Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 2117
Articulo 2117.-
Es permitido renunciar en la escritura de hipoteca los trámites del juicio ejecutivo. En tal caso se procederá, desde luego, a la venta judicial, sirviendo de base el precio fijado por las partes en la escritura; si no se hubiese fijado el precio, se establecerá por peritos.