Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 744
Articulo 744.-
Si el que tiene la cosa en lugar y a nombre de otro, la usurpa, dándose por dueño de ella, no se pierde por una parte la posesión ni se adquiere por otra, a menos que el usurpador enajene a su propio nombre la cosa. En este caso, la persona a quien se enajena, adquiere la posesión de la cosa, y pone fin a la posesión anterior. Con todo, si el que tiene la cosa en lugar y a nombre de un poseedor por instrumento público, se da por dueño de ella y la enajena, no se pierde por la una parte la posesión ni se adquiere por la otra, sin el competente instrumento público. TÍTULO VIII DEL DERECHO DE USUFRUCTO
Leyes relacionadas
- Código Procesal Civil de Honduras — Este Código Procesal Civil reemplaza la ley de 1906 para modernizar y agilizar la justicia civil en Honduras. Establece principios como oralidad, publicidad e inmediación en los procesos, reduce trámites innecesarios, y garantiza que cualquier ciudadano pueda acceder a los juzgados para defender sus derechos dentro de un proceso justo y transparente que debe resolverse en 3 a 4 meses en lugar de 6 a 8 años.
- Código de Familia de Honduras — El Código de Familia de Honduras (Decreto 76-84, reformado en 2013) regula las relaciones familiares, el matrimonio civil y uniones de hecho. Protege a menores e hijos, garantiza igualdad de derechos entre cónyuges, crea tribunales especializados en familia y establece normas sobre patrimonio familiar, paternidad, filiación y adopción. (Decreto 76-1984, 1984)
- Código de Comercio de Honduras — Este Código de Comercio establece las reglas que rigen a los comerciantes, sus negocios y las operaciones mercantiles en Honduras. Define quiénes son comerciantes, qué son actos de comercio, regula diferentes tipos de sociedades mercantiles (como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y cooperativas), y establece sus obligaciones, derechos y responsabilidades ante terceros y entre socios. (Decreto 73-1950, 1950)
- Código del Notariado de Honduras — Este código regula la profesión notarial en Honduras, estableciendo que los notarios son abogados autorizados por el Estado para autenticar documentos y contratos, garantizando su legalidad y validez. Define sus derechos, obligaciones y responsabilidades, además de crear la Contraloría del Notariado para supervisar su actuación y proteger los derechos de los ciudadanos. (Decreto 353-2005, 2005)
- Código Penal de Honduras — Este decreto aprueba el nuevo Código Penal de Honduras que moderniza la ley penal tras 30 años de vigencia. Establece principios fundamentales como legalidad, proporcionalidad y humanidad de penas; define delitos, faltas y responsabilidades penales; y regula tipos de castigos (prisión, multas, prohibiciones) aplicables a personas mayores de 18 años que cometan conductas punibles. (Decreto 130-2017, 2017)