Aviso No. 0801-2022-01648 — Aviso de demanda Contencioso Administrativa - Reintegro de trabajadores
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2022-01648
- Publicación: 6 de octubre de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,352
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de octubre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada GABRIELA SOFIA ESCALANTE MARADIAGA, en representación de la señora DILIAN FRANCISCA TEJEDA SOTO y el señor JUAN CARLOS ELVIR VASQUEZ, incoando demanda contencioso administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801- 2022-01648, contra del Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACION ESTRATEGIA, para que se declare la nulidad de dos actos administrativos en materia de personal que se anulen totalmente los mismos por haber sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro de mis representados a sus puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sean reintegrados a sus puestos de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones que deberían haber gozado y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta que sean reintegrados mis representados y los aumentos otorgados durante la secuela del juicio. - Se acredita representación. -Se anexan documentos.-Costas.Consistente en los Acuerdos de Cancelación No.CTL-1531-2022 Y No.CTL-1551-2022. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 6 O. 2023
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