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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 2226

Código Civil de Honduras

Articulo 2226.-

Cada uno de los que poseen en común una tierra labrantía, tiene opción a que se le señale, para su uso particular, una porción proporcional a la cuota de su derecho; y ninguno de los comuneros podrá inquietar a los otros en las porciones que se les señalaren.