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4 de octubre de 2023Vigente

Aviso — Demanda en materia personal de José Oscar Gómez Ramos, Narciso Orellana y Rosa Delia Laínez Gómez

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula

  • Publicación: 4 de octubre de 2023
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
  • Gaceta: 36,350

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con se de en ciudad de San Pedro Sula,departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez de mayo del año dos mil veintitrés la Abogada Sandra Marleny Gavarrete Pineda y Oliver Wendell Torres Cruz, en su condición de Apoderados Judicial de los señores José Oscar Gómez Ramos, Narciso Orellana y Rosa Delia Laínez Gómez.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00105. LAP.- y número asignado por el Juzgado 111-2023-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despacho de Educación.- Demanda en materia personal, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, consistente en los Acuerdo de Cancelación Nº. 0713- SE-2023 de fecha veintiuno de junio del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaría de Educación, al señor José Oscar Gómez Ramos, y Acuerdo de Cancelación No. 0718-SE-2023 de fecha veintiuno de junio del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaría de Educación, al señor Narciso Orellana, y Acuerdo de Cancelación No 0717-SE-2023 de fecha veintiuno de junio del año dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaría de Educación, a la señora Rosa Delia Laínez Gómez, reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su pronto restablecimiento.- Se ordene el reintegro en igual o mejores condiciones a las que prevalecían al momento de emitir el acuerdo de cancelación de nombramiento.- Pago de salarios dejados de percibir y demás beneficios colaterales durante la secuela del presente juicio.- COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, veintiuno de septiembre del año dos mil veintitrés. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 4 O. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con se de en ciudad de San Pedro Sula,departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez de mayo del año dos mil veintitrés la señora Ruth Alexandra Leiva Moncada.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00064.-LAP.- y número asignado por el Juzgado 66-2023-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por acto de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; demanda en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Calcula ción número SETRASS-148-2023, de fecha dieciocho de abril del año dos mil veintitrés (2023), el reconocimiento de una situación jurídica individualizada, reintegro al trabajo en igual o mejores condiciones a las que tenía al momento del despido más las nueva que existieran al momento del reintegro.- Pagos de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales, más salarios caídos.- COSTAS San Pedro Sula, Cortés, veinte de septiembre del año dos mil veintitrés. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 4 O. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN