Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1832
Articulo 1832.-
El socio es deudor a la sociedad de todo lo que al constituirla se haya comprometido a llevar a ella.