Aviso — Demanda de nulidad de acto administrativo en materia de personal - Ana Delfina Rodriguez Moncada contra Instituto de la Propiedad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 4 de septiembre de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,325
Texto completo
República de Honduras AVISO El Infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta (30) de junio del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor LUIS ALBERTO TORRES CALIX, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00781, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Asesor Jurídico y de Procesos Legales y Administrativos, asignado a la coordinación de proyectos y dependiente de la Secretaría Ejecutiva del Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones y cualquier otro beneficio laboral que pudiera reconocerse.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para ejecutar cualquier actuación judicial. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No.SE-IP-208-2023 de fecha 30 de mayo del 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 4 S. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El Infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de julio del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la señora ANA DELFINA RODRIGUEZ MONCADA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-00800, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Asesor de Adquisiciones del Departamento de Adquisiciones del Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro al de carga de la carga sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respetivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada ilegalmente o cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones y cualquier otro beneficio laboral que pudiera reconocerse.- Especial condena en costas a la parte demandada y vendida en juicio de primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. En relación al acto impugnado acuerdo No. SE-IP-330-2023 de fecha 05 de julio del 2023. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 4 S. 2023
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