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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1421

Código Civil de Honduras

Articulo 1421.-

Las obligaciones se extinguen:  Por el pago o cumplimiento  Por la pérdida de la cosa debida.  Por la condonación de la deuda.  Por la confusión de los derechos de acreedor y deudor.  Por la compensación.  Por la novación. SECCIÓN PRIMERA DEL PAGO