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25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 914

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 914.-

JUICIOS EN SEGUNDA INSTANCIA. Cuando los juicios declarativos se encontraren en segunda instancia al entrar en vigencia el presente Código, se tramitará esa instancia con arreglo al Código anterior y, a partir de la sentencia o auto que le ponga fin se aplicará el presente Código.