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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 2216

Código Civil de Honduras

Articulo 2216.-

Cada uno de los partícipes tiene derecho a obligar a los otros a que contribuyan con él a los gastos necesarios para la conservación de la cosa común, sin perjuicio de la facultad que tienen los primeros de eximirse de ella abandonando sus derechos de copropietarios.