Vigente
Decreto No. 010-2014 | Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo PCM-010-2014 mediante el cual se crea la Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM)

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este decreto crea la Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM), que reúne instituciones públicas, privadas y organizaciones para prevenir accidentes y proteger vidas durante eventos masivos en carreteras y lugares públicos, especialmente en días feriados. La comisión monitorea constantemente, coordina seguridad y socorro, y busca reducir muertes y lesiones en estas concentraciones de personas.

Articulos

Articulo 1

Crease la Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM) conformada por las instituciones públicas, privadas y organismos no gubernamentales, sobre las cuales recae la tarea de prevención, mitigación, preparación, respuesta y recuperación; lo que generará una cultura de prevención y reunirá los esfuerzos interinstiticionales necesarios para salvaguardar y dar respuesta a lo largo del territorio nacional a personas naturales y jurídicas, patrimonios públicos y privados que estén bajo riesgo o sean víctima de un evento adverso, reduciendo los índices de severidad y mortalidad en accidentes. ¡ovilizaciones Masivas an Operativo Anual de

Articulo 2

La Comisión Nacional de Prevención e (CONAPREMM) debe integrarse y pasar a ser parte del la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO) Con base en lo que manda la Ley, el Comisionado Nacional de la Comisión Permanente de Contingencias COPECO, en el ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, gozará de independencia funcional, administrativa, técnica y financiera. CAPÍTULO ll DE LA ESTRATEGIA OPERACIONAL

Articulo 3

La (CONAPREMM) convocará cuantas vec instituciones involucradas para identificar acc peligro para la población asistente a las diferentes tar actividad objeto de la activación de la Comisión Na Movilizaciones Masivas (CONAPREMM). 5 sea necesario a es que represen: s que representa la val de Prevención en nes y

Articulo 4

La CONAPREMM debe realizar un monitoreo permanente a través del personal de sus Unidad de Monitoreo ubicadas en los ocho (8) Centros de Operaciones de Emergencia Regionales y la Coordinación General será desde el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) en Tegucigalpa.

Articulo 5

La CONAPREMM debe coordinar la a seguridad y socorro, de ser necesario con las institucione capacidad instalada ción en aspectos de articipantes según le

Articulo 6

Los campamentos deben contar con los servicios a la población cubriendo las áreas siguientes: 1. Área de Primeros Auxilios Área de Servicios Mecánicos Area de Servicios de Información Área de Seguridad Ciudadana mn >

Articulo 7

DE LA ACTIVACIÓN: Se activa la Corr en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM) se protocolos de activación de temporadas de nic territorio nacional. Mes al osa Presi, 21 cL DHlenduras, E e SÍ.

Articulo 8

DE LA DESACTIVACION: El protocolo se desactivará según lo dispuesto en el protocolo de activación, disposiciones de la Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM).

Articulo 9

GRADUALIDAD DE ALERTAS: A raíz de la activación de los protocolos, la acción de monitoreo constante se mantiene o declara Alerta Amarilla hasta que terminen las actividades objeto del evento CAPÍTULO lil DE LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS

Articulo 10

La Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM) tiene los siguientes objetivos específicos: a) Fortalecer el mecanismo de coordinación interinstitucional, que permita utilizar eficientemente todos los recursos disponibles. b) Establecer procedimientos para el monitoreo y la consolidación de la información, proveniente de los campamentos y del puesto de monitoreo, hacia sus instituciones de la CONAPREMM c) Diseñar y socializar las recomendaciones y medidas preventivas, a la población en general, a través de los medios de comunicación disponibles. d) Implementar un sistema integral de atención, dirigido a solventar de forma oportuna y eficiente, los eventos adversos que se pudieran presentar durante días feriados continuos que usualmente se caractericen por movilizaciones masivas de la población. CAPÍTULO Ii DISPOSICIONES TRANSITOKI1AS

Articulo 11

Durante el proceso de conformación de la Comisión Nacional de Prevención en Movilizaciones Masivas (CONAPREMM) y de los protocolos enunciados en el presente Decreto Ejecutivo de Creación, se deben hacer las modificaciones presupuestarias necesarias para que | independencia funciona! administrativa, técnica y financiera que actualmente tiene el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes (CONAPRA), pasen bajo las funciones y disposiciones de la Comisión Permanente de Contingencias COPECO. La CONAPRA dejará de ser una Comisión involucrada y tendrá que asumir su papel, según corresponda dentro de la (CONAPREMN)

Articulo 12

El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en el Salón de Sesiones de Casa Presidencial en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los veinticinco (25) días del mes de marzo del año los mil catorce (2014). Casa Presidencial Hlnduxas, C. Í COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. EZ ALVARADO REPÚBLICA

Leyes relacionadas

Decreto Ejecutivo PCM-010-2018 mediante el cual se autoriza a los Institutos Previsionales del País a constituir con BANHPROVI los fideicomisos de administración para la prestación de servicios en salud en sectores productivos
Este decreto autoriza a los institutos de previsión social (como el IHSS) a crear fideicomisos con BANHPROVI para administrar fondos y prestar servicios de salud a los trabajadores de sectores productivos. El objetivo es mejorar inmediatamente la prestación de servicios médicos aprovechando mecanismos financieros que garanticen rentabilidad y sostenibilidad de los fondos.
Decreto 358-2014 | 2018
Decreto Ejecutivo PCM-010-2019 mediante el cual se establece la obligatoriedad del Análisis de Impacto Fiscal (AIF) para iniciativas que impliquen aumento al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República
Este decreto obliga a toda iniciativa que aumente el presupuesto del Estado a incluir un Análisis de Impacto Fiscal (AIF). Las instituciones deben elaborar el AIF siguiendo metodologías de la Secretaría de Finanzas, que lo revisará sin comprometerse financieramente. El propósito es que los tomadores de decisión conozcan de antemano cómo cada proyecto afecta las finanzas públicas del país.
Decreto 25-2016 | 2020
Decreto Ejecutivo PCM-010-2017 mediante el cual se reforman los artículos 9 y 10 del Decreto Ejecutivo PCM-04-2015 relativo al Programa de Empleo Chamba Comunitaria
Este decreto modifica el Programa de Empleo Chamba Comunitaria para establecer que los beneficiarios reciban entre L. 3,000 y L. 6,000 mensuales máximo por 3 meses, deben estar registrados en el Servicio Nacional de Empleo, y los municipios deben proporcionar los insumos. Beneficia a hondureños desempleados en comunidades rurales.
Decreto 266-2013 | 2017
Decreto Ejecutivo PCM-010-2018 mediante el cual se implementa un Plan de Primeras Respuestas para la transición hacia la Ley del Seguro Social
Este decreto autoriza a los institutos de seguridad social a crear fideicomisos (acuerdos financieros) con BANHPROVI para mejorar los servicios de salud del IHSS durante la transición hacia la nueva Ley del Seguro Social. Los fondos se usarán para contratar servicios médicos temporales que beneficien a los trabajadores afiliados, con un rendimiento mínimo del 4% anual.
Decreto 32-2018 | 2018
Decreto Ejecutivo PCM-010-2019 mediante el cual se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para asignar recursos presupuestarios para el funcionamiento de la Comisión para la Promoción de la Alianza Público-Privada (COALIANZA)
Este decreto ordena al Ministerio de Finanzas asignar dinero del presupuesto nacional para que la Comisión de Alianzas Público-Privada (COALIANZA) funcione durante 2019, incluyendo el pago de obligaciones laborales pendientes. La medida busca garantizar que COALIANZA continúe promoviendo proyectos que combinen inversión pública y privada en obras y servicios públicos.
Decreto 143-2010 | 2019