Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
3 de marzo de 2017Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-011-2017 — Crea Gabinete Gubernamental para Reasentamientos Humanos

Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado

  • Decreto: PCM-011-2017
  • Publicación: 3 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
  • Gaceta: 34,280

Considerandos

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Artículo 25 de dice que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asigure, así como a su familia, la salud y el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.

Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada,pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.

Que mediante Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado No. PCM-024-2014 del 30 de Mayo de 2014, fue creada la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos(CONVIVIENDA),como la institución responsable de normar y regular el sistema de vivienda en Honduras.

Que existen en Honduras miles de familias en extrema pobreza agrupadas en asentamientos humanos situados en zonas de alto riesgo natural, en espacios de uso público o sujetos a afectación por causa de necesidad pública, por lo que resulta impostergable su reasentamiento.

Que es deber del Estado de Honduras crear las condiciones necesarias para el desarrollo integral del individuo en aspectos como salud,educación,trabajo y vivienda.

Que para resolver la problemática antes mencionada es necesario crear una figura institucional que agrupe a todas aquellas secretaría se instituciones del Estado competentes para el reasentamiento de estos grupos humanos.

Que el Estado de Honduras es signatario del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el cual establece que los Estados partes reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia,incluyendo entre otros vivienda adecuada,ya una mejora continua de las condiciones de existencia.

Articulos

Articulo 1.-

Crear el Gabinete Gubernamental para Reasentamientos Humanos, responsable de crear la estructura necesaria para el Reasentamiento Integral de las familias situadas en zonas de alto riesgo,áreas de uso público o sujeto a afectación por causa de utilidad pública o por otras causas debidamente justificadas.

Articulo 2.-

El Gabinete Gubernamental para Reasentamientos Humanos debe estar conformado por los titulares o sus representantes de las siguientes instituciones:

  • 1)

    Un representante de Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA), quien la preside;

  • 2)

    Un representante de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación;

  • 3)

    Un representante de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud;

  • 4)

    Un representante de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad;

  • 5)

    Un representante de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social;

  • 6)

    Un representante del Instituto de Desarrollo Comunitario AguaySaneamiento(IDECOAS);

  • 7)

    Un representante de la Comisión Permanente de Contingencias(COPECO);

  • 8)

    Un representante del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillado(SANAA);

  • 9)

    Un representante de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica(ENEE);y,

  • 10)

    Un representante del Instituto de la Propiedad (IP) y en general todas aquellas que en el proceso de reasentamiento de población,deban brindar el apoyo del Estado en función de sus competencias.

Articulo 3.-

El presente Decreto entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República“La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa,municipio del Distrito Central, al primer día del mes de febrero del año dos mil diecisiete(2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA U D I -D EG T-U N AH JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERALDE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONELAYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL, POR LEY RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA YSERVICIOS PÚBLICOS JULIÁN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY DELIA RIVAS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD RUTILIA CALDERON SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS MADERO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES,AMBIENTE Y MINAS WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS U D I -D EG T-U N AH