Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1074
Articulo 1074.-
Para que la cosa asignada moralmente se adquiera, no es necesario prestar fianza o caución de restitución para el caso de no cumplirse el modo.