Aviso No. 0801-2017-00182 — Notificación de demanda especial en materia personal por Tulio Samuel Ramos Benítez contra Secretaría de Seguridad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2017-00182
- Publicación: 19 de abril de 2021
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 35,576
Texto completo
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de abril de 2017, el señor Medardo Antonio Colindres Ramos, interpuso demanda ante este Juzgado, con orden de ingreso No. 198-17, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, pidiendo la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades e esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada; En relación con el Acuerdo No. 1912-2017, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 19 A. 2021. _________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONNTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de abril de 2017, compareció ante este Juzgado el ciudadano: JOSÉ ALFREDO GIRÓN RODRÍGUEZ, en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA DE PERSONAL, para la nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el Acuerdo No. 1899- 2017 de fecha veinte (20) de marzo del año dos mil diecisiete (2017), emitido por el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad General, el reconocimiento de la situación Jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias para el reintegro al cargo que ostentaba, en concepto de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro y demás derechos correspondientes; contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No.0801-2017-00197. Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS AVILA SECRETARIO ADJUNTO 19 A. 2021. _________ Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de enero de 2017, la señora Francisca Olimpia González, interpuso demanda ante este Juzgado, con orden de ingreso No. 064-17, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, pidiendo la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades e esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada; En relación con el Acuerdo No. 0288-2017, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO. 19 A. 2021.
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete de abril del dos mil diecisiete, compareció a este Juzgado el señor Tulio Samuel Ramos Benítez, incoando demanda personal contra La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso número 0801-2017-00182, demanda especial en materia personal para la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, Quebramiento jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada para la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a títulos de daño y perjuicios el pagos de salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. Se impugna el Acuerdo de Cancelación número 1556-2017 de fecha 14 de marzo del 2017 el cual fue notificado en fecha 22 de marzo del año 2017. LIC. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 19 A. 2021. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho de febrero de dos mil diecisiete comparecieron ante este Juzgado la ciudadana Yeimy Yosibeth Chirinos Lozano, en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el Acuerdo de Cancelación número 0591-2017 de fecha 24 de enero del 2017 emitido por LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD el reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte la medidas necesarias, para el reintegro al cargo que ostentaba, a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir con todos los aumentos y demás derechos desde la fecha de cancelación hasta que la sentencia sea ejecutada, más las costas del juicio; contra el Estado de Honduras representado por la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2017- 00081. Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS AVILA SECRETARIO ADJUNTO 19 A. 2021.