Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 2045
Articulo 2045.-
El subfiador, en caso de insolvencia del fiador por quien se obligó, 359 queda responsable a los cofiadores en los mismos términos que lo estaba el fiador. CAPÍTULO III DE LA EXTINCIÓN DE LA FIANZA