidades. Asimismo, el citado Artículo establece en su numeral 36), que corresponde al Congreso Nacional entre otros, aprobar o improbar los empréstitos o convenios similares que se relacionen con el crédito público, celebrados por el Poder Ejecutivo.
Sumario (English) Sumario (Español) DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-12-2022 del 29 de abril de 2022 mediante cuyo contenido se manda RATIFICAR LA RESOLUCIÓN N* 154-3/2022 DEL 31 DE MARZO DE 2022, EMITIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, MEDIANTE LA CUAL SE AUTORIZÓ LA MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 1 DE LA RESOLUCIÓN N* 93-2/2022 DEL 24 DE FEBRERO DE 2022. 4 Artículos. Pp. A31-A36 Términos RATIFICAR LA RESOLUCIÓN N* 154-3/2022 DEL 31 DE MARZO DE 2022, EMITIDA POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, MEDIANTE LA CUAL SE AUTORIZÓ LA MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 1 DE LA RESOLUCIÓN N” 93-2/2022 DEL 24 DE FEBRERO DE 2022. FACULTAR A LA TITULAR DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS PARA QUE EN REPRESENTACIÓN DEL GOBIERNO SUSCRIBA CON LA PRESIDENTA DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, EL ADDÉNDUM AL CONVENIO DE CRÉDITO CORRESPONDIENTE.