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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1746

Código Civil de Honduras

Articulo 1746.-

El colono es particularmente obligado a la conservación de los árboles y de los bosques, limitando el goce de ellos a los términos estipulados. No habiendo estipulación, se limitará el colono a usar del bosque en los objetos que concierna al cultivo y beneficio del mismo fundo; pero no podrá cortarlo para la venta de madera, leña o carbón.