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3 de marzo de 2017Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-004-2017 — Reforma Artículo 1 numeral 2 del Decreto PCM-067-2014 sobre Política Nacional de Vivienda y Bono Vida Mejor

Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado

  • Decreto: PCM-004-2017
  • Publicación: 3 de marzo de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
  • Gaceta: 34,280

Considerandos

Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.

Que la Constitución de la República reconoce a los hondureños el derecho a una Vivienda Digna para lo cual el Estado a través del Gobierno de la República, tiene la obligación de formular y ejecutar Programas de Vivienda de Interés Social que resuelvan la necesidad habitacional de la población.

Que es prioridad del Gobierno de la República, atender a las familias de extrema pobreza cuyos ingresos imposibilitan hacerse de una Vivienda Digna, para lo cual el Estado,mediante la utilización de sus recursos humanos y financieros, desea brindar una eficaz e inmediata solución al tema de vivienda social con el objeto de resolver en un contexto general el déficit habitacional en Honduras.

Que en la actualidad la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA), en representación del Gobierno de la República,otorga a las familias cuyos ingresos radican entre0y medio (1/2) salario mínimo un bono habitacional denominado “Bono Máximo” y cuyo monto es de Setenta Mil Lempiras (L.70,000.00) para Vivienda Nueva y de Treinta y Cinco Mil Lempiras (L 35,000.00) para Mejoramiento de Vivienda, cantidades que desean incrementarse a fin de proporcionar un aporte financiero adicional y por tanto puedan gozar de una solución habitacional con mayores y mejores condiciones.

Articulos

Articulo 1.-

Reformar el Artículo 1 numeral 2) del Decreto Ejecutivo No. PCM-067-2014, emitido en fecha 10 de octubre de 2014 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014, el cual debe leerse así: “Artículo 1.-Aprobar la Política Nacional de Vivienda, que establece la atención a la población menos favorecida, a través del Bono de Vivienda Para Una Vida Mejor, el que se aplicará bajo las siguientes condiciones: 1). a)… b) ´… 2. El Programa BVM (Bono Vida Mejor), dirigido a aquellas familias con ingresos contemplados de 0 hasta medio (1/2) salario mínimo, pudiendo acceder a la construcción de una vivienda nueva o al mejoramiento de una vivienda en lote propio. Es requisito para la aplicación al Esquema BVM,el aporte de la familia aspirante,de los materiales del lugar(arena, grava y piedra),así como la Mano de Obra No Calificada. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los dieciséis (16) días del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÙBLICA R JORGE JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERALDE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONELAYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓNY DESCENTRALIZACIÓN El monto de los bonos otorgados para la Modalidades del Programa ABCyenelcasodel Programa BVM,en la zona ins u- lar del país y en el área de La Mosquitia,aumentará en un cuarenta por ciento (40%) en relación al monto de los bonos entregados en el resto del país”. ARTÍCULO2.-El presente Decreto Ejecutivo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial“La Gaceta”. U D I -D EG T-U N AH MARÍA DOLORES AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR LEY RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA YSERVICIOS PÚBLICOS, POR LEY JULIÁN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY DELIA RIVAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD RUTILIA CALDERÓN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS MADERO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES,AMBIENTE Y MINAS WILFREDO CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS U D I -D EG T-U N AH Poder Ejecutivo