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Decreto No. PCM-10-2022 | 3 de mayo de 2022 | Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-10-2022 — Declarar Estado de Emergencia Alimentaria en todo el Territorio Nacional por el año 2022

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Resumen

Este decreto declara emergencia alimentaria en Honduras durante 2022 porque 2.6 millones de personas enfrentan crisis de hambre por sequía, pérdida de cosechas y pobreza extrema. El gobierno ordena reactivar financieramente al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) para otorgar créditos a agricultores y pequeñas empresas, garantizando producción de alimentos y seguridad alimentaria en familias pobres.

Considerandos

  1. 1.Es función del Gobierno de la República la mejora de la seguridad alimentaria, implementando para ello programas que garanticen una producción agrícola sostenible, contrarrestando en la medida de lo posible los efectos del cambio climático, de la inseguridad alimentaria y los efectos secundarios de la extrema pobreza.
  2. 2.el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) fue creado mediante Decreto Legislativo 903 el 24 de marzo de 1980, con el objeto principal de canalizar los recursos financieros para el desarrollo de la producción y la productividad en la agricultura, la ganadería, pesca, avicultura, apicultura, montes o silvicultura y demás actividades relacionadas con el procesamiento primario de esa producción, incluyendo su comercialización.
  3. 3.BANADESA es un pilar fundamental para el desarrollo del sector agropecuario y el apoyo financiero a las MIPYME del país, las actividades fundamentales para la producción, procesamiento y almacenamiento de productos necesarios para la canasta básica y estrechamente vinculados a garantizar la soberanía alimentaria, representando un instrumento para asegurar la equidad en el acceso del crédito a los sectores productivos claves relacionados con la calidad de vida, la generación de empleo y la disminución del flujo migratorio forzado.
  4. 4.Mediante Decreto Ejecutivo PCM 04-2022 Se declaró el sector agropecuario como prioridad nacional y de interés público.
  5. 5.El Poder Ejecutivo y los demás sectores relacionados, deben coadyuvar sus esfuerzos para la implementación de acciones eficientes y eficaces para el fortalecimiento de dicho sector, a fin de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema.
  6. 6.Según cifras del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) en el año 2019, a nivel nacional el 41.7% de las personas viven en hogares en pobreza extrema, es decir, que sus ingresos se ubican por debajo del costo de la canasta básica de alimentos.
  7. 7.En este contexto, hay una mayor concentración de la pobreza extrema en el área rural, en donde 6 de cada 10 personas viven en esa condición (61.5%).
  8. 8.Según el Análisis de inseguridad alimentaria aguda de la Clasificación Integrada de Seguridad Alimentaria en Fases (CIF), implementada por el Programa PROGRESAN-SICA, a febrero de 2022 un total de 2.2 millones de personas en Honduras se encuentran en crisis alimentaria o peor. De estas personas, por lo menos 1,987,000 se encuentran en crisis alimentaria y 241,000 en emergencia.
  9. 9.Del total de la población hondureña, 2.6 millones de personas estarán en crisis o emergencia de inseguridad alimentaria aguda en junio a agosto de 2022, la cual se verá afectada por un alza en el precio de los productos de la canasta básica y combustibles, así como la especulación que produce la escasez; una disminución en la producción de granos básicos como maíz (65%) y frijol (75%) debido a razones climáticas y un limitado acceso a insumos.
  10. 10.Según el Estudio de Monitoreo de Cultivos del Programa Mundial de Alimentos (PMA) 2021, se registra la pérdida de hasta un 50% en la producción de granos básicos en el ciclo de primera, principalmente de frijol y maíz, lo que impacta a los hogares agrícolas de subsistencia, reduce las reservas de alimentos y en algunos casos causa la pérdida total de las reservas alimentarias.
  11. 11.Actualmente se atraviesa una crisis económica mundial producto de la pandemia de COVID-19, a lo cual se suma el conflicto Rusia-Ucrania, que ha provocado conmoción en los mercados financieros internacionales y ha aumentado drásticamente la incertidumbre sobre la recuperación de la economía mundial.
  12. 12.El erario público fue devastado en la anterior administración y durante los últimos años se emitieron disposiciones que incidieron en la operatividad de BANADESA y sus finanzas, producto de lo cual el banco presenta una posición desfavorable crítica en los indicadores financieros, a consecuencia de deficiencia de capital y la falta de implementación de planes estratégicos, lo cual impide la prestación de servicios a un sector fundamental de la economía.
  13. 13.Producto de la mala administración y la falta de cumplimiento de los procesos de control y seguimiento de sus operaciones, BANADESA presenta un capital negativo sin precedentes, de TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES DE LEMPIRAS, colocando a la institución en una posición de quiebra técnica.
  14. 14.Debido a la grave situación institucional, el banco fue objeto de una intervención que tuvo como resultado la paralización del proceso de recuperación de créditos, del seguimiento de los procesos de inversión, debilitamiento de los controles internos, reducción del personal, limitando la realización de actividades fundamentales del banco para el desarrollo del sector agropecuario y apoyo a la MIPYME.
  15. 15.Resulta urgente para el interés nacional la reactivación financiera y administrativa de BANADESA, mediante la implementación de un plan de mejora institucional con el acompañamiento de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), a fin de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema.
  16. 16.La Ley de Contratación del Estado establece que se podrá realizar la contratación directa cuando tenga por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia al amparo de lo establecido en su artículo 9 (artículo 63, numeral 1). Sumario (English) Sumario (Español) DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-10-2022 del 03 de mayo de 2022 mediante cuyo contenido se manda DECLARAR ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL POR EL AÑO 2022. 6 Artículos. Pp. A9-A 14 Términos DECLARAR ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL POR EL AÑO 2022. PARA ENFRENTAR ESTA GRAVE CRISIS AGROALIMENTARIA, SE ORDENA LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DEL BANCO NACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (BANADESA). Notas PDF No. hn 0305202202 Título:

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