Constitución de la República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 24 de enero de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 23,612
- Categoria: Constitucional
- Versión:
Articulo 150
Constitución de la República de Honduras
Articulo 150.-
El Poder Ejecutivo fomentará los programas integrados para mejorar el estado nutricional de los hondureños. CAPITULO VIII DE LA EDUCACIÓN Y CULTURA