Constitución de la República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 24 de enero de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 23,612
- Categoria: Constitucional
- Versión:
Articulo 175
Constitución de la República de Honduras
Articulo 175.-
El Estado promoverá y apoyará la divulgación de producciones de autores nacionales y extranjeros que, siendo legítimas creaciones filosóficas, científicas o literarias contribuyan al desarrollo nacional.