Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 2005
Articulo 2005.-
La transacción sobre alimentos futuros de las personas a quienes se deben por la ley, no valdrá sin aprobación judicial, ni podrá el Juez aprobarla si en ella se contraviene lo dispuesto en los Artículos 403 y 404.