Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1453
Articulo 1453.-
No se puede pedir alimentos y beneficio de competencia a un mismo tiempo. El deudor elegirá. DEL PAGO POR CONSIGNACIÓN