Aviso No. 0801-2022-00230 — Demanda Contencioso Administrativa - Emerson Aníbal Sierra Brizo contra el Estado de Honduras
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2022-00230
- Publicación: 4 de agosto de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,299
Texto completo
Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de abril de dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado el señor EMERSON ANIBAL SIERRA BRIZO, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-00230, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, y quebrantar las formalidades esenciales establecidas en la ley; que reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptando como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al cargo de oficial mesa de ayuda, que es el cargo en el que se me nombró mediante acuerdo, dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, o a otro de igual o mejor categoría y salario; pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que sea reintegrado a mi cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, que se me reconozca los respectivos incrementos que tuviera el puesto del cual fui despedido ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el trámite de la demanda: décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones; también que me pague tres meses de salario que me adeuda correspondientes a los meses de enero a marzo de 2022; que se condene en costas; se acompañan documentos; se confiere poder. En relación al Acuerdo de Cancelación N°. SCGG-No. 00385-2022 de fecha 23 de marzo del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 4 A. 2023
B 9 SECCIÓN I. INVITACIÓN INVITACIÓN A LICITACION DE PROYECTO Código N°. OSPM-018-2023 Modalidad (