Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1790
Articulo 1790.-
La infracción del artículo que precede anula el contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 1785.