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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1596

Código Civil de Honduras

Articulo 1596.-

La nulidad absoluta, lo mismo que la relativa, declarada por sentencia firme, dan derecho a las partes para ser restituidas al mismo estado en que se hallaban si no hubiese existido el acto o contrato nulo; siempre que la nulidad no sea por lo ilícito del objeto o de la causa, en cuyo caso no podrá repetirse lo que se ha dado o pagado a sabiendas.