Aviso No. 145-2023-S.P.S. — Demanda contenciosa administrativa - Jesús Alberto Chirinos Orellana contra SETRASS
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
- Decreto: 145-2023-S.P.S.
- Publicación: 6 de noviembre de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
- Gaceta: 36,376
Texto completo
AVISO: El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con se de en ciudad de San Pedro Sula,departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintinueve de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) el Abogado Jesús Alberto Chirinos Orellana.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00139-LAO y número asignado por el Juzgado 145-2023-S.P.S., contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por acto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia personal por no ser conforme a derecho con quebramiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley que se reconozca una situación juridica individualizada del titular derechos que se reclaman, consistente en los Acuerdos de Cancelación número N°. SETRASS-524-2023 fecha seis de septiembre del año dos mil veintitrés (2023) efectivo en fecha once de septiembre del año dos mil veintitrés, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y como mediadas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismo, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo de Inspectora de Trabajo en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelada ilegalmente durante la secuela del juicio más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como: décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones, quinquenios, pago de tiempo compensatorios.- Especial condena en por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento Juridico vigente que se declare.- MAS COSTAS San Pedro Sula, Cortés, 20 de octubre del año dos mil veintitrés Licenciado: Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 6 N. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado ________ la señora ELDA ALEJANDRA MOTIÑO CASTELLANOS, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01039, contra el Estado de Honduras a través de la Administración Aduanera de Honduras.- Se interpone demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un acto Administrativo consistente en un Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-157-2023 de fecha 8 de agosto de 2023. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento.- Entre ellas el reintegro al cargo del cual fui ilegalmente cancelada o a uno mejor categoría. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrado al cargo con absoluto respeto a mi antigüedad en el cargo. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas.- Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIA GENERAL 6 N. 2023 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras C.A.