Aviso No. 91-2023 — Demanda de reintegro de servidor público al puesto de Transcriptor Auxiliar II del Instituto de la Propiedad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
- Decreto: 91-2023
- Publicación: 4 de septiembre de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
- Gaceta: 36,325
Texto completo
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintitrés de junio del año dos mil veintitrés, el señor Obed Hissen Salinas Hernández, actuando en su condición personal, interpuso demanda contra El Estado de Honduras por actos del Instituto de la Propiedad; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 91-2023, con correlativo No. 0501-2023-00088-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad la restitución (reintegro) de un servidor público a su puesto de transcript or auxiliar II dependiente de la Direccion General de Registros del Instituto de la Propiedad en virtud de existir cancelación injusta y no apegada a la Ley, se impugna el Acuerdo No. SE-IP-164-2023 de fecha 29 de mayo del año 2023, emitido por el Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad quien delego mediante Acuerdo No. CD-IP-004-2022 al Secretario Ejecutivo la facultad de cancelar al personal del Instituto de la Propiedad en el Acuerdo No. CD-IP-002-2023, adoptado en sesión ordinaria del consejo directivo número 001-2023, acuerdo de fecha 09 de febrero del año 2023, nulidad del acto que hubiere designado el sustituto del servidor público demandante, que se demanda el pago de sueldo que corresponde desde la fecha de cancelación injusta del servidor hasta la fecha de la restitución al puesto y que se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 22 de agosto del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 4 S. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha uno de febrero del año dos mil veintitrés, el Abogado Edwar Gustavo Martinez Cruz, en su condición de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil denominada Compañía Azucarera Hondureña S.A., interpuso demanda contra La Municipalidad de San Pedro Sula; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 22-2023, con correlativo No. 0501-2023-00023-LAO, en este despacho; dicha demanda en materia ordinaria y tiene como finalidad que se declare parcialmente no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipal correspondiente al año Fiscal 2023 de la Municipalidad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en el punto N° 05 del acta numero cuarenta y tres (43) de fecha veintidós (22) de diciembre del año dos mil veintidós (2022).- Que se decrete la nulidad absoluta los artículos 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86 y 87 del Capítulo IV identificados bajo el título de Tasas de Mantenimiento de Cuencas Hidrográficas en la Zona de Reserva del Merendon; asimismo solicita el compareciente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas para su cumplimiento. San Pedro Sula, Cortés, 18 de agosto del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 4 S. 2023
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha siete de agosto del año dos mil veintitrés, el abogado Mario Hernan Murcia Carpio, actuando en su condición de apoderado judicial del señor Héctor Alexander Bonilla Murcia, interpuso demanda contra el Estado de Honduras por actos de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 109- 2023, con correlativo No. 0501-2023-00104-LAP, en este despacho; dicha demanda en materia personal y tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo expreso de carácter particular referente a un Acuerdo de Cancelación de Cesantía No. 100-2023, de fecha tres de julio del año 2023, emitido por el Director Ejecutivo de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, por una clara infracción a la normativa vigente, emitido con exceso de poder, sin la observancia del respeto a el debido proceso, a los requisitos establecidos en Ley y el Derecho a la Defensa, asimismo el compareciente solicita el reconocimiento una situación jurídica individualiza por cancelación ilegal de la que fue objeto y como medida para el pleno restablecimiento de su derecho, se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba el representado o a otro, en igual o mejores condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del ilegal acto de cancelación hasta la fecha que se ejecute la sentencia ordenando el reintegro, con los respectivos aumentos generales o selectivos que se produzcan, se deduzca responsabilidad al funcionario por la ilegalidad del acto emitido con discriminación y no respetar la situación de discapacidad del representado, violentando garantias y derechos reconocidos en normativa jurídica secundaria, convenios internacionales y preceptos constitucionales, costas del juicio e intereses moratorios y comerciales por la no ejecución en tiempo, de la sentencia que ordene el reintegro y pagos, habilitación de días y horas inhábiles. San Pedro Sula, Cortés, 22 de agosto del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 4 S. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha uno de febrero del año dos mil veintitrés, el abogado Edwar Gustavo Martínez Cruz, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil denominada Compañía Azucarera Hondureña S.A., interpuso demanda contra la Municipalidad de San Manuel; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 23-2023, con correlativo No. 0501-2023-00024-LAO, en este despacho; dicha demanda en materia ordinaria y tiene como finalidad parcialmente no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter general consistente en el Plan de Arbitrios de la Municipal correspondiente al año fiscal 2023 de la municipalidad de San Manuel, departamento de Cortés, en el Acta número dos (02) de la sesión extraordinaria celebrada en fecha catorce (14) de noviembre del año dos mil veintidós (2022).- Que se decrete la nulidad de los artículos 114, 115, 116, 117, 118, 119, 121, 122, 123 y 124 del título tercero, sección I capítulo tres perforación de pozos y prohibiciones en zonas de reservas; asimismo solicita el compareciente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas para su cumplimiento. San Pedro Sula, Cortés, 18 de agosto del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 4 S. 2023
ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de agosto del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el abogado LUIS EDGARDO PEREZ MARTINEZ, incoando demanda Contencioso Administrativo en Materia de Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01203, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Se presenta demanda especial en materia personal por despido injustificado.- Se declare la nulidad del acto de carácter particular de la administración pública. Se pide el reconocimiento de la situación jurídica individualizada como empleado público. Para su pronto restablecimiento y mediante sentencia condenatoria se ordene el reintegro a su puesto de trabajo con el reconocimiento de salarios dejados de percibir a títulos de daños y perjuicios causados desde la fecha de suspensión y cancelación hasta que con sujeción a las normas procesales se haya cumplido la misma voluntariamente o por la vía de apremio .- Se condene en costas por no existir motivos suficientes para litigar en la presente causa.- Se presentan documentos.- Poder.- Petición. En relación al Acuerdo de Cancelación No.1376-2022 de fecha 07 de julio del 2022. SECRETARIO, POR LEY ABG. VIKY MARIEL MONTOYA RUIZ 4 S. 2023