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7 de diciembre de 2023Vigente

Aviso No. 0801-2023-00766 — Demanda Contencioso Administrativa interpuesta por Sandra Carolina Baide Funez contra Secretaría de Trabajo y Seguridad Social

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2023-00766
  • Publicación: 7 de diciembre de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,403

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de junio del dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte de la señora SANDRA CAROLINA BAIDE FUNEZ, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2023-00766, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN N° SETRASS-273-2023, de fecha 06 de junio del año 2023, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su restablecimiento; entre ellas el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones del cual fui ilegalmente cancelada.- Se solicita el pago de los salarios dejados de percibir a título de indemnización de daños y perjuicios, así como también el pago de los beneficios obtenidos en mi ausencia como ser: incrementos salariales, nivelación salarial, décimo tercer mes de salario, décimo cuarto mes de salario, vacaciones doblemente remuneradas, quinquenios y así como otros derechos que pudieran corresponder me.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Condena en costas. Viky Mariel Montoya SECRETARIO (A), POR LEY 7 D. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.